La Unión Cívica Radical del Pueblo declara:
1° Su satisfacción
ante el decreto 8377 de fecha 23 de julio del corriente año, que declara la
nulidad de las concesiones de las ordenanzas 8028 y 8029 del año 1936, y en
vigor las del 9 de diciembre de 1907 y 4 de octubre de 1912, con referencia a
concesiones a la Compañía Argentina de Electricidad S.A. y Compañía Italo
Argentina de Electricidad y compromete su decisión de defender lo dispuesto por
el gobierno de la Nación, en base no solamente a los categóricos argumentos jurídicos
expuestos por la comisión nacional asesora sino también a las circunstancias de
hecho que en su oportunidad, exhibieron los métodos de corrupción que usó la compañía
para obtener la nueva concesión.
2° Solidaridad
con el rechazo de la protesta formulada por un gobierno extranjero, el cual
indebidamente pretendió desconocer la facultad universalmente consagrada por el
derecho administrativo, del poder publico para decidir sobre los servicios públicos.
3° Su desaprobación
para aquellos gobiernos que pretenden interferir en las relaciones
estrictamente internas entre una administración publica de un país soberano y
un particular, a pretexto de una supuesta nacionalidad y tal si hubiese jurisdicción
extraterritorial, sin reparar siquiera que son consorcios internacionales sin vinculación
efectiva con ningún país y que logran de una y otra nación según convenga a sus
materiales intereses.
4° Su respeto a
todo derecho patrimonial o moral, sea su titular argentino o extranjero siempre
que surja al amparo de nuestras instituciones jurídicas y con los presupuestos éticos
que correspondan a cada caso.
Fuente: Declaración de la Mesa Directiva del Comite Nacional de la Unión Cívica Radical del Pueblo sobre la anulación de las Ordenanzas Municipales de Concesiones a Empresas de Electricidad, 16 de agosto de 1957.
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