Buenos Aires, 22 de
mayo de 1964
COMUNICADO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
- El
funcionamiento de los establecimientos ocupados fue normalizado con la intervención
de la justicia, de la fuerza publica, la buena voluntad de algunos
sectores del trabajo y la serenidad de los empresarios; en todos los casos
se ha instruido sumario de prevención y los jueces continuaran el
procedimiento.
- El
gobierno compromete sus esfuerzos para proseguir el camino emprendido para
la plena asunción de las fuentes de riquezas nacionales y la cabal realización
de su política de emancipación nacional. Comprende, asimismo, que deberá tomar todas las medidas que las circunstancias impongan para evitar que con
el pretexto de mejorar las condiciones de vida del pueblo, se utilice a
ese mismo pueblo para frenar aquella decisión. Nada lo apartará de ese
camino porque tiene la fortaleza que da la ley, y la tranquilidad que da
la conducta.
- Se
invita una vez mas, a la reflexión a los sectores interesados, y
especialmente a los instigadores de esos procedimientos que no podrán eludir su responsabilidad.
- El
trabajador libre y honesto no debe dejarse sorprender por quienes
pretenden utilizarlo como instrumento pasivo de intereses ajenos a lo
gremial en actividades que representan un ataque a las instituciones y al orgánico proceso de la República.
- Es
evidente que estas actividades no responden a ninguno de los motivos que
se han pretextado, como bien lo ha señalado un sector de la propia CGT.
- El
Poder Ejecutivo ratifica su firme propósito de actuar con serenidad pero enérgicamente
dentro de la ley y en defensa de las instituciones reclama de todos los
sectores las necesarias actitudes concordes a su conducta. Su preocupación
y responsabilidad lo han comprometido en el cumplimiento de las soluciones
prometidas a la Nación. Cumple así con un deber inexcusable y con una obligación
que no transfiere.
Dr. Juan Severino Palmero
Ministro del Interior de la Nación Argentina
Fuente: Comunicado del Ministerio del Interior con motivo
del plan de lucha dispuesto por la Confederación General del Trabajo, 22 de
mayo de 1964.
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