Indice
Fusilamientos de Radicales en Formosa.
I.- Conato sedicioso en Formosa (1891)
I-a.- Antesalas del conato
I-b.- Pesquisa e interrogatorios policiales
I-c.- Consejo verbal de Guerra
II.-Liderazgo Sedicioso
II-a.- Características personales.
II-b.- Comité Revolucionario de Soldados.
III.- Confesión in Articulo Mortis.
IV.- Secuelas psicológicas y comunicacionales del Consejo de
Guerra
IV-a.- Autocensura y escamoteo de la opinión pública
IV-b.- Derivaciones psicológicas
V.- Debido Proceso
V-a.- Omisión del derecho de defensa
V-b.- Justicia penal militar
VI.- Causales de la asonada
VI-a.- Causales políticas
VI-b.- Indisciplina castrense como causal
VI-c.- Venganza como causal.
VII.- Ejecución sumaria como escarmiento.
VIII.- Derivaciones personales y conclusiones.
I.- Conato Sedicioso en Formosa (1891)
I-a.- Antesalas del Conato
En el resto del país las réplicas de la Revolución del 90
persistían. En Saladas (Corrientes), se produce una represión de opositores y
se genera lo que se conoce como La Masacre de Saladas (mueren Manuel Acuña,
Castor Rodríguez, y Pedro S. Galarza).1 En el Rosario, en oportunidad de las
elecciones convocadas en 1891, la custodia militar de los comicios produjo
cruentos sucesos. Todo esto lejos de amedrentar a la tropa, “…la exasperan
inoculando en ella el espíritu de resistencia y la sed de venganza”.2 Y en el
Territorio Nacional de Formosa --al decir de Oszlak (2004) una suerte de estado
intermedio-- asiento de una economía de enclave y de un capitalismo depredador,
compuesto de obrajes madereros y punta de rieles, tenían su sede en una extensa
línea de fortines diversos regimientos de caballería, que servían a esta
sociedad de frontera de garantía contra los malones aborígenes. Esta frontera
era considerada, por su inclemencia climática y las enfermedades que provocaba
(paludismo), como un destino de castigo.3
En este contexto socio-económico y socio-cultural se produce
un hecho que hasta hoy ha sido llamativamente ocultado por la prensa y por la
historiografía respectiva. En efecto, a fines de septiembre de 1891, en el
Regimiento 1º de Artillería, acampado en Formosa, se generó entre la tropa un
conato de sedición, que sin alcanzar a consumar una rebelión fue duramente
reprimido.4 Este Regimiento había sufrido --por su participación en la
Revolución del Parque—su disolución por Orden General del 14 de agosto de 1890,
y sendos traslados desde Buenos Aires, primero a Resistencia (Chaco Austral),
donde estuvo bajo la jurisdicción del General Antonio Dónovan; y luego a
Formosa (Chaco Central) bajo la autoridad del General Napoleón Uriburu.5
Dicho Regimiento había sido el que mas se había prodigado a
los inicios de la Revolución del Parque (Buenos Aires), pues llegó a contar con
cuatro piezas de artillería de marca Krupp, y su lucha de cuatro largos días se
libró específicamente en el cantón o barricada de la esquina de Viamonte y
Talcahuano.6 A partir de este estado de intensa crisis, por decreto del 12 de
agosto de 1891 y sobre la base del Batallón de Zapadores y Pontoneros
establecido en el Chaco Central (Formosa), el Ministro de Guerra General
Nicolás Levalle recreó el disuelto y castigado Regimiento 1º de Artillería.7
Los regimientos de artillería debían tener tres escuadrones,
y cada uno de ellos tres baterías. Cada batería, que es la unidad táctica por
excelencia, debía a su vez contar con tres oficiales y más de un centenar de
soldados.8 Asimismo, cada regimiento debía contar con su Guardia de Prevención
y cada batería o compañía con su detall.9 La Guardia de Prevención debía llevar
cuatro libros, el de novedades y castigos, el de correspondencia, el de
existencias, y el de recorridos del oficial de servicio o semana.10
Sus jefes, que eran oficiales superiores, tanto el de la
guarnición Napoleón Uriburu como el del regimiento de artillería Julio Ruiz
Moreno --que frisaban en los cuarenta años largos-- otrora unidos contra el
Paraguay y la Rebelión de López Jordán en Entre Ríos, estaban políticamente
enfrentados desde la revolución de 1874, pues Uriburu había tomado partido por
Mitre en la batalla de La Verde; y Ruiz Moreno había cerrado filas con Roca, en
la batalla de Santa Rosa contra el mitrista General Arredondo. Pero en esta
nueva coyuntura, no los unía el amor sino el espanto a un enemigo común, la
naciente Unión Cívica Radical. Esta era la cruda realidad que padecían los
cuerpos de oficiales de la mayoría de los regimientos del país, que habiendo
sido afectados por las fisuras políticas del pasado, ya fuere la rebelión de
Mitre en 1874 o la de Tejedor en el 80, ahora se veían forzados a cerrar filas
contra la amenaza de la insurrección. De ahora en más, una nueva y honda fisura
se había abierto en el seno de la oficialidad, y esta era la Revolución del 90
y sus persistentes secuelas producidas en 1891, 1892, 1893, 1904 y 1905.
El jefe del regimiento, Coronel Julio Ruiz Moreno, no se
destacaba por la rigidez disciplinaria, y se había ausentado en comisión a
Buenos Aires a mediados de septiembre de 1891.11 Su viaje destinado a procurar
pertrechos para la nueva unidad lo realizó conjuntamente con su soldado
asistente Francisco Toranzo y el Jefe de Escuadrón Capitán José M. Abogadro
(12-46-A), quedando al mando de la misma su segundo Jefe el Tte. Cnel. Federico
López (5-5-A). Este último oficial --que en oportunidad de los sucesos de Julio
del 90, estando de licencia en Córdoba, contribuyó a la represión organizando
la Guardia Nacional, tarea para la cual había sido comisionado por el
Gobernador José E. Garzón-- se caracterizaba, a juzgar por las referencias que
dio su hermano mayor al solicitarle una beca en el Colegio Militar, por ser
alto, ágil y fornido; y por las constancias registradas en el Libro de Ordenes
del Colegio Militar se destacaba por haber ejercido como Cabo 1º abuso de
autoridad que llegó a provocar “…resistencias y actos de insubordinación”.12
Por ser egresado del Colegio Militar en 1878, y haber oficiado como profesor en
1886, López no podía ignorar lo que venía sucediendo en dicho Colegio desde la
década del 70, y por ese motivo desconfiaba del nuevo cuerpo de oficiales
subalternos.13 López se caracterizaba por el celo que ponía en sus funciones y
por el rigor y la disciplina que pretendía imponer en una tropa y una
oficialidad subalterna convulsionada por los violentos y sangrientos hechos que
les había tocado vivir en Buenos Aires.14
En esa difícil tarea de imponer rígidos códigos disciplinarios,
López descubrió en una de las baterías del escuadrón bajo el mando del Cap.
Abogadro un conato sedicioso, o lo que despectivamente se conocía como la
antesala de una chirinada.15 Este hallazgo comenzó la noche del 24 de
septiembre, cuando el soldado Roque Roldán puso en conocimiento de dicho Jefe
que el soldado Julián Bargas (asistente del Cap. Abogadro) lo había invitado a
participar en la sublevación del Regimiento “…diciendo que ya habían muchos
comprometidos y que lo ponía en su conocimiento afín de que lo evitara”.16
Entre los suboficiales y soldados conjurados en el supuesto comité
revolucionario de soldados y clases he podido detectar en estas actuaciones al
menos a ocho (8) de ellos, que pertenecían a la primera y segunda compañía del mismo
escuadrón y eran el ex cabo Felipe Miranda, y los soldados enganchados o
voluntarios Julián Bargas, Francisco Toranzo, Ramón Plaza, Roque Roldán, José
Collanti, José Moreira y Lucio Ledesma, todos los cuales habrían también
participado el año anterior, en Buenos Aires, en el mencionado cantón de
Viamonte y Talcahuano, bajo el mando del Capitán Manuel Roldán, muerto en la
metralla; y probablemente habrían tenido el privilegio de escuchar las arengas
de Leandro Alem.
