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viernes, 26 de diciembre de 2014

Eduardo R. Saguier: "Fusilamientos de Radicales en Formosa" (1891)


Indice

Fusilamientos de Radicales en Formosa.

I.- Conato sedicioso en Formosa (1891)
I-a.- Antesalas del conato
I-b.- Pesquisa e interrogatorios policiales
I-c.- Consejo verbal de Guerra

II.-Liderazgo Sedicioso
II-a.- Características personales.
II-b.- Comité Revolucionario de Soldados.

III.- Confesión in Articulo Mortis.

IV.- Secuelas psicológicas y comunicacionales del Consejo de Guerra
IV-a.- Autocensura y escamoteo de la opinión pública
IV-b.- Derivaciones psicológicas

V.- Debido Proceso
V-a.- Omisión del derecho de defensa
V-b.- Justicia penal militar

VI.- Causales de la asonada
VI-a.- Causales políticas
VI-b.- Indisciplina castrense como causal
VI-c.- Venganza como causal.

VII.- Ejecución sumaria como escarmiento.

VIII.- Derivaciones personales y conclusiones.







I.- Conato Sedicioso en Formosa (1891)

I-a.- Antesalas del Conato

En el resto del país las réplicas de la Revolución del 90 persistían. En Saladas (Corrientes), se produce una represión de opositores y se genera lo que se conoce como La Masacre de Saladas (mueren Manuel Acuña, Castor Rodríguez, y Pedro S. Galarza).1 En el Rosario, en oportunidad de las elecciones convocadas en 1891, la custodia militar de los comicios produjo cruentos sucesos. Todo esto lejos de amedrentar a la tropa, “…la exasperan inoculando en ella el espíritu de resistencia y la sed de venganza”.2 Y en el Territorio Nacional de Formosa --al decir de Oszlak (2004) una suerte de estado intermedio-- asiento de una economía de enclave y de un capitalismo depredador, compuesto de obrajes madereros y punta de rieles, tenían su sede en una extensa línea de fortines diversos regimientos de caballería, que servían a esta sociedad de frontera de garantía contra los malones aborígenes. Esta frontera era considerada, por su inclemencia climática y las enfermedades que provocaba (paludismo), como un destino de castigo.3

En este contexto socio-económico y socio-cultural se produce un hecho que hasta hoy ha sido llamativamente ocultado por la prensa y por la historiografía respectiva. En efecto, a fines de septiembre de 1891, en el Regimiento 1º de Artillería, acampado en Formosa, se generó entre la tropa un conato de sedición, que sin alcanzar a consumar una rebelión fue duramente reprimido.4 Este Regimiento había sufrido --por su participación en la Revolución del Parque—su disolución por Orden General del 14 de agosto de 1890, y sendos traslados desde Buenos Aires, primero a Resistencia (Chaco Austral), donde estuvo bajo la jurisdicción del General Antonio Dónovan; y luego a Formosa (Chaco Central) bajo la autoridad del General Napoleón Uriburu.5

Dicho Regimiento había sido el que mas se había prodigado a los inicios de la Revolución del Parque (Buenos Aires), pues llegó a contar con cuatro piezas de artillería de marca Krupp, y su lucha de cuatro largos días se libró específicamente en el cantón o barricada de la esquina de Viamonte y Talcahuano.6 A partir de este estado de intensa crisis, por decreto del 12 de agosto de 1891 y sobre la base del Batallón de Zapadores y Pontoneros establecido en el Chaco Central (Formosa), el Ministro de Guerra General Nicolás Levalle recreó el disuelto y castigado Regimiento 1º de Artillería.7

Los regimientos de artillería debían tener tres escuadrones, y cada uno de ellos tres baterías. Cada batería, que es la unidad táctica por excelencia, debía a su vez contar con tres oficiales y más de un centenar de soldados.8 Asimismo, cada regimiento debía contar con su Guardia de Prevención y cada batería o compañía con su detall.9 La Guardia de Prevención debía llevar cuatro libros, el de novedades y castigos, el de correspondencia, el de existencias, y el de recorridos del oficial de servicio o semana.10

Sus jefes, que eran oficiales superiores, tanto el de la guarnición Napoleón Uriburu como el del regimiento de artillería Julio Ruiz Moreno --que frisaban en los cuarenta años largos-- otrora unidos contra el Paraguay y la Rebelión de López Jordán en Entre Ríos, estaban políticamente enfrentados desde la revolución de 1874, pues Uriburu había tomado partido por Mitre en la batalla de La Verde; y Ruiz Moreno había cerrado filas con Roca, en la batalla de Santa Rosa contra el mitrista General Arredondo. Pero en esta nueva coyuntura, no los unía el amor sino el espanto a un enemigo común, la naciente Unión Cívica Radical. Esta era la cruda realidad que padecían los cuerpos de oficiales de la mayoría de los regimientos del país, que habiendo sido afectados por las fisuras políticas del pasado, ya fuere la rebelión de Mitre en 1874 o la de Tejedor en el 80, ahora se veían forzados a cerrar filas contra la amenaza de la insurrección. De ahora en más, una nueva y honda fisura se había abierto en el seno de la oficialidad, y esta era la Revolución del 90 y sus persistentes secuelas producidas en 1891, 1892, 1893, 1904 y 1905.

El jefe del regimiento, Coronel Julio Ruiz Moreno, no se destacaba por la rigidez disciplinaria, y se había ausentado en comisión a Buenos Aires a mediados de septiembre de 1891.11 Su viaje destinado a procurar pertrechos para la nueva unidad lo realizó conjuntamente con su soldado asistente Francisco Toranzo y el Jefe de Escuadrón Capitán José M. Abogadro (12-46-A), quedando al mando de la misma su segundo Jefe el Tte. Cnel. Federico López (5-5-A). Este último oficial --que en oportunidad de los sucesos de Julio del 90, estando de licencia en Córdoba, contribuyó a la represión organizando la Guardia Nacional, tarea para la cual había sido comisionado por el Gobernador José E. Garzón-- se caracterizaba, a juzgar por las referencias que dio su hermano mayor al solicitarle una beca en el Colegio Militar, por ser alto, ágil y fornido; y por las constancias registradas en el Libro de Ordenes del Colegio Militar se destacaba por haber ejercido como Cabo 1º abuso de autoridad que llegó a provocar “…resistencias y actos de insubordinación”.12 Por ser egresado del Colegio Militar en 1878, y haber oficiado como profesor en 1886, López no podía ignorar lo que venía sucediendo en dicho Colegio desde la década del 70, y por ese motivo desconfiaba del nuevo cuerpo de oficiales subalternos.13 López se caracterizaba por el celo que ponía en sus funciones y por el rigor y la disciplina que pretendía imponer en una tropa y una oficialidad subalterna convulsionada por los violentos y sangrientos hechos que les había tocado vivir en Buenos Aires.14

