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sábado, 1 de octubre de 2016

Balbin - Frondizi: "Exposicion para un Plan Politico de la Revolucion Libertadora" (22 de junio de 1956)

Presidente General Aramburu: Ya les exprese recién que la finalidad a que nosotros estamos abocados es establecer el plan político, es decir el proceso que vamos a seguir hasta desembocar en las elecciones del nuevo gobierno constitucional. En ese sentido queremos tener la opinión de todos los dirigentes políticos sobre ciertos aspectos de este plan que están en resumen establecidos en las preguntas contenidas en el cuestionario que les acabamos de entregar, así como también de cualquier otro detalle, que ustedes crean de interés los efectos de la redacción del plan. Esas preguntas no la hemos colocado por capricho sino porque son inquietudes que nos llegan constantemente a la Casa de Gobierno.

Sr. Ministro de Marina: Al reformarse la Constitución de 1949, se dijo que habría que tocar quizá parte de la Constitución de 1853. Eso se dijo en los considerandos de la anulación de la Constitución del 49. Se expreso, sin comprometer opinión de ninguna especie que quizá fuera posible o necesario modificar oportunamente la Constitución de 1853.

Sr. Presidente: Vamos a escuchar la opinión de los doctores Frondizi y Balbín.
Sr. Ministro de Marina: Quería aclarar simplemente que no había compromiso del gobierno.

Sr. Presidente: Pierda cuidado, los señores lo saben perfectamente.
Dr. Frondizi: Nosotros, en nombre del partido, les agradecemos la oportunidad de poder conversar sobre problemas vinculados con el plan político.

En primer lugar, nuestro pensamiento es categórico en el sentido de que el gobierno, en la forma más inmediata posible, haga conocer su plan político. La falta de aprobación y difusión de un plan político del gobierno provisional nos parece que es uno de los mas graves factores de perturbación que ha debido soportar y que esta soportando todavía el país. El gobierno provisional en estos nueve meses ha estudiado aspectos económicos, aspectos sociales, aspectos culturales y los ha hecho conocer al país e, incluso, ha planteado la posibilidad de planes de carácter económico de largo alcance. Sin embargo, no ha dado su definición sobre los aspectos políticos que son absolutamente fundamentales para alcanzar todos los objetivos dentro de la Republica. Fijando ese criterio sobre la conveniencia de que se haga conocer de inmediato ese plan político al país, le daré una respuesta breve a cada uno de los puntos planteados en ese cuestionario, sin perjuicio de formular cualquier otra aclaración que señor presidente o los señores ministros crean conveniente.

Nuestro partido, desde hace muchos años, sostiene la necesidad de reformar la Constitución de 1853. Ya en la  plataforma, en el programa del partido aprobado en 1931, el radicalismo sostuvo que debía modificarse la Constitución de 1853 en algunos de los aspectos que considerábamos vitales. De modo que con eso dejo contestado el primer punto del cuestionario. Creemos que debe ser reformada la Constitución y esto no es un pensamiento que improvisemos los actuales dirigentes del partido, sino es un viejo pensamiento del radicalismo. Aquella plataforma se aprobó en el año 1931 para que sirviera de bandera política, de bandera, de lucha política, a la formula que integraban el doctor Alvear y el doctor Guemes y que posteriormente vetada por el gobierno provisional.

La segunda pregunta se refiere a los puntos en que debe ser reformada la Constitución. Naturalmente, esto exigiría que hiciéramos un estudio a fondo del problema, y se lo podemos concretar oportunamente. Pero sin perjuicio de ello, nosotros queremos adelantar algún criterio sobre este asunto, criterio que expondremos a titulo personal el doctor Balbín y yo, porque quien debe resolver los puntos en que debe ser reformada la Constitución es nuestra Convención Nacional.

