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lunes, 7 de marzo de 2016

Margarita Malharro de Torres: "Los Derechos de la Mujer" (noviembre de 1990)

El radicalismo ocupó siempre un primer puesto en la lucha por la igualdad de derechos entre los distintos componentes de la sociedad, contra todo tipo de discriminación política, sexual, cultural o religiosa. En ese sentido, una legisladora radical, la senadora nacional Margarita Malharro de Torres, planteó hace un año -entró al Senado exactamente el 6 de noviembre de 1989- un proyecto de modificación de la Ley Electoral de la Nación, que obtuvo media sanción del Senado el 20 de septiembre de 1990, que establece la obligatoriedad de que todos los partidos políticos, a los efectos de oficializar sus listas, deberán tener mujeres en un mínimo del 30% de los cargos a elegir, en puestos con posibilidad proporcional de resultar electas. En los fundamentos del proyecto se incluyen los siguientes antecedentes:

Carta de las Naciones Unidas: San Francisco, 26 de junio de 1945, Ley Nº 12.195 del 8 de septiembre de 1945, en donde se estipula en el art. 55

"... el respeto universal a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin haber distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades...", en el art. 56 establece que "... Todos los miembros se comprometen en tomar medidas... para la realización de los propósitos consignados en el art. 55".

Declaración Universal de los Derechos Humanos: Asamblea General de la ONU., Resolución 217 A, del 10 de diciembre de 1948, donde la República Argentina votó afirmativamente, estableciendo en el art. 21:

"... 2.- Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país."

Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer: aprobada por la República Argentina en la Ley Nº 15.786, del 7 de diciembre de 1960, estableciendo en:

"Art. 2: Las Mujeres serán elegibles para todos los organismos públicos electivos establecidos por la legislación nacional, en condiciones de igualdad con los hombres, sin discriminación alguna."

"Art. 3: Las mujeres tendrán derecho a ocupar cargos públicos y a ejercer todas las funciones públicas establecidas por la legislación nacional, en la igualdad de condiciones con los hombres, sin discriminación alguna."

Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: proclamada por la O.N.U. el 7 de noviembre de 1967, Resolución Nº 2263, en su art. 2 establece:

"Deberán adoptarse todas las medidas apropiadas a fin de abolir las leyes, costumbres, reglamentos y prácticas existentes que constituyan una discriminación en contra de la mujer", continúa en el art. 4 "...

a) El derecho a votar en todas las elecciones y a ser elegible para formar parte de todos los organismos constituidos mediante elecciones públicas.", "... c) El derecho a ocupar cargos públicos y a ejercer todas las funciones públicas." "Estos derechos deberán ser garantizados por la legislación."

Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer:

"Art. 2... f) Adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar, derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer".

Continúa en la parte 2, Art. 7:

"Los Estados partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a:

a) Votar en todas las elecciones y referéndum públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas.

b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales.

Aprobado por la Ley Nº23.179, del 8 de mayo de 1985.









Fuente: Los Derechos de la Mujer por Malharro de Torres, Margarita Aurora: Senadora Nacional por la UCR en representación de la provincia de Mendoza. Profesora de Ciencias de la Educación. Miembro de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos. Miembro fundador de la Academia Provincial de Ciencias Sociales de Mendoza, diciembre de 1990.

2 comentarios:

  1. Margarita era,una de las mejores amigas de mí madre María Antonia Correa de Ortiz,,o la Seño Mary ortiz,q orgullo!!!!

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    1. Hola cómo estás necesito conseguir foto de Margarita vamos hacer u. Proyecto tu mamá tendrá alguna de ella te dejo mi número 2614699459 vivo en Godoy Cruz barrio fuchs

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