Por el contrario, entre el cuerpo de oficiales jefes, el
Capitán Abogadro se destacaba por haber participado activamente en la represión
de los sublevados en el Parque de Artillería (1890), al extremo que el entonces
Teniente Félix Adalid le escribe el 29 de julio de 1890 al Jefe de los Cantones
oficialistas del cruce de Cerrito y Tucumán, Coronel Juan G. Díaz, recomendando
al entonces Teniente del Batallón de Ingenieros José M. Abogadro y al Cap. Juan
F. Genoud, porque “…han coadyuvado eficazmente al buen éxito obtenido”.17 Su
descollante actuación represiva le valió el ascenso a Capitán.18 Pero la salud
no era su fuerte, pues para 1994 se le manifestó la sífilis.19 También el
Alférez José M. Muñóz, integrante del Consejo de Guerra verbal, al pedir
clemencia en 1897 por un castigo que venía padeciendo, recuerda que su persona
había sido “…de los primeros en presentarse a la Plaza de la Libertad donde se
hallaban las fuerzas leales mandadas por el Gral. Levalle”.20
I-b.- Pesquisa e Interrogatorios Policiales
Desentrañar la madeja de un supuesto comité revolucionario
no era algo sencillo para un oficial del arma de artillería, sin experiencia en
inteligencia militar, pues los códigos conspirativos más elementales dictaban
que sus miembros no debían nunca mostrarse juntos, y que tampoco debían todos
conocerse entre sí.
Con el fin de averiguar lo que había de cierto en la
delatoria denuncia producida el 24 de septiembre por un soldado llamado Roque
Roldán, el Tte. Cnel. Federico López citó al soldado Julián Bargas para
formularle una serie de preguntas, pero dieron resultados infructuosos.21 Como
López se apercibió que el citado Bargas “…lo había visto conversando en la
puerta de calle con el soldado Roldán”, concibió una original estratagema
ordenando que el referido Roldán “…pasara preso a la Guardia y que en el Libro
de Presos se le pusiera la nota de ´por delator´”.22 Esta estratagema la adoptó
“…a fin de que el soldado Bargas creyera que [él] no había hecho caso de la
denuncia pudiendo así seguirles la pista y tomar infraganti delito a los
presuntos sediciosos”.23 Desde el mismo día que López tuvo noticias de este
conato de sublevación se puso en campaña “…a fin de constatar de una manera
positiva quienes eran los autores y cuales sus cómplices, tomando al mismo
tiempo toda clase de medidas y con todo sigilo afín de reprimir el movimiento
sedicioso si repentinamente estallaba”.24
Cuatro días después, a la media noche del 28 de septiembre,
en el mayor de los sigilos y sin el concurso del cuerpo de jóvenes oficiales
subalternos (del cual su Jefe desconfiaba por haberlos conocido en su breve
transcurso como profesor del Colegio Militar en 1886), el Tte. Cnel. López se
presentó a recorrer el cuartel, y al entrar en él “…recibió parte del Sargento
Primero distinguido Arditto Machiavello (egresado de la Escuela de Cabos y
Sargentos), que desempeñaba las funciones de Oficial de Guardia (por hallarse
preso todos los oficiales del cuerpo)”.25 Momentos antes, el soldado Francisco
Toranzo, que se había reincorporado al Regimiento a su propio pedido (luego de
haber estado el mes anterior en Buenos Aires de asistente del Jefe del
Regimiento Ruiz Moreno), había invitado al Sargento Carabajal, que se hallaba
de servicio en la Guardia de Prevención, a sublevarla “…manifestándole al mismo
tiempo que había muchos soldados comprometidos”.26
De resultas de ello, el Sargento Machiavello detuvo al
referido Toranzo y lo puso en el calabozo incomunicado. Más luego, al obligarlo
a comparecer ante el Tte. Cnel. López e interrogarlo --vaya a saber con qué
métodos-- confesó “…su plan de sublevar el Regimiento esa noche dándole al
mismo tiempo los nombres de los cabecillas, que lo eran el ex cabo Felipe
Miranda, el soldado Ramón Plaza y José Collanti siendo el más comprometido el
soldado Julián Bargas”.27 Es preciso tener en consideración que estos soldados
no eran conscriptos sino veteranos, enganchados o voluntarios, siendo muchos de
ellos rescatados de las cárceles de provincia, de su condición de condenados o
procesados por delitos comunes.28 Para Bloch (2003), los que aparentan más
bravura suelen ser los que menos resisten la derrota, y Toranzo parecía honrar
dicho adagio.29 Acto continuo López se fue a la segunda compañía a la que
pertenecían los tres primeros cabecillas “…haciéndolos levantar de sus camas y
sacándolos sólo fuera del cuartel les intimó revólver en mano le dijeran la
verdad, a lo que no se rehusaron manifestando su complicidad en el conato de
sedición y confesando que los autores principales eran los soldados Francisco
Toranzo y Julián Bargas”.30
En vista de la confesión de Toranzo, López ordenó al
Sargento Machiavello “…formara la Guardia y la condujera al paraje donde él se
encontraba con los cuatro presuntos sediciosos (Plaza, Collanti, Moreira,
Ledesma)”.31 El documento no nos revela de que paraje se trata, pero debemos
presumir se refiere a la sede de la segunda compañía. Ante la presencia de la
Guardia, el Tte. Cnel. López “…se puso al frente de ella y al arengarla [con
fuerte voz de mando] respondieron con un viva de adhesión”.32 En seguida López
procedió a efectuar una razzia o redada en la oscuridad nocturna arrestando a
todos los complicados identificados, y a asegurar así “…la tranquilidad en el
interior del cuartel colocando en cada cuadra dos [sargentos] distinguidos de
centinelas con la orden expresa de defender su puesto a sangre y fuego”.33
I-c.- Consejo Verbal de Guerra.
Asegurada así la quietud de la unidad militar, el Tte. Cnel.
López requirió entonces la presencia del Jefe de las fuerzas de la Guarnición y
Gobernador del Territorio Nacional de Formosa, General de Brigada Napoleón
Uriburu, “…a fin de que tomara la intervención que para estos casos prescriben
las ordenanzas [de Carlos III]”.34 “Tomar intervención” significaba que López
derivaba hacia arriba la responsabilidad del trámite que se habría de seguir.
Debe tenerse en cuenta que en ese tiempo regía en materia militar sólo la Ley
de Ascensos (1882).35 Si bien aún no estaba en vigencia ni la Ley 3190 de 1894
(redactada por los Tenientes Coroneles Ricardo Day y Augusto Maligne), ni el
Código Bustillo (antecedente inmediato del Código de Justicia Militar), y aún
prevalecían las Ordenanzas de Carlos III, desde 1852 y siempre y cuando no
estuviere en vigencia la Ley Marcial, regía en todo el territorio, incluidos
los denominados Territorios Nacionales, las garantías especificadas en la
Constitución Nacional.36
A continuación Uriburu se presentó de improviso en el
Cuartel. Este General fue cuando jóven, según lo describe Paul Groussac, de
“exterioridad fanfarronesca”, aunque había sido Guerrero del Paraguay,
Expedicionario del Desierto, Jefe de la Frontera de Salta, y Revolucionario en
Julio del 90. Por su participación en esta última conflagración cívico-militar,
debido a su filiación Mitrista, fue dado de baja; y más luego amnistiado,
reincorporado y destinado a Formosa a mediados de abril de 1991.37 Uriburu
había encabezado sendas expediciones exploradoras en 1870 y 1872, y había
residido en este asiento de frontera, en la primera mitad de la década del 70,
como Secretario del Cap. Luis Fontana y luego como Gobernador. A renglón
seguido, y recordando que para septiembre ya se había firmado el Acuerdo
Roca-Mitre, Uriburu --que competía en la región chaqueña con el General Antonio
Dónovan a quien le fue ordenado intervenir en Corrientes con motivo de la
sublevación del Batallón provincial en Julio de 1891-- asumió “…una actitud
verdaderamente enérgica”, y con la fe propia de un converso imprimió al trámite
la condición de juicio sumarísimo y dispuso --de acuerdo con las leyes militares--
la “…celebración de un Consejo de Guerra verbal”.38
Este particular Consejo de Guerra, a diferencia de los
Consejos de Guerra ordinarios y permanentes, era un Consejo especial o de
Comando y por tanto extraordinario y ad hoc, sin actas ni testimonios escritos,
de una duración máxima de 24 o 48 horas, y se formaba luego de que existía una
denuncia oficial o por órdenes de los jefes de las Fuerzas Armadas, para juzgar
a los uniformados sindicados de haber cometido traición a la patria,
conspiración, sedición o rebelión.
