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jueves, 7 de julio de 2016

Gabriel del Mazo: "Una definición reformista..." (1976)

Durante mi enfermedad sucedieron los episodios de la lucha en pro y en contra del funcionamiento de universidades privadas, innovación del gobierno anterior que figuraba en el programa del Presidente como candidato autorizado por la Convención Nacional partidaria.

La oposición a este propósito, (que había sido concebido dentro de un plan de desarrollo y de múltiple competencia docente), fue instrumentada políticamente para sumar contingentes universitarios a otros sectores concertados para voltear al Presidente. Se conjuncionaron entonces, los universitarios, con los parlamentarios, militares, prensa grande, presionando mediante huelgas de jueces, médicos, obreros y policías, un frente para eliminar al Presidente Frondizi. Algunos dirigentes estudiantiles pretendian que, como colaborador del Presidente, lo abandonase en esa emergencia, renunciando. Así utilizarían mi nombre y posición, como un arma mas para la acción circunstancial.

En los dias en que me encontraba en situación de salud mas delicada, un grupo dirigente, cuya filiación ideológica se conoció al conocerse los nombres, pretendió actuar en mi domicilio, que por pedido mío, no tenia vigilancia militar ni policial, para "exigirme", decían (yo tenia indicación medica de no leer, ni escribir, ni conversar), "una definición reformista"... Lo cierto es que, independientemente de aquello que cada cual pueda preferir personalmente, la Reforma nunca prefirió el monopolio estatal de la enseñanza, ni la corrección de la cláusula constitucional que establece el derecho de enseñar y aprender, ni nunca se pronuncio contra la enseñanza privada ya existente en los ciclos formativos, primario y secundario de nuestra enseñanza.

Además, todo el sistema docente de la Reforma se estableció sobre la libertad de enseñar, que tal cosa fue la docencia libre; la docencia libre, el gran tema no cumplido, salvo algunas muy episódicas excepciones. Parece que la Reforma ha olvidado que la provisión del profesorado no fue instituida en 1918 sobre la base de un solo acto, llamado "concurso", que ahora aparece como la ultima palabra de la perfección, sino sobre la base de la "docencia libre", es decir, del concurso cotidiano y permanente. Tal las Bases de Córdoba en la formación y provisión del profesorado. Libertad de enseñar que tiene, en adecuadas proposiciones, la correlativa libertad de aprender aquella que libra el alumno de obligación a la asistencia, precisamente, para que esta libertad de aprender quede garantizada. La periodicidad de la cátedra es otra garantía. Es decir que el docente libre triunfante como titular de cátedra en la selección, tiene en su favor un contrato pero con término, o sea susceptible de renovación o distinta adjudicación cuando venga.

Hasta ahora las Universidades privadas autorizadas por ley no han respondido a los anuncios de sus promotores. Ni en el tipo de enseñanza ni en la calidad de la enseñanza.

En cuanto a lo primero, han insistido repitiendo las Escuelas ya existentes en la Universidad del Estado, correspondientes a la "Universitas Litterarum", sin que aparezcan los estudios prometidos con vistas al desarrollo económico. En cuanto a lo segundo, las cátedras suelen proveerse a veces al nivel de la enseñanza secundaria.

Son además, escuelas de pudientes y este es un aspecto critico ya observado por varios sacerdotes y objeto de consideración especial del concilio de obispos iberoamericanos, reunido en 1968 en Medellín.





Fuente: Vida de un político argentino: convocatoria de recuerdos, Gabriel del Mazo
Plus Ultra, 1976.

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