En esa difícil tarea de imponer rígidos códigos disciplinarios, López descubrió en una de las baterías del escuadrón bajo el mando del Cap. Abogadro un conato sedicioso, o lo que despectivamente se conocía como la antesala de una chirinada.15 Este hallazgo comenzó la noche del 24 de septiembre, cuando el soldado Roque Roldán puso en conocimiento de dicho Jefe que el soldado Julián Bargas (asistente del Cap. Abogadro) lo había invitado a participar en la sublevación del Regimiento “…diciendo que ya habían muchos comprometidos y que lo ponía en su conocimiento afín de que lo evitara”.16 Entre los suboficiales y soldados conjurados en el supuesto comité revolucionario de soldados y clases he podido detectar en estas actuaciones al menos a ocho (8) de ellos, que pertenecían a la primera y segunda compañía del mismo escuadrón y eran el ex cabo Felipe Miranda, y los soldados enganchados o voluntarios Julián Bargas, Francisco Toranzo, Ramón Plaza, Roque Roldán, José Collanti, José Moreira y Lucio Ledesma, todos los cuales habrían también participado el año anterior, en Buenos Aires, en el mencionado cantón de Viamonte y Talcahuano, bajo el mando del Capitán Manuel Roldán, muerto en la metralla; y probablemente habrían tenido el privilegio de escuchar las arengas de Leandro Alem.

Por el contrario, entre el cuerpo de oficiales jefes, el Capitán Abogadro se destacaba por haber participado activamente en la represión de los sublevados en el Parque de Artillería (1890), al extremo que el entonces Teniente Félix Adalid le escribe el 29 de julio de 1890 al Jefe de los Cantones oficialistas del cruce de Cerrito y Tucumán, Coronel Juan G. Díaz, recomendando al entonces Teniente del Batallón de Ingenieros José M. Abogadro y al Cap. Juan F. Genoud, porque “…han coadyuvado eficazmente al buen éxito obtenido”.17 Su descollante actuación represiva le valió el ascenso a Capitán.18 Pero la salud no era su fuerte, pues para 1994 se le manifestó la sífilis.19 También el Alférez José M. Muñóz, integrante del Consejo de Guerra verbal, al pedir clemencia en 1897 por un castigo que venía padeciendo, recuerda que su persona había sido “…de los primeros en presentarse a la Plaza de la Libertad donde se hallaban las fuerzas leales mandadas por el Gral. Levalle”.20

I-b.- Pesquisa e Interrogatorios Policiales

Desentrañar la madeja de un supuesto comité revolucionario no era algo sencillo para un oficial del arma de artillería, sin experiencia en inteligencia militar, pues los códigos conspirativos más elementales dictaban que sus miembros no debían nunca mostrarse juntos, y que tampoco debían todos conocerse entre sí.

Con el fin de averiguar lo que había de cierto en la delatoria denuncia producida el 24 de septiembre por un soldado llamado Roque Roldán, el Tte. Cnel. Federico López citó al soldado Julián Bargas para formularle una serie de preguntas, pero dieron resultados infructuosos.21 Como López se apercibió que el citado Bargas “…lo había visto conversando en la puerta de calle con el soldado Roldán”, concibió una original estratagema ordenando que el referido Roldán “…pasara preso a la Guardia y que en el Libro de Presos se le pusiera la nota de ´por delator´”.22 Esta estratagema la adoptó “…a fin de que el soldado Bargas creyera que [él] no había hecho caso de la denuncia pudiendo así seguirles la pista y tomar infraganti delito a los presuntos sediciosos”.23 Desde el mismo día que López tuvo noticias de este conato de sublevación se puso en campaña “…a fin de constatar de una manera positiva quienes eran los autores y cuales sus cómplices, tomando al mismo tiempo toda clase de medidas y con todo sigilo afín de reprimir el movimiento sedicioso si repentinamente estallaba”.24

Cuatro días después, a la media noche del 28 de septiembre, en el mayor de los sigilos y sin el concurso del cuerpo de jóvenes oficiales subalternos (del cual su Jefe desconfiaba por haberlos conocido en su breve transcurso como profesor del Colegio Militar en 1886), el Tte. Cnel. López se presentó a recorrer el cuartel, y al entrar en él “…recibió parte del Sargento Primero distinguido Arditto Machiavello (egresado de la Escuela de Cabos y Sargentos), que desempeñaba las funciones de Oficial de Guardia (por hallarse preso todos los oficiales del cuerpo)”.25 Momentos antes, el soldado Francisco Toranzo, que se había reincorporado al Regimiento a su propio pedido (luego de haber estado el mes anterior en Buenos Aires de asistente del Jefe del Regimiento Ruiz Moreno), había invitado al Sargento Carabajal, que se hallaba de servicio en la Guardia de Prevención, a sublevarla “…manifestándole al mismo tiempo que había muchos soldados comprometidos”.26

De resultas de ello, el Sargento Machiavello detuvo al referido Toranzo y lo puso en el calabozo incomunicado. Más luego, al obligarlo a comparecer ante el Tte. Cnel. López e interrogarlo --vaya a saber con qué métodos-- confesó “…su plan de sublevar el Regimiento esa noche dándole al mismo tiempo los nombres de los cabecillas, que lo eran el ex cabo Felipe Miranda, el soldado Ramón Plaza y José Collanti siendo el más comprometido el soldado Julián Bargas”.27 Es preciso tener en consideración que estos soldados no eran conscriptos sino veteranos, enganchados o voluntarios, siendo muchos de ellos rescatados de las cárceles de provincia, de su condición de condenados o procesados por delitos comunes.28 Para Bloch (2003), los que aparentan más bravura suelen ser los que menos resisten la derrota, y Toranzo parecía honrar dicho adagio.29 Acto continuo López se fue a la segunda compañía a la que pertenecían los tres primeros cabecillas “…haciéndolos levantar de sus camas y sacándolos sólo fuera del cuartel les intimó revólver en mano le dijeran la verdad, a lo que no se rehusaron manifestando su complicidad en el conato de sedición y confesando que los autores principales eran los soldados Francisco Toranzo y Julián Bargas”.30

En vista de la confesión de Toranzo, López ordenó al Sargento Machiavello “…formara la Guardia y la condujera al paraje donde él se encontraba con los cuatro presuntos sediciosos (Plaza, Collanti, Moreira, Ledesma)”.31 El documento no nos revela de que paraje se trata, pero debemos presumir se refiere a la sede de la segunda compañía. Ante la presencia de la Guardia, el Tte. Cnel. López “…se puso al frente de ella y al arengarla [con fuerte voz de mando] respondieron con un viva de adhesión”.32 En seguida López procedió a efectuar una razzia o redada en la oscuridad nocturna arrestando a todos los complicados identificados, y a asegurar así “…la tranquilidad en el interior del cuartel colocando en cada cuadra dos [sargentos] distinguidos de centinelas con la orden expresa de defender su puesto a sangre y fuego”.33

I-c.- Consejo Verbal de Guerra.