Dicho Consejo de Guerra se constituyó en la Mayoría del
Regimiento con la presidencia del oficial jefe Tte. Cnel. Federico López
(5-5-A), de 36 años de edad, y se sortearon como Vocales --para que entendieran
y fallaran en la causa-- a los oficiales subalternos del cuerpo (que actuaron
del lado leal en los sucesos de Julio de 1890), todos más de diez años menores
que él: el porteño José M. Muñóz; el tucumano Elías Paz (12-31-A), de 24 años;
el correntino Antonio Tassi (16-37-I), de 22 años; el entrerriano Neriz F.
Redruello (16-51-A), de 23 años; y el cordobés Demetrio Márquez (16-43-I), de
26 años; y el más jóven de todos ellos Alberto Perón (16-45-A), de 20 años,
quién extrañamente fallece en 1996 en Villa Nueva (actual Villa María) cuando
sólo contaba con 25 años de edad.39 Todos estos oficiales tuvieron a su cargo
el juzgamiento de tres de los soldados incriminados, el núcleo duro del comité
revolucionario, compuesto por los soldados Bargas, Toranzo y Moreira. Salvo
Muñóz, todos los otros miembros del Consejo eran egresados del Colegio Militar.
De estos últimos, el Teniente 1º. Paz pertenecía a la Promoción 12ª, que egresó
en 1886, y por tanto conocía las andanzas del Teniente César Cerri,
perteneciente a la 10ª Promoción, o la conducta del Teniente Juan Comas,
perteneciente a la 16ª Promoción. A esta última Promoción pertenecía el resto
de la oficialidad del Regimiento, la cual egresó en 1990.40
II.-Liderazgo Sedicioso
II-a.- Características Personales del Liderazgo Sedicioso
Extrañamente el sumario declara que Bargas se encontraba
detenido fuera del cuartel en lo que vendría a ser una suerte de cárcel
secreta. Esto probablemente ocurrió para evitar que estuviere en contacto con
los otros soldados detenidos, por estar los calabozos comunicados entre sí. Se
dispuso así, que una comisión especial fuera en busca del imputado como
cabecilla, soldado Julián Bargas, “…la que lo trajo cerca de las doce
meridiano”.41 Bargas seguramente contaba con una personalidad inusual para su
escaso rango militar, y habría estado dotado de un notorio carisma con el cual
haber podido liderar una conspiración en un lugar tan recóndito y en
condiciones tan adversas.
Al ser interrogado por el Tte. Cnel. Federico López, acerca
de quién lo convenció de sublevar el cuerpo, Bargas contestó en presencia del
Sargento primero distinguido Don Alberto Cáceres, también egresado de la
Escuela de Cabos y Sargentos, que lo “…había hecho inducido por el Capitán
Abogadro”, pero que más tarde “…al llamársele para que declarase negó esta
aseveración”.42 Pero al cabo de seis días de capilla (una experiencia por
cierto más dura y fatal que las trincheras del Parque o del Paraguay) --en
estricta incomunicación y aislamiento-- un lapso suficiente para que se le
borrara cualesquier rastro de golpiza, el tres de Octubre a mediodía, el primer
testigo López declara que “…al ir al banquillo para ser fusilado”, Bargas
“…pidió permiso para hablar”.43 Al serle concedido este último ruego, y
dirigiéndose desde el patíbulo al Regimiento que se hallaba formado en cuadro,
probablemente con los ojos vendados y con grillos en muñecas y pies, Bargas
ratificó en voz alta que “…el capitán José M. Abogadro era quien lo había
inducido a sublevar el cuerpo”.44 El tercer testigo, el Sargento Distinguido
Eleodoro Quiroga, otro egresado de la Escuela de Cabos y Sargentos, declaró que
apenas lo pudo escuchar, pues lo hizo susurrando y “…con voz entrecortada”.45
II-b.- Comité Revolucionario de Soldados
La Junta revolucionaria local se hallaba liderado por
quienes se desempeñaban como soldados asistentes (Toranzo y Bargas), tanto del
Jefe del Regimiento Coronel Ruiz Moreno como del Jefe del Escuadrón Capitán
Abogadro. Se elegía como asistentes por lo general a aquellos soldados más
afines y de mayor confianza.
La condición de asistente, amén de tener que hacer los
mandados a la esposa del oficial, debía cebar mate, oficiar de cochero y
lustrar las botas de su Jefe lo cual le brindaba al nominado el privilegio de
no hacer guardia, y no tener que estar subordinado a los jefes de compañía.
Esto les permitía en el espacio intermedio entre el domicilio del oficial, el
detall del escuadrón, la cantina del regimiento y la guardia de prevención
operar como bisagras con el resto de los soldados y suboficiales conspiradores.
En las bailantas y prostíbulos los días de franco, los soldados asistentes
llevaban como primicia lo que los oficiales comentaban de sus lecturas en los
periódicos.46 En ese sentido, ningún episodio público acontecido en el país o
fuera de él habría pasado desapercibido. Ni el golpe de estado en Brasil de
noviembre de 1889 que derrocó al Emperador Don Pedro II, ni el aniversario de
la Revolución del 26 de Julio en Buenos Aires, ni el suicidio del Presidente
José Manuel Balmaceda en la Legación Argentina en Santiago de Chile ocurrido el
18 de septiembre de 1891, ni la sublevaciones policiales y militares
acontecidas en Córdoba, Catamarca, Santiago del Estero y Corrientes, y la
muerte en este último lugar de sus jefes y oficiales, podían haber sido ajenas
en las ruedas materas.
Pero cabe señalar, por lo que surge del postrer expediente,
que el soldado Julián Bargas, cabecilla del comité revolucionario de soldados,
no delató a ninguno de los otros soldados implicados en la conspiración, ni al
Sargento Carabajal ni al ex Cabo Miranda implicados en el complot, ni tampoco
al Alférez Muñóz, quien tenía en común con Bargas el haber sido al inicio de su
carrera soldado distinguido, sino a un capitán del cual había sido asistente,
que provenía del Colegio Militar, había actuado con las fuerzas represoras en
la Revolución del Parque y que al momento del descubrimiento del conato
sedicioso se hallaba ausente en Buenos Aires, el Cap. José M. Abogadro.47 Como
en el interrogatorio el soldado Bargas calló, se ignora si existieron otros
soldados conjurados que se hubieren librado de las delaciones de los soldados
traidores, quebrados por los tormentos, Roldán, Toranzo y Moreira.
Seguramente, Bargas supo en esos desolados días que el
proceso verbal (lectura del sumario, plenario, acusación y defensa) no deja
testimonio escrito, y por eso apeló a una denuncia equívoca o falsa para lograr
que en última instancia se abriera un sumario post-mortem. También habría
pensado que denunciando en público sólo a un oficial, al existir entre ellos
una atmósfera de sospecha se dividirían y se verían obligados a substanciar un
sumario escrito, y que por tener que intervenir un fiscal y estar obligados a
indagar testigos podría ganar tiempo y postergar sine die lo inevitable. En
cuanto a la verosimilitud de la denuncia producida en articulo de muerte, el
Tte. Cnel. López “…no la creyó cierta por tener la mejor opinión formada del
referido Capitán y considerándole materialmente incapaz de entrar en consorcio
con la tropa para llevar a cabo un acto sedicioso”.48
III.- Confesión in Articulo Mortis
De lo que surge de las actuaciones administrativas, el
soldado Bargas había declarado ante la Asamblea de Jefes, oficiales y sargentos
distinguidos y del Consejo de Guerra verbal, que se celebró en el Cuartel del
Regimiento en la madrugada del día 29 de septiembre para oír y juzgar primero
al soldado Francisco Toranzo, que “…no sabía nada de la sublevación”.49 Pero
cinco días antes, el 24 de septiembre, ya le había revelado al segundo jefe del
cuerpo Federico López “…que había sido inducido a sublevarlo por el Capitán
Abogadro”.50 ¿Que paso en estos cinco días para que el soldado Bargas
revirtiera sus declaraciones previas?