En primer termino, creemos que la Constitución debe ser reformada para asegurar el funcionamiento del sistema federal. Es absolutamente indispensable que la Constitución considere una serie de disposiciones que hagan que el sistema federal quede totalmente  resguardado. En segundo lugar, pensamos que dentro de la Constitución se deben adoptar disposiciones que aseguren un equilibrio entre los tres poderes. Hay problemas de carácter concreto, como la convocatoria del Congreso, que debe tener facultad para autoconvocarse, problemas vinculados con la organización del Poder Judicial; incluso, disposiciones que deben asegurar que los poderes del Presidente de la Republica no pueden ser excesivo frente a los otros dos poderes; el Legislativo y el Judicial. En tercer lugar, pensamos que no basta asegurar el sistema federal y el equilibrio de poderes, es decir, restringir en alguna medida el exceso de atribuciones del Poder Ejecutivo, sino que creemos que la Constitución debe contener normas muy precisas sobre el régimen municipal. En este país se ha hablado con razón durante últimos años del principio federalista y de la autonomía de las provincias, pero muchas veces el principio de la autonomía de las provincias ha servido para que en algunas provincias argentinas se mantuviera un sistema político de completo atraso. En otras palabras, el principio de las autonomías, de las provincias y el del federalismo sin una autentica vida municipal, puede transformarse en definitiva, en una formula vacía dentro del proceso institucional argentino. Naturalmente, la Constitución también debe contemplar en algunas de sus disposiciones, especialmente en las que se refieren a las garantías de los derechos individuales, resguardos absolutamente amplios. El desarrollo del Estado en todos los países del mundo y el desarrollo del Estado moderno dentro de nuestro país, también hace que sus poderes, especialmente el Ejecutivo, el poder administrador, vayan tomando facultades que no tenían hace 50 o 60 años. En consecuencia, la Constitución debe prever resguardos categóricos en defensa de los derechos individuales; protección para los administrados a través de recursos perfectamente delimitados dentro de ella, a efectos de que no puedan ser alterados por ningún parlamento, es decir que un Congreso, una Cámara de Diputados y un Senado, que puedan coincidir mañana con el Poder Ejecutivo, no puedan alterar esas disposiciones de fondo. Deseo, como una última observación, agregar esta opinión de carácter personal. Creo que la reforma constitucional debe también mantener el resguardo en lo que hace a los bienes del país.

Por otra parte, tratándose de la Constitución del 53, no hace falta que les exprese sobre el problema de la reelección presidencial. Creemos que no debe existir reelección. De manera que aunque esto ya esta contemplado en el texto constitucional, nos interesa hacer una aclaración expresa. Estos son unos puntos de vista concretos que puedo improvisar en este momento, porque este cuestionario lo conozco recién en las presentes circunstancias; en caso de haberlo conocido con anterioridad, habríamos traído una exposición orgánica sobre estas cuestiones. Además, debemos ser breve porque ustedes tienen que atender a otras delegaciones, políticas.

En cuanto al tercer punto que dice cuando debe reunirse la Convención Reformadora, antes o después de la instalación de las autoridades definitivas de la Nación, nosotros no tenemos duda alguna. La Convención Reformadora no puede reunirse, en nuestra opinión, bajo un gobierno de facto. En este sentido deseo aclararles también que esta no es una posición que improvise ahora. En 1931, el gobierno provisional del General Uriburu también tuvo el propósito de convocar una Convención reformadora, y el Radicalismo, en la plataforma a que me he referido, sostuvo que no podía haber Convención Constituyente reformadora hasta que no estuvieran instaladas las autoridades elegidas por el pueblo. Pensamos nosotros que el gobierno provisional cometerá un terrible error que puede ser de consecuencias para el futuro de la Republica si convoca en la actual situación una Convención de carácter reformador de la Constitución. El país sufre grandes perturbaciones políticas y psicológicas y, si se convoca a una Convención reformadora, los temas que dividen a los argentinos en muchos aspectos van a ser, seguramente, con motivos de lucha en una campaña de carácter electoral. Creemos que el país debe ser convocado a una elección de autoridades. La elección que se realice en el país en las condiciones de los actuales decretos de inhabilitaron no será totalmente constitucional. Siento la necesidad de decirle esto a titulo exclusivamente personal. Si en la actual situación del país, con las medidas de fuerza que el gobierno ha tenido que tomar para su propia seguridad, se convoca la Convención Nacional reformadora, se dará esta situación extraordinaria; el país volvería a tener una Constitución con aspectos vulnerables, como lo fue la Constitución de 1949. Recuerdo perfectamente que en la sesión en que se aprobó la reforma constitucional en la Cámara de Diputados, dijimos en ese momento que se aprobaba una Constitución efímera porque no se había hecho con los resguardos constitucionales correspondientes. Si se crea una Convención reformadora en la actual situación, esa Convención Constituyente tendrá siempre aspectos vulnerables.