Asegurada así la quietud de la unidad militar, el Tte. Cnel. López requirió entonces la presencia del Jefe de las fuerzas de la Guarnición y Gobernador del Territorio Nacional de Formosa, General de Brigada Napoleón Uriburu, “…a fin de que tomara la intervención que para estos casos prescriben las ordenanzas [de Carlos III]”.34 “Tomar intervención” significaba que López derivaba hacia arriba la responsabilidad del trámite que se habría de seguir. Debe tenerse en cuenta que en ese tiempo regía en materia militar sólo la Ley de Ascensos (1882).35 Si bien aún no estaba en vigencia ni la Ley 3190 de 1894 (redactada por los Tenientes Coroneles Ricardo Day y Augusto Maligne), ni el Código Bustillo (antecedente inmediato del Código de Justicia Militar), y aún prevalecían las Ordenanzas de Carlos III, desde 1852 y siempre y cuando no estuviere en vigencia la Ley Marcial, regía en todo el territorio, incluidos los denominados Territorios Nacionales, las garantías especificadas en la Constitución Nacional.36

A continuación Uriburu se presentó de improviso en el Cuartel. Este General fue cuando jóven, según lo describe Paul Groussac, de “exterioridad fanfarronesca”, aunque había sido Guerrero del Paraguay, Expedicionario del Desierto, Jefe de la Frontera de Salta, y Revolucionario en Julio del 90. Por su participación en esta última conflagración cívico-militar, debido a su filiación Mitrista, fue dado de baja; y más luego amnistiado, reincorporado y destinado a Formosa a mediados de abril de 1991.37 Uriburu había encabezado sendas expediciones exploradoras en 1870 y 1872, y había residido en este asiento de frontera, en la primera mitad de la década del 70, como Secretario del Cap. Luis Fontana y luego como Gobernador. A renglón seguido, y recordando que para septiembre ya se había firmado el Acuerdo Roca-Mitre, Uriburu --que competía en la región chaqueña con el General Antonio Dónovan a quien le fue ordenado intervenir en Corrientes con motivo de la sublevación del Batallón provincial en Julio de 1891-- asumió “…una actitud verdaderamente enérgica”, y con la fe propia de un converso imprimió al trámite la condición de juicio sumarísimo y dispuso --de acuerdo con las leyes militares-- la “…celebración de un Consejo de Guerra verbal”.38

Este particular Consejo de Guerra, a diferencia de los Consejos de Guerra ordinarios y permanentes, era un Consejo especial o de Comando y por tanto extraordinario y ad hoc, sin actas ni testimonios escritos, de una duración máxima de 24 o 48 horas, y se formaba luego de que existía una denuncia oficial o por órdenes de los jefes de las Fuerzas Armadas, para juzgar a los uniformados sindicados de haber cometido traición a la patria, conspiración, sedición o rebelión.

Dicho Consejo de Guerra se constituyó en la Mayoría del Regimiento con la presidencia del oficial jefe Tte. Cnel. Federico López (5-5-A), de 36 años de edad, y se sortearon como Vocales --para que entendieran y fallaran en la causa-- a los oficiales subalternos del cuerpo (que actuaron del lado leal en los sucesos de Julio de 1890), todos más de diez años menores que él: el porteño José M. Muñóz; el tucumano Elías Paz (12-31-A), de 24 años; el correntino Antonio Tassi (16-37-I), de 22 años; el entrerriano Neriz F. Redruello (16-51-A), de 23 años; y el cordobés Demetrio Márquez (16-43-I), de 26 años; y el más jóven de todos ellos Alberto Perón (16-45-A), de 20 años, quién extrañamente fallece en 1996 en Villa Nueva (actual Villa María) cuando sólo contaba con 25 años de edad.39 Todos estos oficiales tuvieron a su cargo el juzgamiento de tres de los soldados incriminados, el núcleo duro del comité revolucionario, compuesto por los soldados Bargas, Toranzo y Moreira. Salvo Muñóz, todos los otros miembros del Consejo eran egresados del Colegio Militar. De estos últimos, el Teniente 1º. Paz pertenecía a la Promoción 12ª, que egresó en 1886, y por tanto conocía las andanzas del Teniente César Cerri, perteneciente a la 10ª Promoción, o la conducta del Teniente Juan Comas, perteneciente a la 16ª Promoción. A esta última Promoción pertenecía el resto de la oficialidad del Regimiento, la cual egresó en 1990.40

II.-Liderazgo Sedicioso

II-a.- Características Personales del Liderazgo Sedicioso

Extrañamente el sumario declara que Bargas se encontraba detenido fuera del cuartel en lo que vendría a ser una suerte de cárcel secreta. Esto probablemente ocurrió para evitar que estuviere en contacto con los otros soldados detenidos, por estar los calabozos comunicados entre sí. Se dispuso así, que una comisión especial fuera en busca del imputado como cabecilla, soldado Julián Bargas, “…la que lo trajo cerca de las doce meridiano”.41 Bargas seguramente contaba con una personalidad inusual para su escaso rango militar, y habría estado dotado de un notorio carisma con el cual haber podido liderar una conspiración en un lugar tan recóndito y en condiciones tan adversas.

Al ser interrogado por el Tte. Cnel. Federico López, acerca de quién lo convenció de sublevar el cuerpo, Bargas contestó en presencia del Sargento primero distinguido Don Alberto Cáceres, también egresado de la Escuela de Cabos y Sargentos, que lo “…había hecho inducido por el Capitán Abogadro”, pero que más tarde “…al llamársele para que declarase negó esta aseveración”.42 Pero al cabo de seis días de capilla (una experiencia por cierto más dura y fatal que las trincheras del Parque o del Paraguay) --en estricta incomunicación y aislamiento-- un lapso suficiente para que se le borrara cualesquier rastro de golpiza, el tres de Octubre a mediodía, el primer testigo López declara que “…al ir al banquillo para ser fusilado”, Bargas “…pidió permiso para hablar”.43 Al serle concedido este último ruego, y dirigiéndose desde el patíbulo al Regimiento que se hallaba formado en cuadro, probablemente con los ojos vendados y con grillos en muñecas y pies, Bargas ratificó en voz alta que “…el capitán José M. Abogadro era quien lo había inducido a sublevar el cuerpo”.44 El tercer testigo, el Sargento Distinguido Eleodoro Quiroga, otro egresado de la Escuela de Cabos y Sargentos, declaró que apenas lo pudo escuchar, pues lo hizo susurrando y “…con voz entrecortada”.45

II-b.- Comité Revolucionario de Soldados

La Junta revolucionaria local se hallaba liderado por quienes se desempeñaban como soldados asistentes (Toranzo y Bargas), tanto del Jefe del Regimiento Coronel Ruiz Moreno como del Jefe del Escuadrón Capitán Abogadro. Se elegía como asistentes por lo general a aquellos soldados más afines y de mayor confianza.