Sin embargo, la declaración hecha el 3 de octubre, momentos
antes de ser ejecutado, la había oído el segundo testigo sargento distinguido
Alberto Cáceres y es la misma declaración que hicieron ante el Fiscal Mayor
Carlos Carpi, tanto el Tte. Cnel López como el Teniente Elías Paz, confesión
que había repetido in articulo mortis “…delante de todo el Regimiento formado y
que debe haber sido oída por todos los Señores oficiales, clases y soldados del
mismo”.51 También el cuarto testigo Alférez de la Primera Batería del Primer
Escuadrón Neriz F. Redruello declaró ante el Fiscal Carpi el 16 de octubre que
lo confesado por el soldado Bargas, en articulo de muerte, fue mas o menos lo
siguiente: “…que estándole sevando mate en el cuarto de Banderas, a dicho
Capitán [Abogadro], éste lo había visto para que invitara a los soldados de su
compañía para el movimiento sedicioso que debió estallar en la noche del 28 del
mes ppdo.”.52 De cuanto le había manifestado, Abogadro le pidió “…guardara
silencio hacia el General y Comandante, y que el declarante ignora haya
manifestado lo contrario delante de nadie”.53 El Gral. Uriburu concluía
rápidamente, conocedor como pocos del arte de conspirar (se había sublevado en
Salta contra el Gobernador Francisco J. Ortiz y en la Revolución del Parque
contra el Presidente Juárez Celman), que lo que muy probablemente “había de
verdad en estas acusaciones”, es que una vez sorprendido en su conspiración, el
soldado Bargas, preso del temor por lo que podría sobrevenir, había querido
“…descargar una parte de su responsabilidad acusando a un superior”.54
A pesar de estar suspendido, el Consejo de Guerra verbal que
debía juzgar al tercer soldado José Moreira --desertor y complicado en el
delito de sedición—se había resuelto por unanimidad el 29 de septiembre llamar
a su seno al Jefe de las fuerzas de la Guarnición con el objeto de oír su
opinión, para lo cual se le había extendido la nota de estilo. Pocos momentos
después del llamado, el General Napoleón Uriburu acudió al salón de la Mayoría,
y luego de oír al Tte. Cnel. López y al Teniente 1º Paz “…resolvió que lo
actuado por el Consejo le fuese elevado para su resolución suspendiendo así el
Consejo”.55
El proceso fue interrumpido adrede por razones que no quedan
claras. Como se verá más luego en el juicio de instrucción substanciado con
motivo de la acusación in articulo mortis que pesaba sobre el Capitán Abogadro,
se daba en el cuartel --según lo expresado por el Teniente Tassi y el Tte Cnel.
López-- una extrema familiaridad entre oficialidad y tropa, así como “…habrían
criticado con violencia la conducta del superior ante individuos de tropa”.56
Entre cuáles oficiales y cuáles soldados se daba dicha familiaridad y de que
tipo de familiaridad y crítica violenta se trataba no es posible determinarlo.
Sin embargo, se debe presumir que dicha acusación se refería esencialmente a
las relaciones entre la oficialidad y una tropa enganchada y veterana, muy
diferente a la tropa conscripta que se dio posteriormente; y específicamente se
refería a la relación entre oficial y soldado asistente. Pero puede suponerse
también, como lo sostuvo Bloch (2003), que cuando la superposición de autoridades
es excesiva la responsabilidad se diluye.57 Dentro de ese tipo de relaciones
podrían entrar tanto el Capitán Abogadro y su asistente Bargas, como el Coronel
Ruiz Moreno y su asistente Toranzo.
Sin embargo, los tenientes, que debían ser jefes de compañía
o batería, no tenían el privilegio de designar soldados asistentes. El Teniente
Tassi era el menos sospechoso de todos ellos por haber sido el más crítico al
extremo de ser luego cambiado de destino, conjuntamente con su compadre el
Teniente Márquez. Redruello también había sido muy crítico pues manifestó creer
que “…la causa que haya motivado el conato de sedición era la falta de
disciplina que en el cuerpo existía”.58 En conclusión, por descarte, sólo queda
pensar en el trío de los oficiales subalternos Muñóz, Paz y Perón, quienes
permanecieron en el regimiento y aparentemente se hallaban enfrentados con el
dúo formado por los tenientes Tassi y Márquez.
Lo cierto es que para reforzar el espíritu de cuerpo, evitar
seguir hurgando en el conflicto y que se abriera una Caja de Pandora que le
quemara las manos, pudiera comprometer el prestigio de la Guarnición y generar
entonces un clima de deliberación, una corriente de simpatía hacia el procesado
y una eventual rebelión de la tropa, semejantes a las ocurridas en Córdoba,
Catamarca, Santiago del Estero y Corrientes apenas unos meses atrás; el tres de
Octubre, por decisión del Jefe de la guarnición General Uriburu, y sin más
trámite procesal, se ejecutó al soldado Bargas con todo el ceremonial militar del
caso. Se ignora si en dicho ajusticiamiento existió el derecho a ser asistido
por un capellán castrense que le prestara los últimos auxilios (extremaunción),
y si quedó registrada su acta de defunción en los libros de alguna parroquia o
cementerio. También se ignora si Uriburu comunicó su sentencia al Ministro de
Guerra Levalle, y éste al Presidente Pellegrini, para que --como en el célebre
caso del Cabo Paz acontecido en 1935 (Carreras, 1974)-- pudiera existir la
oportunidad de un indulto.59
Más luego, en el mismo día, el Tte. Cnel. Federico López
presidió otro Consejo de Guerra verbal esta vez contra el soldado José Moreira
“…que por declaraciones aparecía como uno de los cabecillas del conato de
sublevación y que había desertado en la madrugada del día 29 de septiembre”.60
Pero como al prestar su deposición el primer testigo soldado Lucio Ledesma
apareciese con mayor grado de culpabilidad que el presunto reo José Moreira, el
Tte. Cnel. López hizo presente esta situación a los Vocales del Consejo de Guerra
que “…en vista de esta circunstancia se hacia necesario la presencia del Jefe
de las fuerzas de la Guarnición a fin de que resolviese la dificultad del
caso”.61
IV.- Secuelas psicológicas y comunicacionales del Consejo de Guerra
IV-a.- Autocensura y Escamoteo de la Opinión Pública
El conato de sedición y el fusilamiento, cuya posible
repercusión en Buenos Aires tanto lo tuvo preocupado al Comandante Federico
López, según nos lo informa el Cap. Abogadro, no alcanzó a trascender a la
opinión pública del país.62 Ninguno de los grandes diarios de la época levantó
la noticia, lo cual era concebible en el diario La Nación (propiedad del ex
presidente Mitre), porqué en Junio de 1991 acababa de firmarse el Acuerdo
Roca-Mitre, y ya no regía el estado de sitio.63 Pero por tratarse del drama de
un simple soldado --en medio de una república aristocrática pero acusada de
oligárquica—tampoco ninguno de los otros diarios habría demostrado interés por
levantar la noticia.64 Por cierto, muy otra hubiera sido la recepción del hecho
de haberse tratado de un oficial, como fue al año siguiente el sonado caso de
los oficiales de la Corbeta Rosales, hundida en el Río de la Plata con toda la
marinería a bordo, y comandada por el Capitán Pedro Funes, sobrino político del
ex Presidente Julio A. Roca.65
Sin embargo, a pesar de tratarse de un mero soldado, es
inconcebible que el Jefe de la Guarnición de Formosa Gral. Napoleón Uriburu no
haya comunicado semejante novedad por vía telegráfica al Ministro de Guerra
Gral. Levalle, ni que éste no se la haya elevado al Presidente de la República
Dr. Carlos Pellegrini y no haya ordenado publicarla en el Boletín Oficial del
Estado Mayor General del Ejército. Si ese último fue el caso, y la cruel
novedad fue eventualmente publicada en dicho Boletín --que si bien hoy los
ejemplares de ese año son inhallables no pierdo la esperanza de encontrarlos--
no se comprende como la información no llegó a la redacción de los periódicos y
por consiguiente a ambas Cámaras del Congreso Nacional.