Comprendo que esta el argumento que se formula en el sentido de que la autoridad constitucional que se cree también puede tener aspectos vulnerables. Es exacto; porque el gobierno que nazca después de esta revolución, realizada en setiembre pasado, no será un gobierno intermedio entre el hecho revolucionario, entre el gobierno de facto y un gobierno totalmente constitucional que restablezca por completo la paz entre los argentinos. De manera que nuestro pensamiento en este asunto es categórico: creemos que se debe convocar a elección de autoridades y posteriormente, en un clima de tranquilidad, convocar a Convención reformadora, para que el país tenga una Constitución, que nazca absolutamente con el auspicio de todos los argentinos, cualesquiera sean sus ideas. Referente al sistema de carácter electoral, creemos en la conveniencia para cualquier clase de elección, de constituyentes o de autoridades, que se mantenga el sistema de lista incompleta de la Ley Sáenz Pena, que fue una conquista del pueblo argentino. Como radicales, estamos orgullosos de la participación que le correspondió a nuestro partido en la obtención de la Ley Sáenz Peña, pero fue una ley dada por un gobierno de carácter conservador. De todos modos, debemos reconocer que significo un gran adelanto político dentro de la Republica y que los únicos gobiernos que han querido tocar o que han tocado la ley Sáenz Pena, han sido gobiernos que estaban en posiciones antipopulares o que estaban al servicio de una concepción de carácter totalitario. A la ley Sáenz Peña se la intento reformar, después de la revolución del 6 de septiembre se la reformo y se la intento reformar muchas otras veces y finalmente se la reformo durante el gobierno que cayo en setiembre del ano pasado. 

Consideramos que en este momento hay que mantener la intangibilidad de la Ley. No creemos que la ley no pueda ser reformada, pero pensamos, si, que esa ley fue dada como fruto de un gran esfuerzo popular argentino, y solamente podrá ser y deberá ser reformada por el pueblo argentino. Este es el juicio que nosotros tenemos sobre el problema que plantean las preguntas cuarta y quinta.

Quedo a disposición de ustedes para cualquier aclaración.

Sr. Ministro de Marina: Usted doctor Frondizi, hablo que no debe haber reelección presidencial: la Constitución del 53 así lo dice, pero también dice que puede ser reelecto un presidente después de un periodo intermedio.
Doctor Frondizi: Nosotros incluimos eso.
Sr. Ministro de Marina: ¿Usted es de la idea de que no puede ser reelecto jamás?
Doctor Frondizi: Nos parece, señor ministro, a titulo personal nuestro, que el ser Presidente de la Republica es un honor tan grande que el hombre que deja la primera magistratura no debe volver a ella.
Sr. Ministro de Marina: Además seis años de gobierno gastan mucho a un hombre.
Sr. Presidente: De esa manera se preocuparía pura y exclusivamente de ser seis años presidente de la Republica y no de buscar al que lo suceda.
Doctor Frondizi: Personalmente, estoy totalmente de acuerdo.

Doctor Balbín: En este problema del país, comprendo que existan todas estas preocupaciones, porque es muy lógico que así sea. Venimos arrastrando un pasado muy duro y creo que el país esta lleno de desconfianza. Conviene plantear este problema sin perjuicio de hablar sobre las preguntas del cuestionario. La consideración de las ideas relacionadas con la reforma de la Constitución y de las vinculadas con el régimen electoral, en rigor de verdad no son una discusión de ateneo en la que se busca la mejor forma jurídica para desarrollarlas. Me parece que el planteo debe buscarse en la forma mas practica para asegurar un estado político argentino que devuelva al país esa confianza. Me hago cargo perfectamente de que quienes tienen la responsabilidad de conducir el proceso revolucionario tienen como única mira darle al país una forma estable de convivencia.

Sr. Presidente: Exacto.

Doctor Balbín: Por eso se me ocurre que buscando normas que no abran tanto el debate pero que permitan ajustar una solución se encuentre el camino del acierto. Comprendo el interrogante que si debe reformarse la Constitución y de si debe hacerse antes o después de la elección de autoridades. La pregunta implica también un honrado problema de confianza. Quien tiene la responsabilidad de conducir este proceso revolucionario, no quiere dejar su herramienta de trabajo a la improvisación y a la inseguridad. Ese es el problema. Si se tiene que hacer la reforma de una manera o de otra, esto ya pertenece al campo de las especulaciones constitucionales que buscan la mejor forma, pero el meollo de este asunto esta en que encontremos un sistema que de seguridad estable a la organización constitucional. Esta es mi personal preocupación.