La condición de asistente, amén de tener que hacer los mandados a la esposa del oficial, debía cebar mate, oficiar de cochero y lustrar las botas de su Jefe lo cual le brindaba al nominado el privilegio de no hacer guardia, y no tener que estar subordinado a los jefes de compañía. Esto les permitía en el espacio intermedio entre el domicilio del oficial, el detall del escuadrón, la cantina del regimiento y la guardia de prevención operar como bisagras con el resto de los soldados y suboficiales conspiradores. En las bailantas y prostíbulos los días de franco, los soldados asistentes llevaban como primicia lo que los oficiales comentaban de sus lecturas en los periódicos.46 En ese sentido, ningún episodio público acontecido en el país o fuera de él habría pasado desapercibido. Ni el golpe de estado en Brasil de noviembre de 1889 que derrocó al Emperador Don Pedro II, ni el aniversario de la Revolución del 26 de Julio en Buenos Aires, ni el suicidio del Presidente José Manuel Balmaceda en la Legación Argentina en Santiago de Chile ocurrido el 18 de septiembre de 1891, ni la sublevaciones policiales y militares acontecidas en Córdoba, Catamarca, Santiago del Estero y Corrientes, y la muerte en este último lugar de sus jefes y oficiales, podían haber sido ajenas en las ruedas materas.

Pero cabe señalar, por lo que surge del postrer expediente, que el soldado Julián Bargas, cabecilla del comité revolucionario de soldados, no delató a ninguno de los otros soldados implicados en la conspiración, ni al Sargento Carabajal ni al ex Cabo Miranda implicados en el complot, ni tampoco al Alférez Muñóz, quien tenía en común con Bargas el haber sido al inicio de su carrera soldado distinguido, sino a un capitán del cual había sido asistente, que provenía del Colegio Militar, había actuado con las fuerzas represoras en la Revolución del Parque y que al momento del descubrimiento del conato sedicioso se hallaba ausente en Buenos Aires, el Cap. José M. Abogadro.47 Como en el interrogatorio el soldado Bargas calló, se ignora si existieron otros soldados conjurados que se hubieren librado de las delaciones de los soldados traidores, quebrados por los tormentos, Roldán, Toranzo y Moreira.

Seguramente, Bargas supo en esos desolados días que el proceso verbal (lectura del sumario, plenario, acusación y defensa) no deja testimonio escrito, y por eso apeló a una denuncia equívoca o falsa para lograr que en última instancia se abriera un sumario post-mortem. También habría pensado que denunciando en público sólo a un oficial, al existir entre ellos una atmósfera de sospecha se dividirían y se verían obligados a substanciar un sumario escrito, y que por tener que intervenir un fiscal y estar obligados a indagar testigos podría ganar tiempo y postergar sine die lo inevitable. En cuanto a la verosimilitud de la denuncia producida en articulo de muerte, el Tte. Cnel. López “…no la creyó cierta por tener la mejor opinión formada del referido Capitán y considerándole materialmente incapaz de entrar en consorcio con la tropa para llevar a cabo un acto sedicioso”.48

III.- Confesión in Articulo Mortis

De lo que surge de las actuaciones administrativas, el soldado Bargas había declarado ante la Asamblea de Jefes, oficiales y sargentos distinguidos y del Consejo de Guerra verbal, que se celebró en el Cuartel del Regimiento en la madrugada del día 29 de septiembre para oír y juzgar primero al soldado Francisco Toranzo, que “…no sabía nada de la sublevación”.49 Pero cinco días antes, el 24 de septiembre, ya le había revelado al segundo jefe del cuerpo Federico López “…que había sido inducido a sublevarlo por el Capitán Abogadro”.50 ¿Que paso en estos cinco días para que el soldado Bargas revirtiera sus declaraciones previas?

Sin embargo, la declaración hecha el 3 de octubre, momentos antes de ser ejecutado, la había oído el segundo testigo sargento distinguido Alberto Cáceres y es la misma declaración que hicieron ante el Fiscal Mayor Carlos Carpi, tanto el Tte. Cnel López como el Teniente Elías Paz, confesión que había repetido in articulo mortis “…delante de todo el Regimiento formado y que debe haber sido oída por todos los Señores oficiales, clases y soldados del mismo”.51 También el cuarto testigo Alférez de la Primera Batería del Primer Escuadrón Neriz F. Redruello declaró ante el Fiscal Carpi el 16 de octubre que lo confesado por el soldado Bargas, en articulo de muerte, fue mas o menos lo siguiente: “…que estándole sevando mate en el cuarto de Banderas, a dicho Capitán [Abogadro], éste lo había visto para que invitara a los soldados de su compañía para el movimiento sedicioso que debió estallar en la noche del 28 del mes ppdo.”.52 De cuanto le había manifestado, Abogadro le pidió “…guardara silencio hacia el General y Comandante, y que el declarante ignora haya manifestado lo contrario delante de nadie”.53 El Gral. Uriburu concluía rápidamente, conocedor como pocos del arte de conspirar (se había sublevado en Salta contra el Gobernador Francisco J. Ortiz y en la Revolución del Parque contra el Presidente Juárez Celman), que lo que muy probablemente “había de verdad en estas acusaciones”, es que una vez sorprendido en su conspiración, el soldado Bargas, preso del temor por lo que podría sobrevenir, había querido “…descargar una parte de su responsabilidad acusando a un superior”.54

A pesar de estar suspendido, el Consejo de Guerra verbal que debía juzgar al tercer soldado José Moreira --desertor y complicado en el delito de sedición—se había resuelto por unanimidad el 29 de septiembre llamar a su seno al Jefe de las fuerzas de la Guarnición con el objeto de oír su opinión, para lo cual se le había extendido la nota de estilo. Pocos momentos después del llamado, el General Napoleón Uriburu acudió al salón de la Mayoría, y luego de oír al Tte. Cnel. López y al Teniente 1º Paz “…resolvió que lo actuado por el Consejo le fuese elevado para su resolución suspendiendo así el Consejo”.55

El proceso fue interrumpido adrede por razones que no quedan claras. Como se verá más luego en el juicio de instrucción substanciado con motivo de la acusación in articulo mortis que pesaba sobre el Capitán Abogadro, se daba en el cuartel --según lo expresado por el Teniente Tassi y el Tte Cnel. López-- una extrema familiaridad entre oficialidad y tropa, así como “…habrían criticado con violencia la conducta del superior ante individuos de tropa”.56 Entre cuáles oficiales y cuáles soldados se daba dicha familiaridad y de que tipo de familiaridad y crítica violenta se trataba no es posible determinarlo. Sin embargo, se debe presumir que dicha acusación se refería esencialmente a las relaciones entre la oficialidad y una tropa enganchada y veterana, muy diferente a la tropa conscripta que se dio posteriormente; y específicamente se refería a la relación entre oficial y soldado asistente. Pero puede suponerse también, como lo sostuvo Bloch (2003), que cuando la superposición de autoridades es excesiva la responsabilidad se diluye.57 Dentro de ese tipo de relaciones podrían entrar tanto el Capitán Abogadro y su asistente Bargas, como el Coronel Ruiz Moreno y su asistente Toranzo.

Sin embargo, los tenientes, que debían ser jefes de compañía o batería, no tenían el privilegio de designar soldados asistentes. El Teniente Tassi era el menos sospechoso de todos ellos por haber sido el más crítico al extremo de ser luego cambiado de destino, conjuntamente con su compadre el Teniente Márquez. Redruello también había sido muy crítico pues manifestó creer que “…la causa que haya motivado el conato de sedición era la falta de disciplina que en el cuerpo existía”.58 En conclusión, por descarte, sólo queda pensar en el trío de los oficiales subalternos Muñóz, Paz y Perón, quienes permanecieron en el regimiento y aparentemente se hallaban enfrentados con el dúo formado por los tenientes Tassi y Márquez.