Por lo tanto, debemos concluir que el inclemente episodio no
alcanzó a publicarse en dicho Boletín Oficial –o lo fue pero en un Boletín
Reservado-- por cuanto no lo registran ni la Memoria del Ministerio de Guerra y
Marina, ni los Asuntos Entrados y los Pedidos de Informes de ambas Cámaras del
Congreso, ni el Senador Alem lo denunció en su discurso posterior al trágico
hecho, ocurrido el 20 de octubre de 1891.66 Es decir, podemos deducir que la no
publicación en el Boletín Oficial del Estado Mayor de un hecho de semejante
tenor debe haber obedecido a un acto de autocensura del propio Ministro de
Guerra y Marina General Levalle, a los efectos de encubrir el acto de Uriburu,
a quien por razones obvias no podía avalar públicamente ni tampoco destituir.
El impune escamoteo de dicha información al público y las
instituciones permitiría conjeturar que esta pena capital en juicio sumarísimo,
que debería caracterizarse como ejecución sumaria o extrajudicial, no fue la
única dictada en ese trágico tiempo.67 Y la autocensura acordada por el
Ministro de Guerra con el Presidente Carlos Pellegrini y el Ministro del
Interior General Julio A. Roca habría obedecido a la decisiva influencia que
estos últimos ejercían sobre el primero, seguramente por ser en el caso de
Pellegrini hijo de “gringos”, es decir paisano de origen (Italia).68 La
naturaleza lavada de dichos Boletines, que no informan sobre ningún tipo de
castigos, permite a su vez conjeturar que estaban dirigidos a desinformar a la
opinión pública. Cabe entonces argumentar que el cruento hecho político fue
sepultado en un olvido premeditado, quedando mutilado ex profeso de la memoria
colectiva por obra de las más altas esferas del gobierno nacional.
Sin embargo, a pesar de la autocensura oficial se hace
difícil pensar que la noticia no haya podido filtrarse al menos entre los
colonos de las chacras, los capataces y peones de los obrajes madereros del
Chaco, y las meretrices y madamas de los prostíbulos, dado que la ejecución fue
practicada frente al “Regimiento formado en cuadro”, lo cual significa casi un
millar de testigos cuya identidad debe haber quedado registrada en las Listas
de Revista de la época. Y pese a lo fracturado que estaba el Ejército y lo
arrinconados que estaban los oficiales revolucionarios ¿no estaban dichos
oficiales enterados de la existencia de juicios sumarísimos? Y si lo estaban
¿porque no atinaron a transmitirla a la conducción partidaria para que Alem la
denunciara en su discurso senatorial del 20 de octubre de 1891? ¿Acaso, la
condición de soldado, que detentó la víctima, le restaba relevancia política al
episodio?
La pena de muerte y los tormentos eran entonces un
ingrediente asiduo para repeler las deserciones o la cobardía y la traición en
el campo de batalla pero no para reprimir fríamente eventuales e hipotéticos
motines o sediciones de naturaleza política. En la guerra al Indígena en el
Desierto, el Comandante Manuel Prado, el Coronel José S. Daza y La Vanguardia
nos revelan conmovedores fusilamientos por casos de deserción y el General
Ignacio H. Fotheringham nos confiesa la existencia en los cuarteles de crueles
tormentos.69 Cuando la Revolución del 90, también se propaló la existencia de
fusilamientos en el campo de batalla, pero que en el caso del Cap. Eloy
Brignardello, no se lograron corroborar.70 Pero, salvado este último caso, lo
que hace de lo ocurrido en el Chaco Central (Formosa) extremamente singular, es
que hacía tiempo que no se aplicaba la pena capital por causas de orden
político y fuera del campo de batalla. Probablemente, la impunidad de este caso
se haya difundido entre los cuadros de oficiales, pues treinta años después, en
1921, el Coronel Héctor Varela repitió en ocasión de las huelgas rurales acontecidas
en los Territorios Nacionales de la Patagonia procedimientos sumarísimos
semejantes, lo cual fue holgadamente investigado y divulgado por José María
Borrero y Osvaldo Bayer y hasta cinematográficamente representados.
IV-b.- Derivaciones Psicológicas
Lo cierto es también, que salvo el Capitán José M. Abogadro,
cuyo legajo personal no fue ni expurgado ni desglosado, lo cual hablaría bien
de él, los otros miembros del Consejo de Guerra verbal fueron víctimas del
síndrome del verdugo, pues a pesar de haberse contradicho y enfrentado
mutuamente, como luego se observará, ocultaron sistemáticamente los hechos y
guardaron un silencio mortal. Del ex cabo y de los soldados que lo denunciaron
al soldado Bargas nada he podido averiguar hasta el momento. Y del propio
Bargas, se desconoce su lugar de origen, quienes fueron sus padres, si tenía
hermanos y/o prometida, si tenía estudios, y si ingresó al ejército como
soldado raso, de leva enganchada o voluntaria, y en este último caso si era o
no soldado distinguido.
En ese entonces, por regir aún las Ordenanzas de Carlos III,
se daba el título de "don" a todos los oficiales y sargentos, y a los
hijos de soldados, se les calificaba aptos para recibir el título de
"distinguido" y para postular a la plaza de "Cadete".71
Para sentar plaza como "soldado distinguido", la cual era una
institución propia del antiguo régimen colonial habsburgo y de su estructura
estamental, era necesario entonces haber nacido en una familia “decente y
conocida”. Pero por su apellido y la indiferencia con que fue recepcionada su
victimización podemos presumir que su familia no pertenecía al estamento
“decente”, y que por el contrario era un criollo, probablemente del interior, y
como tal no era blanco ni rubio, sino trigueño, mestizo o mulato. Demás está
decir que se ignora donde fue enterrado y cual fue su tumba, y que ninguna
calle o plaza del país recuerda su nombre.
Las secuelas que produce el terrorismo de estado difieren
según la edad, el lugar de origen, la adscripción política-religiosa, la
extracción social, y la posición económica. Entre los miembros de las fuerzas
armadas, estas secuelas deben variar acorde con la jerarquía militar y la
responsabilidad alcanzada. Entre las expresiones del sufrimiento provocado por
el trauma psicológico se dan el susto, la tristeza, la depresión, el duelo
alterado, el mutismo, la desconfianza, la inhibición e indefensión, y las
enfermedades somáticas y psicosomáticas (insomnio, palpitaciones, asma,
hipertensión arterial, cefaleas, tortícolis, náuseas, dolores de cabeza y de
estómago, etc.). También se dan otras expresiones del sufrimiento como las
pesadillas, la apatía, el alcoholismo, el suicidio, y los sentimientos de
cólera y soledad.72
V.- Debido Proceso.
V-a.- Omisión del Derecho de Defensa
De las constancias escritas que se han podido rescatar, no
se desprende que en el juicio sumarísimo del soldado Julián Bargas se haya
cumplido con el debido proceso, pues aparentemente no hubo etapa de instrucción
ni fue confrontado o careado con los soldados acusados que lo delataron
(Roldán, Toranzo), ni con el Cap. Abogadro imputado de instigador, en ese
momento ausente en Buenos Aires.73 Tampoco se puede saber si tuvo acceso a un
oficial auditor que hiciera de defensor, designado de oficio, que interpusiera
un Habeas Corpus; y si en efecto se le dio la oportunidad de la defensa, como
la tuvieron los criminales de la Mazorca (Cuitiño, Badía, Alem [padre],
Troncoso, Parra, Santa Coloma) en tiempos del Estado de Buenos Aires (1857),
defendidos por el célebre letrado y político Marcelino Ugarte; o como los
oficiales de la hundida Corbeta Rosales (1892), defendidos por Enrique
Victorica, hijo del Ministro de Guerra Benjamín Victorica.
Por no ser entonces provincias, en los Territorios
Nacionales del Chaco, Formosa, La Pampa y Misiones y en los cinco Territorios
de la Patagonia (Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Río Negro, Neuquén)
--como en la Colonia Penitenciaria que describe Kafka, o la más moderna Base de
Guantánamo (USA)-- no existían poderes judiciales independientes ni división de
poder alguna, ni legislaturas o guardias provinciales que equilibraran el poder
militar del Ejército, ni existían periodistas como José María Borrero (Santa
Cruz en 1919) que pudieran formular observaciones críticas que comprometieran
los actos de sus todopoderosos Comandantes de Guarnición.