Una Constitución en un país que ha atravesado, como el nuestro una larga lucha, no se reforma en dos meses., Una Constituyente honorable, seria y responsable, necesita un año: tiene que estar por lo menos un año trabajando porque lo otro seria llevarlo todo hecho: no habría debate ni consulta. La Constitución debe ser la consecuencia de un examen en extensión, de un examen de comparaciones. Si se hace como la del 49, una Constitución contrarreloj, después se empiezan a encontrar los aspectos que pudieron considerarse y que no se consideraron. Si se decide reunir la Constituyente, hay que hacerse a la idea de que debe durar mucho tiempo. No puede ser hecha en uno ni dos meses. Debe hacerse un gran estudio, un gran debate; hay que consultar a la gente, reestructurar cuadros en el país, definir instituciones y determinar en que medida sirven unas u otras. Debemos hacer una Constitución que dure cien años, no treinta días o siete u ocho años.
  
Nuestro propósito es contribuir al esfuerzo de la revolución lógicamente; aprobar su plan político, lógicamente, pero en la medida en que este no roce viejas definiciones que nosotros tenemos: primero, reformar la Constitución y segundo, afianzar en el país un sistema federal que, si estuviera en nuestras manos, realizaríamos tenemos una vieja experiencia. El país ha entrado en serias convulsiones: es una tremenda crisis que ustedes soportan con tanto patriotismo, pero a esto hay que ponerle fin: esta debe ser la última revolución: no puede haber otra. Debemos estructurar un "sistema que ponga en las manos del gobernante la sensación de que esto no volverá a ocurrir. Una cosa es decir que no habrá otra revolución y otra cosa es fijarlo en la letra de la ley. Nosotros, que podríamos hacer un capitulo especial en los aspectos de la economía y del sistema impositivo del que Frondizi no hablo, en el momento de la reforma de la Constitución, entendemos que hay que reformarlo. Porque en el régimen impositivo que establezca la Constitución se encuentra lo que el llama justicia social y la distribución de utilidades. Nosotros hablamos con más fuerza del federalismo y con más fuerza de ir delegando menos facultades al presidente para crear autonomismos orgullosos, provincias serias que por si mismas sean un resguardo para posibles contingencias o convulsiones que pueda sufrir el país. El centralismo, como ha sido llevado en la Argentina, en los últimos 25 años, -porque ha habido centralismo político y económico mas o menos realizado antes, definitivamente realizados después- da posibilidades a estos procesos revolucionarios, mientras que si con fuerza patriótica nosotros alcanzamos a colocar al país en un gran federalismo, creo que eso junto con la descentralización de la economía y el entroncamiento de los sistemas puros del municipio, va a diversificar la responsabilidad y la fuerza común para que permita entrar definitivamente en un cauce constitucional. Por esto, señor presidente, para mi no nace de la Constitución que pueda reformarse, porque podríamos hacer la reforma de la misma y no haber alcanzado esta educación para después tener una gran Constitución. Va de suyo que si el país es convocado a Constituyente, nosotros participaremos e iremos a luchar por nuestras ideas, pero ello será la consecuencia legal y la obligación del país, pero no entronca en nuestra esperanza de que al país hay que ganarle la confianza para después estructurar el instrumento que sea útil. Pero si hacemos el instrumento y no esta ganada la confianza, será roto, destruido o modificado ese instrumento. Estas son las banderas del radicalismo, que, con el tiempo, y a pesar de la derrota, sostuvo con dignidad y traspuso con limpieza. El negocio del pacto o del acuerdo, muchas veces lo pudo haber hecho el radicalismo en el transcurso de sus duras y largas jornadas. No lo hizo, porque nunca fue la expresión egoísta de un presente, en razón de que aspira proyectarse siempre en la dignidad y el decoro de las generaciones que llegan. Es ley para los radicales entregar siempre con honor el banderín, en los sucesivos turnos de su vida y de su historia.

Quien por incapacidad, despecho o impaciencia, renuncia a esta conducta, jamás resultara eficaz a la labor limpia de su propia recuperación.





Fuente: Exposicion de los Doctores Arturo Frondizi y Ricardo Balbin en entrevista con el Presidente Provisional de la Nacion Gral. Pedro Eugenio Aramburu sobre las consultas para la confeccion de un plan politico de la Revolucion Libertadora, 22 de junio de 1956.

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