Lo cierto es que para reforzar el espíritu de cuerpo, evitar seguir hurgando en el conflicto y que se abriera una Caja de Pandora que le quemara las manos, pudiera comprometer el prestigio de la Guarnición y generar entonces un clima de deliberación, una corriente de simpatía hacia el procesado y una eventual rebelión de la tropa, semejantes a las ocurridas en Córdoba, Catamarca, Santiago del Estero y Corrientes apenas unos meses atrás; el tres de Octubre, por decisión del Jefe de la guarnición General Uriburu, y sin más trámite procesal, se ejecutó al soldado Bargas con todo el ceremonial militar del caso. Se ignora si en dicho ajusticiamiento existió el derecho a ser asistido por un capellán castrense que le prestara los últimos auxilios (extremaunción), y si quedó registrada su acta de defunción en los libros de alguna parroquia o cementerio. También se ignora si Uriburu comunicó su sentencia al Ministro de Guerra Levalle, y éste al Presidente Pellegrini, para que --como en el célebre caso del Cabo Paz acontecido en 1935 (Carreras, 1974)-- pudiera existir la oportunidad de un indulto.59

Más luego, en el mismo día, el Tte. Cnel. Federico López presidió otro Consejo de Guerra verbal esta vez contra el soldado José Moreira “…que por declaraciones aparecía como uno de los cabecillas del conato de sublevación y que había desertado en la madrugada del día 29 de septiembre”.60 Pero como al prestar su deposición el primer testigo soldado Lucio Ledesma apareciese con mayor grado de culpabilidad que el presunto reo José Moreira, el Tte. Cnel. López hizo presente esta situación a los Vocales del Consejo de Guerra que “…en vista de esta circunstancia se hacia necesario la presencia del Jefe de las fuerzas de la Guarnición a fin de que resolviese la dificultad del caso”.61

IV.- Secuelas psicológicas y comunicacionales del Consejo de Guerra

IV-a.- Autocensura y Escamoteo de la Opinión Pública

El conato de sedición y el fusilamiento, cuya posible repercusión en Buenos Aires tanto lo tuvo preocupado al Comandante Federico López, según nos lo informa el Cap. Abogadro, no alcanzó a trascender a la opinión pública del país.62 Ninguno de los grandes diarios de la época levantó la noticia, lo cual era concebible en el diario La Nación (propiedad del ex presidente Mitre), porqué en Junio de 1991 acababa de firmarse el Acuerdo Roca-Mitre, y ya no regía el estado de sitio.63 Pero por tratarse del drama de un simple soldado --en medio de una república aristocrática pero acusada de oligárquica—tampoco ninguno de los otros diarios habría demostrado interés por levantar la noticia.64 Por cierto, muy otra hubiera sido la recepción del hecho de haberse tratado de un oficial, como fue al año siguiente el sonado caso de los oficiales de la Corbeta Rosales, hundida en el Río de la Plata con toda la marinería a bordo, y comandada por el Capitán Pedro Funes, sobrino político del ex Presidente Julio A. Roca.65

Sin embargo, a pesar de tratarse de un mero soldado, es inconcebible que el Jefe de la Guarnición de Formosa Gral. Napoleón Uriburu no haya comunicado semejante novedad por vía telegráfica al Ministro de Guerra Gral. Levalle, ni que éste no se la haya elevado al Presidente de la República Dr. Carlos Pellegrini y no haya ordenado publicarla en el Boletín Oficial del Estado Mayor General del Ejército. Si ese último fue el caso, y la cruel novedad fue eventualmente publicada en dicho Boletín --que si bien hoy los ejemplares de ese año son inhallables no pierdo la esperanza de encontrarlos-- no se comprende como la información no llegó a la redacción de los periódicos y por consiguiente a ambas Cámaras del Congreso Nacional.

Por lo tanto, debemos concluir que el inclemente episodio no alcanzó a publicarse en dicho Boletín Oficial –o lo fue pero en un Boletín Reservado-- por cuanto no lo registran ni la Memoria del Ministerio de Guerra y Marina, ni los Asuntos Entrados y los Pedidos de Informes de ambas Cámaras del Congreso, ni el Senador Alem lo denunció en su discurso posterior al trágico hecho, ocurrido el 20 de octubre de 1891.66 Es decir, podemos deducir que la no publicación en el Boletín Oficial del Estado Mayor de un hecho de semejante tenor debe haber obedecido a un acto de autocensura del propio Ministro de Guerra y Marina General Levalle, a los efectos de encubrir el acto de Uriburu, a quien por razones obvias no podía avalar públicamente ni tampoco destituir.

El impune escamoteo de dicha información al público y las instituciones permitiría conjeturar que esta pena capital en juicio sumarísimo, que debería caracterizarse como ejecución sumaria o extrajudicial, no fue la única dictada en ese trágico tiempo.67 Y la autocensura acordada por el Ministro de Guerra con el Presidente Carlos Pellegrini y el Ministro del Interior General Julio A. Roca habría obedecido a la decisiva influencia que estos últimos ejercían sobre el primero, seguramente por ser en el caso de Pellegrini hijo de “gringos”, es decir paisano de origen (Italia).68 La naturaleza lavada de dichos Boletines, que no informan sobre ningún tipo de castigos, permite a su vez conjeturar que estaban dirigidos a desinformar a la opinión pública. Cabe entonces argumentar que el cruento hecho político fue sepultado en un olvido premeditado, quedando mutilado ex profeso de la memoria colectiva por obra de las más altas esferas del gobierno nacional.

Sin embargo, a pesar de la autocensura oficial se hace difícil pensar que la noticia no haya podido filtrarse al menos entre los colonos de las chacras, los capataces y peones de los obrajes madereros del Chaco, y las meretrices y madamas de los prostíbulos, dado que la ejecución fue practicada frente al “Regimiento formado en cuadro”, lo cual significa casi un millar de testigos cuya identidad debe haber quedado registrada en las Listas de Revista de la época. Y pese a lo fracturado que estaba el Ejército y lo arrinconados que estaban los oficiales revolucionarios ¿no estaban dichos oficiales enterados de la existencia de juicios sumarísimos? Y si lo estaban ¿porque no atinaron a transmitirla a la conducción partidaria para que Alem la denunciara en su discurso senatorial del 20 de octubre de 1891? ¿Acaso, la condición de soldado, que detentó la víctima, le restaba relevancia política al episodio?

