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jueves, 27 de agosto de 2015

Fernando de la Rúa: "La Fe en el Derecho" (7 de abril de 2015)

Señor Rector, Señor Presidente Fundador de la Universidad, Señor Decano; señor Presidente y miembros de la Academia Peruana de Derecho; señor Embajador argentino; catedráticos, estudiantes; señoras y señores:

La Academia Peruana de Derecho sesiona. Es un acto de fe en el derecho. Agradezco el honor de incorporarme como miembro honorario. Agradezco también  a esta prestigiosa Universidad la designación de profesor honorario. Quiero hablar de la fe en el derecho. El Derecho como orden fundante de la vida colectiva sólo puede entenderse como unidad. La unidad del orden jurídico significa que hay normas integradoras que consagran los derechos y normas realizadoras para aplicarlas en lo concreto  si fuesen violados. Lo explicaba Salvatore Satta cuando se refería a lo abstracto de la norma que se hace concreto en la decisión del juez. Kelsen describía las normas generales y que el juez dictaba una norma individual en la sentencia. De esto provino el error de la teoría egológica de Carlos Cossio quien sostuvo la capacidad del juez para crear el derecho lo que le permitía apartarse de la norma. Fue Calamandrei quien rechazando ignorar la norma habló de “la garantía de justicia de la legalidad”. Sólo el legislador dicta normas y el juez las aplica pero tiene vedado apartarse de aquellas o crear otras nuevas. Esta es la expresión de la unidad del orden jurídico. Es el sistema de derechos que debemos defender. Sólo él brinda seguridad y protege la libertad. Lo establece el poder legislativo por la voluntad popular y lo resguarda  la garantía de justicia que brindan los jueces. Fin del derecho es la paz y la justicia. Resume la  experiencia de la vida fundada en la equidad, la solidaridad y el respeto al otro. El conjunto normativo constituye el Estado de derecho por oposición a la arbitrariedad y la violencia.

He vivido esa experiencia. Naturalmente, como miembro de la sociedad; luego como abogado. Legislador, promoví leyes nuevas sobre situaciones no previstas. Como Presidente apliqué la Constitución e hice cumplir la ley. Y cuando dejé de serlo conocí la peor cara del abuso del derecho y afronté la persecución de gobernantes y de jueces. Actué según la ley, sometiéndome a ella. Luché por mi dignidad y acá vengo limpio ante ustedes, cerradas  las inicuas causas. Actué ante la adversidad con fe en el derecho, vencí al abuso e hice triunfar la ley. El derecho significa la lucha cotidiana por su vigencia. La humanidad registra enormes progresos a lo largo de su historia. Cito el 1500 como año paradigmático. Las naos de Colón llegan a América y dan una nueva comprensión del mar y de la tierra. Se crearon las universidades extendiendo el conocimiento. Y Gutenberg inventa la imprenta diseminando el libro base de la nueva cultura. Eran tiempos de cambio y empezaba una grave conflictividad religiosa. Saltemos el tiempo.

En el siglo XX hubo increíbles si asistiéramos a una inmensa biblioteca, y surgen las redes sociales y una revolución educativa que, aunque todavía en ciernes y atrasada, transforma el mundo de las ideas. No es justo dejar el derecho al margen de ese formidable crecimiento, anclado en las viejas fórmulas del Digesto, en los textos de los glosadores o  el genio de los codificadores napoleónicos.  El derecho creció y se transformó, absorbió nuevos conceptos, se preparó para un mundo mejor. Es reciente la globalización y el acercamiento de los sistemas anglosajones y latinos bajo un ideal común de justicia y hasta de fórmulas parecidas. Hubo importantes innovaciones, es cierto. Pero también crisis y abuso. Hubo progreso pero al mismo tiempo regresión. El derecho, destinado a servir a la vida, fue la herramienta falsa de los peores excesos. Las teorías del derecho libre, la jurisprudencia de los intereses y la fórmula marxista del interés del pueblo, son ejemplos de las peores deformaciones que llevaron a los peores crímenes. La extensión moderna del derecho es tangible y se encuentra en el reconocimiento del derecho del hombre a la protección del ambiente; su defensa como consumidor; el derecho a la información;  la no discriminación; la defensa de la familia y la niñez. La globalización origina la regulación de los grandes movimientos financieros y controles bancarios contra la corrupción y el terrorismo. Se incorporan los delitos de lesa humanidad como el genocidio, el narcotráfico, el terrorismo y la trata de personas. El derecho internacional, a partir de una concepción de vecinos en vez de enemigos en la Carta de las Naciones Unidas y en la OEA y la Unión Europea, crea o alienta el Tribunal de la Haya, la Corte Europea, la Corte de San José de Costa Rica, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte de Roma. Se firman tratados de protección de los derechos del hombre con vigencia efectiva en el derecho interno de los países signatarios; y se defiende la democracia republicana como el sistema que garantiza la libertad y la vida, en la Carta Democrática de Lima de 2001 a partir de lo ocurrido en Perú. Cuando ese año hablé como Presidente en la OEA proclamé el principio de “no indiferencia” como complemento de la “no intervención”. 