Por otro lado, en esa época, cuando aún no regía ni el
Código Penal Militar (1894) ni el Código Bustillo (1898), los juzgados
militares se regían por el Compendio de Colón de Larreategui (1788-89),
reeditado por López de la Cuesta (1858).74 Pero si bien los miembros de las
Fuerzas Armadas estaban sujetos a la Constitución Nacional también estaban
protegidos por un fuero especial. Ese fuero especial era el que emana del
decreto real del 9 de febrero de 1793, que establecía el Fuero Militar o fuero
de guerra en los ejércitos de España y ultramar, consistente en el juzgamiento
por tribunales castrenses de los militares en servicio activo, por delitos
conexos con el servicio militar, es decir excepcionalmente exentos de la
jurisdicción ordinaria.75
V-b.- Justicia Penal Militar.
Las actuaciones administrativas de rigor en la Justicia de
Instrucción Militar se iniciaron cuatro días después de la ejecución del
soldado Bargas, el 7 de octubre, al elevar el 2º Jefe del Regimiento Federico
López al Jefe Coronel Ruiz Moreno un Parte de la situación donde le informaba
de la denuncia producida in articulo mortis por el ajusticiado Bargas contra el
Cap. José M. Abogadro.
Dado que el referido oficial Abogadro “…no ha dado paso
alguno para vindicar su inocencia”, López creía de su deber llevar la cuestión
a su Jefe para que “…dicte las providencias convenientes”.76 El mismo día, el
Jefe del Regimiento Ruiz Moreno elevó el Parte correspondiente con copia a su
vez del Parte del Tte. Cnel. López al Jefe de la Guarnición Gral. Uriburu. Y
una semana más tarde, el Gral. Uriburu nombró como Fiscal para la averiguación
de los cargos efectuados contra el Cap. Abogadro al Jefe del Detall Fiscal
Mayor Carlos Carpi, encargado de la instrucción del sumario, y Carpi nombró
como su Secretario al Jefe de la Primera Batería del Cuarto Escuadrón del mismo
Regimiento, Alférez José Miguel Mujica.
Ante Carpi y Mujica declararon el acusado Cap. Abogadro, el
Jefe de la Guarnición Uriburu y cinco testigos: el 2º Jefe Tte. Cnel. López,
los Sargentos 1º Distinguidos Alberto Cáceres y Eleodoro Quiroga, el Alférez
Neriz F. Redruello y el Teniente 1º Elías Paz. Extrañamente, ni Antonio Tassi,
ni Demetrio Márquez ni José M. Muñóz, que integraron el Consejo de Guerra
verbal, fueron citados como testigos. El primer testigo en declarar fue el Tte.
Cnel. López, quien se ratificó del Parte que en su oportunidad elevara. A
renglón seguido se produjo la indagatoria del acusado y arrestado Cap. José M.
Abogadro, de 23 años de edad, quien negó todos los cargos por ser
“completamente falsos” y manifestó que la acusación del soldado Bargas “…no
hera mas que una impostura por salvarse del castigo”.77
VI.- Causales de la Asonada
VI-a.- Causales Políticas
A fin de inquirir la verdad de los móviles que pudieron
haber impulsado a los soldados a cometer el acto sedicioso del 28 de
septiembre, y dado que el Teniente 1º Elías Paz había manifestado no recordar
por haber estado en aquella ocasión con una cefalea (“malo de la cabeza”), y
estando presentes en el Consejo de Guerra Verbal el Tte. Cnel. Federico López
como presidente del cónclave, y a su derecha sentados en cónclave los vocales
que en él actuaban, por estricto orden de antigüedad, previa la venia del Gral.
Uriburu, López pidió “…al Consejo (compuesto de los oficiales del cuerpo) que
del seno de ellos nombrasen uno que haciéndose intérprete de la opinión de
todos manifestase lisa y llanamente las causas que en conciencia creyeran
habían dado margen al conato de sedición”.78
No encontrándose para ello inconveniente alguno --y por
votación nominal-- se nombró al Teniente 2o Antonio Tassi (tenía una jerarquía
menor a la de Paz, pero poseía el orden de mérito más alto), seguramente por
ser el más locuaz y el que se encontraba en esa tenebrosa ocasión más entero,
quien en su nombre y en el de los oficiales compañeros manifestó “…que juzgaba
que la sublevación era debida a que el cuerpo está formado de soldados
revolucionarios; que en Buenos Aires daban vivas a la Unión Cívica dentro del
Cuartel”.79
Preguntado el Tte. Cnel. López si creía que “…sean estas las
causas que han dado margen al conato de sedición que debió estallar el 28 del
mes ppdo. en el Regimiento de su accidental mando dijo que la manifestación del
Teniente Tassi en representación de sus compañeros lo convence, pero que se va
a permitir agregar una confidencia que le hizo el Cap. José M. Abogadro”.80 En
efecto, el 30 de septiembre López le preguntó al Cap. Abogadro, quien
recientemente había regresado de Buenos Aires, si conocía las causas que podían
haber dado margen al conato de sedición a lo que el Capitán contestó con la
siguiente significativa afirmación: “…Sr. esto no me ha tomado de sorpresa pues
este cuerpo ha estado por sublevarse en Buenos Aires y en Resistencia [Chaco
Austral]”.81 A
renglón seguido, Abogadro declaró que “…fundaba su creencia por lo que había
leído en los periódicos las dos veces que cita [Buenos Aires y Resistencia]”, y
que lo dice para “…tranquilizar el ánimo del Comandante [López] quien muy
afligido le había interrogado que se diría de lo acontecido en Buenos Aires”.82
Pero Abogadro, sospechando lo inevitable, añadía a su vez en aras de salvar la
vida de quien fuera su asistente y ahora su acusador, que “…jamás el cuerpo
había intentado sublevarse y que no tiene conocimiento se haya levantado”.83 Y
el cuarto testigo Alférez Neriz F. Redruello también había manifestado que
creía que “…la causa que haya motivado el conato de sedición era la falta de
disciplina que en el cuerpo existía, por haber pertenecido muchos de los
soldados que forman parte del Regimiento a la última revolución”.84 Lo extraño
del caso es que ningúno de los oficiales consultados haya sugerido la posible
influencia de lo acontecido en Córdoba, Catamarca, Santiago del Estero y
Corrientes unos meses atrás.85
Pero si esto fue verdad y se insiste en averiguar las
causas, es decir en creer que el conato sedicioso no fue un capricho individual
de Bargas ni obedeció a razones o causas propias de la población fronteriza y
obrajera de Formosa; y se concuerda además que Abogadro no fue el instigador
militar, tal como López y Uriburu convinieron, ¿porqué extraña razón no se
indagó acerca de los responsables civiles de la conspiración? Es decir, ¿porqué
no se buscó si existió o no el compromiso de algún político Liberal o Radical
de Resistencia, de Corrientes o de Buenos Aires que hubiere tenido contactos
con el soldado Bargas?
VI-b.- Indisciplina Castrense como Causal.
La lenidad disciplinaria tendría su origen en la academia
militar francesa, de raíz napoleónica, fuente inspiradora hasta ese entonces de
las academias chilena y argentina, aún no impregnadas por la doctrina Prusiana,
que como más luego veremos recién comienza su penetración a comienzos de la década
del 90.86
En nuestro caso paradigmático, incorporado en las
actuaciones de la justicia de instrucción militar, el cuarto testigo Alférez
Neriz F. Redruello había declarado el 16 de octubre que creía también recordar
como causal del conato de sedición la lenidad o indulgencia de los oficiales
para con la milicia, pues “…muchas veces al ser castigada la tropa por
oficiales eran estos puestos inmediatamente en libertad por los jefes” 87 A que Jefe se refiere no
queda claro. Pero es posible suponer que se refiere al Jefe del Regimiento
Coronel Julio Ruiz Moreno, cuyo asistente era el soldado Francisco Toranzo. Y
para abonar su interpretación puramente política del evento frustrado, el
acusado Cap. Abogadro negó que la causal del conato sedicioso se hubiera
originado en la injusta distribución del rancho, pues esa acusación la atribuía
a una “…maldad de los que la encabezaban por cuanto en esa época la
administración de los fondos y el racionamiento se hacía con toda equidad”.88
Asimismo, el Teniente 2º Antonio Tassi había declarado, en
un fuerte e inusual tono autocrítico, que los oficiales del cuerpo (que en esos
días estaban arrestados y sumariados y que se puede presumir se refería a los
alféreces Muñóz, Paz, Perón y Redruello) habían “...contribuido en mucho sin
darse cuenta a fomentar la sedición”.89 Según Tassi, esto ocurría debido a
“…sus murmuraciones imprudentes en presencia de la tropa y que recién se daba
cuenta de la gravedad de la falta que habían cometido y la justicia con que
habían sido castigados por desobedecer de acuerdo todos los oficiales las
órdenes del Jefe accidental del Regimiento [Federico López]”.90 Estas
sugestivas como reveladoras declaraciones del Teniente 2o Tassi, formuladas
ante el Consejo de Guerra verbal, pese a la gravedad de las imputaciones
inferidas de no guardar la debida distancia simbólica con los subalternos
soldados, no fue desaprobada por ninguno de los oficiales, lo que equivale
decir que le prestaron voluntaria o involuntariamente su asentimiento, cuando
aún no se sabía el desenlace que iba a tener el trágico acontecimiento.