La pena de muerte y los tormentos eran entonces un ingrediente asiduo para repeler las deserciones o la cobardía y la traición en el campo de batalla pero no para reprimir fríamente eventuales e hipotéticos motines o sediciones de naturaleza política. En la guerra al Indígena en el Desierto, el Comandante Manuel Prado, el Coronel José S. Daza y La Vanguardia nos revelan conmovedores fusilamientos por casos de deserción y el General Ignacio H. Fotheringham nos confiesa la existencia en los cuarteles de crueles tormentos.69 Cuando la Revolución del 90, también se propaló la existencia de fusilamientos en el campo de batalla, pero que en el caso del Cap. Eloy Brignardello, no se lograron corroborar.70 Pero, salvado este último caso, lo que hace de lo ocurrido en el Chaco Central (Formosa) extremamente singular, es que hacía tiempo que no se aplicaba la pena capital por causas de orden político y fuera del campo de batalla. Probablemente, la impunidad de este caso se haya difundido entre los cuadros de oficiales, pues treinta años después, en 1921, el Coronel Héctor Varela repitió en ocasión de las huelgas rurales acontecidas en los Territorios Nacionales de la Patagonia procedimientos sumarísimos semejantes, lo cual fue holgadamente investigado y divulgado por José María Borrero y Osvaldo Bayer y hasta cinematográficamente representados.

IV-b.- Derivaciones Psicológicas

Lo cierto es también, que salvo el Capitán José M. Abogadro, cuyo legajo personal no fue ni expurgado ni desglosado, lo cual hablaría bien de él, los otros miembros del Consejo de Guerra verbal fueron víctimas del síndrome del verdugo, pues a pesar de haberse contradicho y enfrentado mutuamente, como luego se observará, ocultaron sistemáticamente los hechos y guardaron un silencio mortal. Del ex cabo y de los soldados que lo denunciaron al soldado Bargas nada he podido averiguar hasta el momento. Y del propio Bargas, se desconoce su lugar de origen, quienes fueron sus padres, si tenía hermanos y/o prometida, si tenía estudios, y si ingresó al ejército como soldado raso, de leva enganchada o voluntaria, y en este último caso si era o no soldado distinguido.

En ese entonces, por regir aún las Ordenanzas de Carlos III, se daba el título de "don" a todos los oficiales y sargentos, y a los hijos de soldados, se les calificaba aptos para recibir el título de "distinguido" y para postular a la plaza de "Cadete".71 Para sentar plaza como "soldado distinguido", la cual era una institución propia del antiguo régimen colonial habsburgo y de su estructura estamental, era necesario entonces haber nacido en una familia “decente y conocida”. Pero por su apellido y la indiferencia con que fue recepcionada su victimización podemos presumir que su familia no pertenecía al estamento “decente”, y que por el contrario era un criollo, probablemente del interior, y como tal no era blanco ni rubio, sino trigueño, mestizo o mulato. Demás está decir que se ignora donde fue enterrado y cual fue su tumba, y que ninguna calle o plaza del país recuerda su nombre.

Las secuelas que produce el terrorismo de estado difieren según la edad, el lugar de origen, la adscripción política-religiosa, la extracción social, y la posición económica. Entre los miembros de las fuerzas armadas, estas secuelas deben variar acorde con la jerarquía militar y la responsabilidad alcanzada. Entre las expresiones del sufrimiento provocado por el trauma psicológico se dan el susto, la tristeza, la depresión, el duelo alterado, el mutismo, la desconfianza, la inhibición e indefensión, y las enfermedades somáticas y psicosomáticas (insomnio, palpitaciones, asma, hipertensión arterial, cefaleas, tortícolis, náuseas, dolores de cabeza y de estómago, etc.). También se dan otras expresiones del sufrimiento como las pesadillas, la apatía, el alcoholismo, el suicidio, y los sentimientos de cólera y soledad.72

V.- Debido Proceso.

V-a.- Omisión del Derecho de Defensa

De las constancias escritas que se han podido rescatar, no se desprende que en el juicio sumarísimo del soldado Julián Bargas se haya cumplido con el debido proceso, pues aparentemente no hubo etapa de instrucción ni fue confrontado o careado con los soldados acusados que lo delataron (Roldán, Toranzo), ni con el Cap. Abogadro imputado de instigador, en ese momento ausente en Buenos Aires.73 Tampoco se puede saber si tuvo acceso a un oficial auditor que hiciera de defensor, designado de oficio, que interpusiera un Habeas Corpus; y si en efecto se le dio la oportunidad de la defensa, como la tuvieron los criminales de la Mazorca (Cuitiño, Badía, Alem [padre], Troncoso, Parra, Santa Coloma) en tiempos del Estado de Buenos Aires (1857), defendidos por el célebre letrado y político Marcelino Ugarte; o como los oficiales de la hundida Corbeta Rosales (1892), defendidos por Enrique Victorica, hijo del Ministro de Guerra Benjamín Victorica.

Por no ser entonces provincias, en los Territorios Nacionales del Chaco, Formosa, La Pampa y Misiones y en los cinco Territorios de la Patagonia (Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Río Negro, Neuquén) --como en la Colonia Penitenciaria que describe Kafka, o la más moderna Base de Guantánamo (USA)-- no existían poderes judiciales independientes ni división de poder alguna, ni legislaturas o guardias provinciales que equilibraran el poder militar del Ejército, ni existían periodistas como José María Borrero (Santa Cruz en 1919) que pudieran formular observaciones críticas que comprometieran los actos de sus todopoderosos Comandantes de Guarnición.
Por otro lado, en esa época, cuando aún no regía ni el Código Penal Militar (1894) ni el Código Bustillo (1898), los juzgados militares se regían por el Compendio de Colón de Larreategui (1788-89), reeditado por López de la Cuesta (1858).74 Pero si bien los miembros de las Fuerzas Armadas estaban sujetos a la Constitución Nacional también estaban protegidos por un fuero especial. Ese fuero especial era el que emana del decreto real del 9 de febrero de 1793, que establecía el Fuero Militar o fuero de guerra en los ejércitos de España y ultramar, consistente en el juzgamiento por tribunales castrenses de los militares en servicio activo, por delitos conexos con el servicio militar, es decir excepcionalmente exentos de la jurisdicción ordinaria.75
V-b.- Justicia Penal Militar.
Las actuaciones administrativas de rigor en la Justicia de Instrucción Militar se iniciaron cuatro días después de la ejecución del soldado Bargas, el 7 de octubre, al elevar el 2º Jefe del Regimiento Federico López al Jefe Coronel Ruiz Moreno un Parte de la situación donde le informaba de la denuncia producida in articulo mortis por el ajusticiado Bargas contra el Cap. José M. Abogadro.
Dado que el referido oficial Abogadro “…no ha dado paso alguno para vindicar su inocencia”, López creía de su deber llevar la cuestión a su Jefe para que “…dicte las providencias convenientes”.76 El mismo día, el Jefe del Regimiento Ruiz Moreno elevó el Parte correspondiente con copia a su vez del Parte del Tte. Cnel. López al Jefe de la Guarnición Gral. Uriburu. Y una semana más tarde, el Gral. Uriburu nombró como Fiscal para la averiguación de los cargos efectuados contra el Cap. Abogadro al Jefe del Detall Fiscal Mayor Carlos Carpi, encargado de la instrucción del sumario, y Carpi nombró como su Secretario al Jefe de la Primera Batería del Cuarto Escuadrón del mismo Regimiento, Alférez José Miguel Mujica.