Es válido y aun debido denunciar y opinar contra las desviaciones que burlando la democracia cometen algunas dictaduras electivas. Porque aparece también el rostro sombrío de las regresiones. Se ocasionan grandes males. El derecho al medio ambiente no evitó los desastres del cambio climático, la tala de bosques, la contaminación, el enrarecimiento del aire y  la falta de agua. Un ejemplo: la mafia de la basura descripta en “Gomorra”, con la disposición abusiva de material sensible, informático o radiactivo, hace perversos negocios. La igualdad sufre formas de odio racial o religioso.El terrorismo intensifica su violencia. Aumenta el lavado de dinero producto del delito. Crece la trata de mujeres sometidas a explotación y violencia. La pobreza aumenta. Hay hambre y falta de agua potable y explotación de la atención de la salud. Es una negación de la dignidad del hombre, de la libertad y los derechos humanos. Crece la corrupción estatal perjudicando a los que menos tienen mientras se enriquecen los que burlan la ley. El mundo asiste una crisis moral y al extravío de los valores éticos. Ay!,  herida América Latina!

Asistimos con dolor a graves situaciones de abuso del derecho. Se desvirtúa la democracia cuando invocando sólo el origen electivo de un gobierno se impone la fuerza y se olvida la ley. Gobernantes inescrupulosos se creen autorizados por su sola elección a negar la República. Esta garantiza la libertad por la separación de los poderes; su negación mata la libertad por la concentración del poder en uno solo. Con la apariencia de la democracia vale la fuerza y no el derecho. 

¿Qué diferencia hay entre cerrar un Congreso y dispersar a los legisladores, con el acto autoritario de expulsarlos y encerrar a los opositores? ¿Acaso se puede silenciar a la prensa y negar el acceso a la información? ¿Qué diferencia hay entre la dictadura y la manipulación de los jueces? Si esto sucede la pregunta es una admonición: ¿qué hacen los jueces? El orden jurídico se vive, es la vida de las sociedades, que  sólo se garantiza mediante jueces independientes, con libertad y sin miedo. Dijo Couture: “El día que los jueces tengan miedo ningún ciudadano podrá reposar tranquilo”. 

Se quiere imponer una escena de impunidad o de extorsión, que es lo contrario al Estado de Derecho, al sistema constitucional, al régimen republicano y a la genuina democracia. Estamos ante el deber de rescatar el valor del derecho y la garantía de justicia. Obremos con la fe del molinero de Sainssouci que cuando el emperador quiso demoler su molino porque afeaba la vista de su palacio de Postdam se defendió diciendo “aun hay jueces en Berlín” capaces de amparar su derecho.  La Academia Peruana de Derecho sesiona. Que sea un acto de fe en el derecho y el reclamo de una efectiva garantía de justicia.

Muchas gracias.











Fuente: Clase “La Fe en el Derecho” del Profesor Doctor Fernando De La Rúa que fue designado Miembro Honorario de La Academia Peruana de Derecho en la sesión extraordinaria del día 7 de abril del 2015.









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