Encontrábanse presentes en el evento el Jefe de las fuerzas de la guarnición,
el declarante Tte. Cnel. Díaz, el capitán Jose M. Abogadro, los oficiales
subalternos Tenientes Elías Paz y Antonio Tassi; y Alféreces Demetrio Márquez,
José M. Muñóz, Neriz F. Redruello y Alberto Perón.
En cuanto a lo manifestado específicamente por el Teniente
2º Tassi en nombre del Teniente 1º Elías Paz,91 acerca de lo que creía
“…pudiera haber influido en el espíritu de la tropa al conato de sedición
algunas conversaciones entre oficiales en caso que estos la hubieran tenido y
que oída por los asistentes [Bargas y Toranzo] hubiera repercutido en la
tropa”, el quinto testigo Teniente Paz aseguró --ya libre de la jaqueca o
cefalea que lo había atormentado durante las deliberaciones del Consejo de
Guerra-- al declarar ante el Fiscal Carpi el 16 de octubre, “…no haber oído
conversación imprudente jamás”.92 Si no se opuso cuando dicho Teniente 2º Tassi
habló de esa manera, lo fue “…porque como se lo había manifestado al señor
Presidente del Consejo anteriormente no se encontraba en condiciones…de darle
cuenta absolutamente de nada por lo que deja expuesto más arriba [estar malo de
la cabeza]”.93
En tanto, el propio Teniente 2º Tassi también declaró el 16
de octubre comprender recién la gravedad de la falta que habían cometido y de
“…la justicia del castigo recibido por desobedecer de acuerdo todos los
oficiales las órdenes del jefe accidental del cuerpo [López]”.94 Si hubiesen
tenido conocimiento y conciencia exacta de lo que pasaba, Tassi creía que “…no
habrían criticado con violencia la conducta del superior ante individuos de
tropa; pero que conociendo ya la gravedad de la situación estaban resueltos a
hacerse quebrar los huesos y quebrárselos a los que intentasen sublevarse”.95
Estas afirmaciones del Teniente 2º Tassi, que aludían a una supuesta crítica de
la conducta de un superior (de quien no se aclara la identidad pero que debemos
presumir se refiere al General Uriburu por su apoyo al Acuerdo Roca-Mitre), y a
una aparente promiscuidad o amiguismo entre oficiales y soldados asistentes
entabladas en ocasión de cebar mate (el Coronel Ruiz Moreno y su soldado
asistente Toranzo; y/o el Capitán Abogadro y su soldado asistente Bargas), y
denunciadas en oportunidad del Consejo de Guerra verbal “…fueron escuchadas por
todos y ninguno de los oficiales a cuyo nombre habló hizo observación ninguna
que manifestase disconformidad”.96
Pero en cuanto a la grave acusación que ventiló en el
Consejo de Guerra el Tte. Cnel. López, que todos los oficiales “…acostumbraban
criticar fuertemente los actos de sus superiores”, actitud que en el ámbito
militar se la califica como murmuración y es casi tan grave como el delito de
sedición que se le imputó al soldado Bargas, Uriburu concluía por no dar
crédito a las acusaciones ventiladas tanto por el Tte. Cnel. López como por el
Teniente 2º Tassi, y terminaron por exculpar y sobreseer a dichos oficiales,
pues argüía que “…no prueban nada especial y particularmente contra el Capitán
Abogadro”.97
Al día siguiente, 17 de octubre, el Fiscal Carpi, no
resultando cargo alguno contra el Cap. Abogadro y en vista de lo declarado por
el 2º Jefe del Regimiento Federico López, pide al Jefe del Regimiento Coronel
Ruiz Moreno que “…se sirva dictar las órdenes del caso para que el referido
Capitán sea puesto en completa libertad”.98 Y un mes después, en noviembre,
llegó la orden del Ministerio de Guerra, para que los Tenientes Tassi y Márquez
se trasladen a Catamarca.99
VI-c.- Venganza como Causal
En cuanto a otros motivos por los cuales el soldado Bargas
se propuso sublevarse, el segundo testigo Sargento Distinguido Alberto Cáceres
declaró que “…supone haya sido por alguna venganza o rencor”, y el tercer
testigo Sargento Distinguido Eleodoro Quiroga declaró que a Julián Bargas se le
“…han leído las leyes penales, pasado revista de comisario, hecho el servicio
de su clase, y prestado el juramento de fidelidad a la bandera”, y que “…la
conducta que observaba en ella hera regular y que los castigos que se le han
aplicado han sido plantones y calabozo por diferentes causas, habiendo sido el
último un plantón impuesto por el Cap. José M. Abogadro, Comandante de la
Batería, y que esto fue a consecuencia de un cargo que el referido soldado se
negó a pagar”.100 Asimismo, Quiroga declaró que el referido soldado “…padecía
del defecto de la murmuración por cuya causa ha recibido varios castigos”.101
VII.- Ejecución sumaria como Escarmiento
El Fiscal Mayor Carpi tomó declaración el 20 de octubre al
Jefe de la Guarnición General Napoleón Uriburu, tocándole a éste informar que
“…el soldado Julián Bargas del precitado Regimiento de Artillería que se halla
de guarnición en este punto, fue fusilado como a las once y media de la mañana
del día tres del actual, por haberse plenamente comprobado por medio de las
averiguaciones practicadas, que trató de sublevar el cuerpo y porque la
gravedad de las circunstancias imponían esa medida por mas que fuese dolorosa”.102
A que “gravedad de las circunstancias”, aludía Uriburu en
ese entonces. Por cierto no se refería a ninguna circunstancia local de la
frontera Chaqueña, sino a las circunstancias nacionales que se vivían en los
cuarteles de toda la república a partir de que se desencadenara la revolución
de julio de 1890, y seguramente a partir de la sublevación de julio de 1891 en
Corrientes.103 Sin un “castigo inmediato y ejemplar”, es decir un escarmiento,
en ese momento mismo, pero en cabeza de un chivo emisario o expiatorio, que
tuviera un efecto disuasorio sobre todos los cuadros del ejército, como se
estilaba en el Antiguo Régimen colonial español y en la era Rosista (cabezas
clavadas en picas a la entrada de los pueblos o en la plaza mayor), Uriburu alegó
que “…los males habrían sido cien veces mayores, pues la sublevación se habría
producido el día menos pensado y ya se puede suponer lo que entonces habría
sucedido”.104 Para la conservación y salvación del cuerpo y de estas apartadas
poblaciones, argumentaba Uriburu, “…fue necesario proceder sin perder un
instante en la forma y manera enérgica que se procedió”.105
Sin embargo, salta a la vista la existencia de una llamativa
contradicción en el seno del poder, cuando por un lado el Comandante Uriburu hacer
caer una culpa colectiva sobre alguien en particular, aunque fuere el eslabón
más débil de la cadena jerárquica, y lo ajusticia para escarmentar o disuadir,
y por otro lado el Poder Ejecutivo, mediante su Ministro de Guerra, oculta el
luctuoso suceso tanto a la opinión pública como al parlamento.
VIII.- Derivaciones personales y conclusiones.
