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viernes, 27 de septiembre de 2013

Mario Abel Amaya: "Debate de Jurisdicción y Competencia de Tribunales Nacionales" (12 de diciembre de 1973)

Sr. Presidente (Busacca). — Continúa la sesión.
Tiene la palabra el señor diputado Amaya.
Sr. Amaya. — Señor presidente: en todo el transcurso de esta dilatada sesión ya han manifestado los señores diputados preopinantes de mí bancada los problemas jurídicos que plantea esta reforma a la ley 48. Resulta claro y ya se ha demostrado desde el punto de vista jurídico, que el proyecto que tratamos carece de sustento. Y de legitimidad.
El ordenamiento constitucional, al delimitar el ámbito jurisdiccional de cada función del Estado, y del Estado nacional en si, fija limites que son precisos y que no pueden ser vulnerados so pretexto de la reglamentación por la ley y de la preservación de la seguridad del Estado.
Los señores diputados Massolo y Marino se han referido con amplitud a la inadecuación del proyecto a las normas constitucionales y con abundantes citas doctrinarias y jurisprudencia se han fundamentado de manera incontrastable la inconstitucionalidad del mismo.
En consecuencia, no habré de insistir sobre ese, «aspecto, pues no puede caber ninguna duda, pese a los esfuerzos realizados por los señores diputados Porto y Calabrese sobre ese particular. Me importa si destacar el contenido político que se desprende del proyecto.
Es necesario tener presente que las norma: constitucionales, y fundamentalmente las que nos ocupan, tienen un claro sentido político. Es así que establecen un juego armónico institucional, imponiendo limitaciones con un objetivo fundamental que, en definitiva. Se traduce en garantías para los ciudadanos y aun para la sociedad misma. Y es precisamente a ese ámbito que afecta al desarrolla de la sociedad, tal come lo señalara el señor diputado Sandler, al qui apunta el presente proyecto de ley.
Esta iniciativa es complementaria del anterior proyecto que introdujo reformas al Código Penal, dijimos entonces que ellas tenían un carácter represivo, que se dirigirían contra los militantes populares y que, en definitiva, estaban orientadas a mantener y sostener una situación de privilegio de ciertos grupos en contra del proceso de liberación nacional y social de nuestro pueblo. Y ahora agregamos que con este proyecto esa situación se consolida.
El eficienticismo en el orden nacional que se argumenta, es el eficienticismo de Villar y Margaride, que ya hemos conocido en los años de la dictadura militar. La aptitud federal para contrarrestar los posibles actos subversivos es una rara aptitud, pues no ha sido tal para suprimir la subversión de Navarro en Córdoba. Resulta evidente, pues, que en todo esto subyace un objetivo político faccioso que, en definitiva, esta al servicio del imperialismo y la dependencia.
Advertimos esa tremenda significación del hecho; advertimos el peligro que esto significa. Es nuestro deber hacerlo porque queremos salvar; la democracia y al gobierno de los elementos y de los hechos que conspiran contra un proceso que debe ser liberador.
Es menester advertir, tal como lo dijimos anteriormente, el paralelismo entre estas normas y las que derogamos el 25 de mayo. No ignoramos que este no es el «Camarón», pero no olvidamos que así también fue su comienzo. Todo ello nos preocupa más aun, porque tampoco podemos ignorar que existen grupos que conspiran permanentemente contra los intereses de la causa popular.
Vamos a votar negativamente este proyecto porque no tenemos ninguna duda de que en esta forma votamos positivamente por la causa del pueblo. (Aplausos)




























Fuente: Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina.
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miércoles, 27 de marzo de 2013

Mario Abel Amaya: "Debate de la Ley Represiva" (24 y 25 de enero de 1974)