Ante Carpi y Mujica declararon el acusado Cap. Abogadro, el Jefe de la Guarnición Uriburu y cinco testigos: el 2º Jefe Tte. Cnel. López, los Sargentos 1º Distinguidos Alberto Cáceres y Eleodoro Quiroga, el Alférez Neriz F. Redruello y el Teniente 1º Elías Paz. Extrañamente, ni Antonio Tassi, ni Demetrio Márquez ni José M. Muñóz, que integraron el Consejo de Guerra verbal, fueron citados como testigos. El primer testigo en declarar fue el Tte. Cnel. López, quien se ratificó del Parte que en su oportunidad elevara. A renglón seguido se produjo la indagatoria del acusado y arrestado Cap. José M. Abogadro, de 23 años de edad, quien negó todos los cargos por ser “completamente falsos” y manifestó que la acusación del soldado Bargas “…no hera mas que una impostura por salvarse del castigo”.77

VI.- Causales de la Asonada

VI-a.- Causales Políticas

A fin de inquirir la verdad de los móviles que pudieron haber impulsado a los soldados a cometer el acto sedicioso del 28 de septiembre, y dado que el Teniente 1º Elías Paz había manifestado no recordar por haber estado en aquella ocasión con una cefalea (“malo de la cabeza”), y estando presentes en el Consejo de Guerra Verbal el Tte. Cnel. Federico López como presidente del cónclave, y a su derecha sentados en cónclave los vocales que en él actuaban, por estricto orden de antigüedad, previa la venia del Gral. Uriburu, López pidió “…al Consejo (compuesto de los oficiales del cuerpo) que del seno de ellos nombrasen uno que haciéndose intérprete de la opinión de todos manifestase lisa y llanamente las causas que en conciencia creyeran habían dado margen al conato de sedición”.78

No encontrándose para ello inconveniente alguno --y por votación nominal-- se nombró al Teniente 2o Antonio Tassi (tenía una jerarquía menor a la de Paz, pero poseía el orden de mérito más alto), seguramente por ser el más locuaz y el que se encontraba en esa tenebrosa ocasión más entero, quien en su nombre y en el de los oficiales compañeros manifestó “…que juzgaba que la sublevación era debida a que el cuerpo está formado de soldados revolucionarios; que en Buenos Aires daban vivas a la Unión Cívica dentro del Cuartel”.79

Preguntado el Tte. Cnel. López si creía que “…sean estas las causas que han dado margen al conato de sedición que debió estallar el 28 del mes ppdo. en el Regimiento de su accidental mando dijo que la manifestación del Teniente Tassi en representación de sus compañeros lo convence, pero que se va a permitir agregar una confidencia que le hizo el Cap. José M. Abogadro”.80 En efecto, el 30 de septiembre López le preguntó al Cap. Abogadro, quien recientemente había regresado de Buenos Aires, si conocía las causas que podían haber dado margen al conato de sedición a lo que el Capitán contestó con la siguiente significativa afirmación: “…Sr. esto no me ha tomado de sorpresa pues este cuerpo ha estado por sublevarse en Buenos Aires y en Resistencia [Chaco Austral]”.81 A renglón seguido, Abogadro declaró que “…fundaba su creencia por lo que había leído en los periódicos las dos veces que cita [Buenos Aires y Resistencia]”, y que lo dice para “…tranquilizar el ánimo del Comandante [López] quien muy afligido le había interrogado que se diría de lo acontecido en Buenos Aires”.82 Pero Abogadro, sospechando lo inevitable, añadía a su vez en aras de salvar la vida de quien fuera su asistente y ahora su acusador, que “…jamás el cuerpo había intentado sublevarse y que no tiene conocimiento se haya levantado”.83 Y el cuarto testigo Alférez Neriz F. Redruello también había manifestado que creía que “…la causa que haya motivado el conato de sedición era la falta de disciplina que en el cuerpo existía, por haber pertenecido muchos de los soldados que forman parte del Regimiento a la última revolución”.84 Lo extraño del caso es que ningúno de los oficiales consultados haya sugerido la posible influencia de lo acontecido en Córdoba, Catamarca, Santiago del Estero y Corrientes unos meses atrás.85

Pero si esto fue verdad y se insiste en averiguar las causas, es decir en creer que el conato sedicioso no fue un capricho individual de Bargas ni obedeció a razones o causas propias de la población fronteriza y obrajera de Formosa; y se concuerda además que Abogadro no fue el instigador militar, tal como López y Uriburu convinieron, ¿porqué extraña razón no se indagó acerca de los responsables civiles de la conspiración? Es decir, ¿porqué no se buscó si existió o no el compromiso de algún político Liberal o Radical de Resistencia, de Corrientes o de Buenos Aires que hubiere tenido contactos con el soldado Bargas?

VI-b.- Indisciplina Castrense como Causal.

La lenidad disciplinaria tendría su origen en la academia militar francesa, de raíz napoleónica, fuente inspiradora hasta ese entonces de las academias chilena y argentina, aún no impregnadas por la doctrina Prusiana, que como más luego veremos recién comienza su penetración a comienzos de la década del 90.86

En nuestro caso paradigmático, incorporado en las actuaciones de la justicia de instrucción militar, el cuarto testigo Alférez Neriz F. Redruello había declarado el 16 de octubre que creía también recordar como causal del conato de sedición la lenidad o indulgencia de los oficiales para con la milicia, pues “…muchas veces al ser castigada la tropa por oficiales eran estos puestos inmediatamente en libertad por los jefes” 87 A que Jefe se refiere no queda claro. Pero es posible suponer que se refiere al Jefe del Regimiento Coronel Julio Ruiz Moreno, cuyo asistente era el soldado Francisco Toranzo. Y para abonar su interpretación puramente política del evento frustrado, el acusado Cap. Abogadro negó que la causal del conato sedicioso se hubiera originado en la injusta distribución del rancho, pues esa acusación la atribuía a una “…maldad de los que la encabezaban por cuanto en esa época la administración de los fondos y el racionamiento se hacía con toda equidad”.88

Asimismo, el Teniente 2º Antonio Tassi había declarado, en un fuerte e inusual tono autocrítico, que los oficiales del cuerpo (que en esos días estaban arrestados y sumariados y que se puede presumir se refería a los alféreces Muñóz, Paz, Perón y Redruello) habían “...contribuido en mucho sin darse cuenta a fomentar la sedición”.89 Según Tassi, esto ocurría debido a “…sus murmuraciones imprudentes en presencia de la tropa y que recién se daba cuenta de la gravedad de la falta que habían cometido y la justicia con que habían sido castigados por desobedecer de acuerdo todos los oficiales las órdenes del Jefe accidental del Regimiento [Federico López]”.90 Estas sugestivas como reveladoras declaraciones del Teniente 2o Tassi, formuladas ante el Consejo de Guerra verbal, pese a la gravedad de las imputaciones inferidas de no guardar la debida distancia simbólica con los subalternos soldados, no fue desaprobada por ninguno de los oficiales, lo que equivale decir que le prestaron voluntaria o involuntariamente su asentimiento, cuando aún no se sabía el desenlace que iba a tener el trágico acontecimiento. Encontrábanse presentes en el evento el Jefe de las fuerzas de la guarnición, el declarante Tte. Cnel. Díaz, el capitán Jose M. Abogadro, los oficiales subalternos Tenientes Elías Paz y Antonio Tassi; y Alféreces Demetrio Márquez, José M. Muñóz, Neriz F. Redruello y Alberto Perón.