Finalmente, un mes después, en Noviembre de 1891, y como
consecuencia de la crisis que sus extremadamente francas pero explosivas y
auto-inculpatorias declaraciones habían ocasionado en el seno del cuerpo de
oficiales del Regimiento, tanto el Teniente Tassi como su allegado el Alférez
Demetrio Márquez fueron trasladados a un Regimiento en Catamarca.106 Tassi
llegó a estar complicado en la Conspiración de Santa Catalina en 1892, luego
alcanzó el grado de Teniente Coronel, luego de haber sido premiado con igual
grado por el ejército Peruano, y más tarde cuando Coronel, fue designado
Subdirector del Colegio Militar.107 Tres años después, en 1907, fue sumariado y
procesado por haber incurrido en una supuesta falsa imputación contra un
superior, el General Saturnino E. García, falleciendo en 1938 a los setenta años de
edad.108
De los otros oficiales que sobrevivieron al soldado Julián
Bargas, Uriburu ejerció la gobernación de Formosa hasta 1894 y falleció en
Buenos Aires al año siguiente, en 1895. Ruiz Moreno, fue dado de baja a su
solicitud y debido a su estado de salud en abril de 1893, pasó a retiro en 1900
como General de Brigada y falleció en San Luis en 1914.109 López desplegó luego
sus andanzas en el monte chaqueño donde alcanzó el grado de Coronel, y se
retiró en 1911, falleciendo el mismo año a los 56 años de edad.110 Abogadro
llegó a Coronel y se retiró en 1924, pero sugestivamente no llegó a General
como sí fue el caso de su hermano menor Enrique. Elías Paz continuaba en el
mismo Regimiento de Artillería en 1893 y llegó al grado de Mayor, falleciendo
en 1905 a
los 38 años.111 José M. Muñóz llegó a Teniente 2º en 1894, pero fue dado de
baja por abandono de destacamento pasando seis meses de prisión en Santa
Cruz.112 Neriz F. Redruello, llegó a Mayor y falleció en 1924 a los 56 años.113 Y
Alberto Perón, llegó al grado de Teniente 1º, falleciendo en el servicio activo
en 1996 a
los 25 años, cuando su célebre sobrino tenía apenas un año de edad.114 Dada la
prolijidad con que el legajo del Teniente Perón fue expurgado cabe presumir que
existieron elementos comprometedores, que deben estar vinculados a su extraña
muerte prematura.115 Por último, el Regimiento fue trasladado en 1892 a Villa Nueva (actual
Villa María, Córdoba), y en su cuerpo de oficiales aún continuaba revistando el
Teniente Perón.116
De los primeros delatores soldados Francisco Toranzo y Roque
Roldán, y de los otros soldados complicados Ramón Plaza, José Collanti, José
Moreira y Lucio Ledesma, nada he podido saber hasta el presente, ni tampoco si
entre los conjurados existió alguno que continuara consecuente con el ideario
político que Bargas les legara. Lo cierto es que la cruel noticia debe haber
llegado a oídos de las vecinas colonias del norte santafecino, pues en los
atrios electorales se producen fusilamientos perpetrados por el ejército de
línea, y dos años después se convierte en el epicentro de la revolución de
1893, que fue a su vez la antesala de la Revolución de 1905, episodio en el
cual hicieron sus primeras armas quienes un cuarto de siglo más tarde habrían
de resistir militarmente el golpe de estado de 1930 (Pomar, Lezcano, Kennedy,
Bosch, etc.).
Notas
1. Herrera, 1930, 52; y La Nación, 3-IV-1892.
2. El Ejército en estos días (El Municipio-17-I-1892)
3. Sobre colonos, mensús y confinados, ver Viñas, 1982,
126-132.
4. Sobre la composición del cuerpo de oficiales del
Regimiento 1º de Artillería, ver Mendía, I, 19, 83 y 265. Esta singular obra
–que pude consultar merced a la generosidad del Prof. Joaquín Meabe y cuya
reedición es difícil entender como no se ha producido aún-- es en verdad una
original compilación de medio centenar de testimonios escritos por los
oficiales que acaudillaban los diferentes cantones, revolucionarios y contra-revolucionarios.
En el primer volumen declaran Anacleto Espíndola, Enrique S. Pérez, Leandro
Anaya, Torcuato Harbin, Pablo Rauch, Justo González Acha, Domingo A. Bravo,
Emilio Miliavaca, Mariano de la Riestra, Fernando Cabrera, Aurelio Figueroa y
Miguel E. Molina. En el segundo volumen declaran Eduardo O´Connor, Ricardo A.
Day, José García, Desiderio Rosas y Racedo, Martín E. Aguirre, Zacarías
Supisiche, S. Anaya, Donato Alvarez, Juan G. Díaz, Modesto Torres, Saturnino
Lara, Honorio Iturre, Félix Adalid, Ramón Aberastain y Oro, Miguel E. Molina,
Francisco Smith, Rodolfo Krakenstein, Jorge Reyes, Nicolás H. Palacios, Alejo
Belaúnde, Nicolás Palavecino, Odilón Stubane, Manuel de la Serna, Juan M.
Calaza, B. S. Cordero, Daniel de Solier, Miguel Malarín, Rodolfo Mon y José
Ignacio Garmendia.
5. Sobre Napoleón Uriburu, ver Siegrist de Gentile, 1997; y
Fernández Lalanne, 1998. Uriburu fue Comandante del XII Ejército de Línea,
desde 1869, año de su matrimonio con la hermana del ex-Gobernador José Benito
de la Bárcena. Era hijo del Coronel Evaristo de Uriburu y Hoyos, dueño de la
estancia Pampa, y de su prima María Josefa de Arenales y Hoyos. Casó en 1869
con Guillermina de la Bárcena y Mendizábal, y fue suegro del Coronel Pablo
Escalada Saavedra. En oportunidad de la Revolución del 90 tenía cuarenta años
largos, y era hermano del que luego fue Presidente de la República José
Evaristo Uriburu (1895-98); primo hermano del Gobernador de Formosa Coronel
José María Uriburu Arias (1895-99), del Gobernador de Salta Pío Uriburu Castro,
y del Senador Nacional Francisco Uriburu Patrón; y tío segundo del Dictador
José Félix Uriburu. Uriburu tenía en Salta en la década del 70 sublevados los
Departamentos de Orán y Rivadavia y "...sublevará más tarde los de Yruya y
Santa Victoria". (Francisco J. Ortiz a Victorino de la Plaza, Salta,
27-XII-1877 (AGN, Archivo Victorino de la Plaza, Correspondencia y Documentos
Particulares, 1877-78, Sala VII, 4-7-14, fs.354-355v.; y AGE, Leg.13.204).
Según refiere Cutolo en su Diccionario Histórico y también Siegrist de Gentile,
Uriburu se ensañó con las tribus Tobas y en defensa de los numerosos obrajes
madereros instalados en el Chaco, a los cuales proveía con mano de obra
indígena en condiciones de servidumbre. Este hombre funesto, a juicio del Gobernador
Autonomista de Salta Francisco J. Ortiz, se ha enseñoreado de nuestra frontera
"...y no deja administrar. Allí no se cumple ninguna
disposición administrativa ni se puede cobrar impuestos, ni hacer elecciones ni
nada, porque todo lo interrumpe y lo desbarata y persigue, y destierra a los
que son amigos del gobierno". (Francisco J. Ortiz a Victorino de la Plaza,
Salta, 27-XII-1877 (AGN, Archivo Victorino de la Plaza, Correspondencia y
Documentos Particulares, 1877-78, Sala VII, 4-7-14, fs.354-355v.). Durante la
Presidencia de Nicolás Avellaneda la acción del Coronel Napoleón Uriburu en
Salta obedeció a un plan gestado por el Presidente Avellaneda en pro de la
candidatura presidencial del Dr. Dardo Rocha (Torino y Figueroa de Freytas,
1982, 279).
6. Lamentablemente, las Resoluciones del Ministro de Guerra
Nicolás Levalle, por las cuales este Regimiento fue trasladado en sendas
oportunidades, no han podido ser corroboradas.
Fuente: Reproducción parcial del capítulo 10 de la Genealogía de la
Tragedia Argentina, que pertenece a su vez al tomo XV de la obra titulada Un
Debate Histórico Inconcluso en América Latina, http://www.er-saguier.org
No hay comentarios:
Publicar un comentario