Ley 20642 Modificaciones al Código Penal


Sr. Presidente (Busacca).—Tiene la palabra el señor diputado Amaya.
Sr. Amaya. — El 25 de mayo asistimos esperanzados e incluso con regocijo al -advenimiento del nuevo gobierno, que no era de nuestro partido pero que era la posibilidad del acceso de las clases populares para concretar un proceso de liberación.
Era la derrota de un régimen represivo y de entrega que al grito de “Se va... se va..., se va y nunca volverá” cerraba un ciclo, dejando paso al pueblo en un nuevo ámbito, en una nueva dimensión que avizorábamos y esperábamos habría de ser provechosa para el futuro del país.
Dimos así los primeros pasos: derogamos las leyes represivas, aprobamos la ley de amnistía. El pueblo comenzó a ser protagonista de] proceso de liberación con esa nueva dimensión. Sabíamos de los escollo no ignorábamos que en el nuevo medio existiría convulsión, que la marcha sufriría los avatares de un camino no andado y que nuevas formas del antiguo régimen volverían a la carga.
Pero estaba el pueblo y el clima que las libertades públicas conformaban, y entonces sabíamos que mientras viviéramos ese clima el proceso de liberación continuaría adelante, proyectado por la concientización popular. El aparente desorden era el precio para el dialogo fecundo del pueblo en la calle, para conformar, entonces si, un nuevo orden —no impuesto ni opresor—, consecuencia, de una nueva relación social que permitiera avizorar, en un futuro no lejano, nuevas formas en nuestra sociedad, nuevas estructuras y, sobre todo, la cesación de un régimen explotador del hombre.
Así lo esperábamos, pero lamentablemente nuestras esperanzas en alguna medida se frustraron. El pueblo abandono la calle —debió abandonar la calle—; no era el nuevo orden sino el mismo orden. El «Se van... se van,..., se van y nunca volverán» se perdió en el silencio de la calle vacía. Y volvieron, pero en ese mismo silencio no tuvieron eco nuestros reclamos por la concreción del proyecto de liberación en el que todos estábamos empeñados. Y este Congreso, que había sancionado la amnistía, la derogación de las leyes represivas, nuevas formas de excarcelación, y aun una comisión para reordenar la legislación penal, considero un paquete de medidas económicas que mereció nuestros reparos, pues no modifica de ningún modo nuestra estructura dependiente; concreto el pacto social y sanciono las leyes de asociaciones profesionales, de arbitraje obligatorio, de prescindibilidad, y ahora quiere sancionar una reforma al Código Penal que prácticamente restablece —si no va mas allá— el régimen punitivo y opresor que había instaurado la dictadura militar.
Este es el aspecto que me importa destacar: como se quebró un proceso que lo esperábamos rico y generador de una nueva proyección para nuestro pueblo.
No vamos a hacer el análisis jurídico especifico de cada una de las reformas proyectadas —mis compañeros de bancada ya lo han hecho sobradamente—, pero vamos a destacar este aspecto, esta clara connotación política que tiene el proyecto, no por e] solo hecho de ser reiteración —prácticamente— de la legislación represiva de la dictadura sino porque tras la reforma se oculta la consolidación definitiva de los mismos grupos que antes la impusieron y la ejecutaron y que hoy, embozadamente, buscan precisamente mantener su situación de privilegio.
Me permito reflexionar respecto de lo señalado por la señora diputada Sanguineti. Creo, si, que las leyes son instrumentos, pero también que pueden ser buenas o malas, que sean buenas o malas depende de la finalidad y los objetivos que pretendan cumplir. La reforma que estamos tratando no pretende defender al Estado sino que tiende a defender un estado de cosas.
No puede pretender eliminar formas de delincuencia común —sobradamente sabemos que el agravamiento de penas, por si mismo, no lo logra—, porque no es idónea para ello, pero- si pretende modificar las relaciones de poder, en favor de los grupos que están contra el proceso de liberación.
Adviértase que las reformas no pretenden ser remedio que elimine ciertos actos considerados como desvalores, sino que lo que mas le importa es la aplicación de sanciones; no es preventiva sino represiva, habiendo sido destacado este aspecto por el señor diputado Day cuando señalo que no se fija plazo alguno para su vigencia; no lo hace porque le importa mas que evitar el delito, el reprimirlo. Aun cuando, por el contrario, la legislación penal debe tender a evitar los elementos que pueden ser generadores de causas de delito.
Es indudable que el Congreso esta facultado, es idóneo, es competente para dictar la legislación penal, pero no solo es necesario, para dictar esa legislación, que emane del organismo competente, sino que además este organismo debe concretar la ley como resultante de una necesidad social que venga a ser cubierta, donde el pueblo sea su protagonista principal y a quien esta dirigida para su defensa y no para su opresión.
Con esta reforma no solo coartamos un amplio margen de libertades públicas. Nosotros esperamos, y somos real y efectivamente defensores del gobierno, en cuanto este lleve a cabo un proceso de liberación y continúe siendo un gobierno popular. Pero con esta iniciativa se ve coartado el proceso de liberación, impidiéndose el ejercicio real y efectivo de una democracia capaz de formar un nuevo modelo de país al que aspiran los argentinos, para su realización. (Aplausos.)
























Fuente: Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina
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domingo, 17 de marzo de 2013

Mario Abel Amaya: "Debate de la Ley represión para las actividades subversivas" (27 y 28 de septiembre de 1974)


Sr. Presidente (Busacca). — Como último orador, antes de que haga uso de la palabra nuevamente el miembro informante del despacho de la mayoría, tiene la palabra el señor diputado Amaya.
Sr. Amaya. — Solo he de decir dos palabras, señor presidente, porque los compañeros de bancada han definido categóricamente la antijuridicidad, la inconveniencia y la ineficacia de este proyecto de ley. Pero ante las expresiones vertidas me parece necesario efectuar pocas reflexiones.
De nada sirve dictar normas que pretenden asegurar la democracia si no ejercemos real y efectivamente la democracia.
Sr. Acuña. — ¿Y que estamos haciendo ahora?
Sr. Amaya. — De nada sirve sancionar normas penales si los organismos encargados de la seguridad de las personas no garantizan efectivamente esa seguridad.

—Varios señores diputados hablan a la vez.

Sr. Amaya. — El señor diputado Pedrini dijo que quería hechos positivos. Yo le respondo que somos los diputados de la oposición los que les exigimos hechos positivos. Queremos que en el país deje de haber violencia; queremos que en el país se respete su integridad de los ciudadanos; queremos que en el país haya real y efectiva vigencia de la democracia. (Aplausos.)






























Fuente: Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina
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martes, 14 de diciembre de 2010

Mario Abel Amaya: "Carta a los correligionarios de Dolovan" (septiembre de 1972)


Cárcel Villa Devoto 

Septiembre de 1972


La voluntad popular no puede manifestarse mientras no existan condiciones socio económicas que lo permitan, mientras que el ejercicio del gobierno sea usurpado y puesto al servicio de grupos antipopulares y antinacionales, olvidándose de los sectores que con su trabajo forjan la verdadera grandeza popular; mientras el militarismo continúe pretendiendo decidir la vida argentina y la vida de los argentinos.

Quienes hemos nacido y crecido en el Valle sabemos positivamente de lo que es capaz de hacer el hombre con su esfuerzo. 

También sabemos perfectamente como ese esfuerzo es desconocido, librándose el destino de las verdaderas fuentes de riqueza a los aventureros y especuladores que detentan el poder de decisión.












Fuente: "Carta a los correligionario de Dolovan" del Dr. Mario Abel Amaya, septiembre de 1972.
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