En cuanto a lo manifestado específicamente por el Teniente 2º Tassi en nombre del Teniente 1º Elías Paz,91 acerca de lo que creía “…pudiera haber influido en el espíritu de la tropa al conato de sedición algunas conversaciones entre oficiales en caso que estos la hubieran tenido y que oída por los asistentes [Bargas y Toranzo] hubiera repercutido en la tropa”, el quinto testigo Teniente Paz aseguró --ya libre de la jaqueca o cefalea que lo había atormentado durante las deliberaciones del Consejo de Guerra-- al declarar ante el Fiscal Carpi el 16 de octubre, “…no haber oído conversación imprudente jamás”.92 Si no se opuso cuando dicho Teniente 2º Tassi habló de esa manera, lo fue “…porque como se lo había manifestado al señor Presidente del Consejo anteriormente no se encontraba en condiciones…de darle cuenta absolutamente de nada por lo que deja expuesto más arriba [estar malo de la cabeza]”.93

En tanto, el propio Teniente 2º Tassi también declaró el 16 de octubre comprender recién la gravedad de la falta que habían cometido y de “…la justicia del castigo recibido por desobedecer de acuerdo todos los oficiales las órdenes del jefe accidental del cuerpo [López]”.94 Si hubiesen tenido conocimiento y conciencia exacta de lo que pasaba, Tassi creía que “…no habrían criticado con violencia la conducta del superior ante individuos de tropa; pero que conociendo ya la gravedad de la situación estaban resueltos a hacerse quebrar los huesos y quebrárselos a los que intentasen sublevarse”.95 Estas afirmaciones del Teniente 2º Tassi, que aludían a una supuesta crítica de la conducta de un superior (de quien no se aclara la identidad pero que debemos presumir se refiere al General Uriburu por su apoyo al Acuerdo Roca-Mitre), y a una aparente promiscuidad o amiguismo entre oficiales y soldados asistentes entabladas en ocasión de cebar mate (el Coronel Ruiz Moreno y su soldado asistente Toranzo; y/o el Capitán Abogadro y su soldado asistente Bargas), y denunciadas en oportunidad del Consejo de Guerra verbal “…fueron escuchadas por todos y ninguno de los oficiales a cuyo nombre habló hizo observación ninguna que manifestase disconformidad”.96

Pero en cuanto a la grave acusación que ventiló en el Consejo de Guerra el Tte. Cnel. López, que todos los oficiales “…acostumbraban criticar fuertemente los actos de sus superiores”, actitud que en el ámbito militar se la califica como murmuración y es casi tan grave como el delito de sedición que se le imputó al soldado Bargas, Uriburu concluía por no dar crédito a las acusaciones ventiladas tanto por el Tte. Cnel. López como por el Teniente 2º Tassi, y terminaron por exculpar y sobreseer a dichos oficiales, pues argüía que “…no prueban nada especial y particularmente contra el Capitán Abogadro”.97

Al día siguiente, 17 de octubre, el Fiscal Carpi, no resultando cargo alguno contra el Cap. Abogadro y en vista de lo declarado por el 2º Jefe del Regimiento Federico López, pide al Jefe del Regimiento Coronel Ruiz Moreno que “…se sirva dictar las órdenes del caso para que el referido Capitán sea puesto en completa libertad”.98 Y un mes después, en noviembre, llegó la orden del Ministerio de Guerra, para que los Tenientes Tassi y Márquez se trasladen a Catamarca.99

VI-c.- Venganza como Causal

En cuanto a otros motivos por los cuales el soldado Bargas se propuso sublevarse, el segundo testigo Sargento Distinguido Alberto Cáceres declaró que “…supone haya sido por alguna venganza o rencor”, y el tercer testigo Sargento Distinguido Eleodoro Quiroga declaró que a Julián Bargas se le “…han leído las leyes penales, pasado revista de comisario, hecho el servicio de su clase, y prestado el juramento de fidelidad a la bandera”, y que “…la conducta que observaba en ella hera regular y que los castigos que se le han aplicado han sido plantones y calabozo por diferentes causas, habiendo sido el último un plantón impuesto por el Cap. José M. Abogadro, Comandante de la Batería, y que esto fue a consecuencia de un cargo que el referido soldado se negó a pagar”.100 Asimismo, Quiroga declaró que el referido soldado “…padecía del defecto de la murmuración por cuya causa ha recibido varios castigos”.101


VII.- Ejecución sumaria como Escarmiento

El Fiscal Mayor Carpi tomó declaración el 20 de octubre al Jefe de la Guarnición General Napoleón Uriburu, tocándole a éste informar que “…el soldado Julián Bargas del precitado Regimiento de Artillería que se halla de guarnición en este punto, fue fusilado como a las once y media de la mañana del día tres del actual, por haberse plenamente comprobado por medio de las averiguaciones practicadas, que trató de sublevar el cuerpo y porque la gravedad de las circunstancias imponían esa medida por mas que fuese dolorosa”.102

A que “gravedad de las circunstancias”, aludía Uriburu en ese entonces. Por cierto no se refería a ninguna circunstancia local de la frontera Chaqueña, sino a las circunstancias nacionales que se vivían en los cuarteles de toda la república a partir de que se desencadenara la revolución de julio de 1890, y seguramente a partir de la sublevación de julio de 1891 en Corrientes.103 Sin un “castigo inmediato y ejemplar”, es decir un escarmiento, en ese momento mismo, pero en cabeza de un chivo emisario o expiatorio, que tuviera un efecto disuasorio sobre todos los cuadros del ejército, como se estilaba en el Antiguo Régimen colonial español y en la era Rosista (cabezas clavadas en picas a la entrada de los pueblos o en la plaza mayor), Uriburu alegó que “…los males habrían sido cien veces mayores, pues la sublevación se habría producido el día menos pensado y ya se puede suponer lo que entonces habría sucedido”.104 Para la conservación y salvación del cuerpo y de estas apartadas poblaciones, argumentaba Uriburu, “…fue necesario proceder sin perder un instante en la forma y manera enérgica que se procedió”.105

Sin embargo, salta a la vista la existencia de una llamativa contradicción en el seno del poder, cuando por un lado el Comandante Uriburu hacer caer una culpa colectiva sobre alguien en particular, aunque fuere el eslabón más débil de la cadena jerárquica, y lo ajusticia para escarmentar o disuadir, y por otro lado el Poder Ejecutivo, mediante su Ministro de Guerra, oculta el luctuoso suceso tanto a la opinión pública como al parlamento.


VIII.- Derivaciones personales y conclusiones.

Finalmente, un mes después, en Noviembre de 1891, y como consecuencia de la crisis que sus extremadamente francas pero explosivas y auto-inculpatorias declaraciones habían ocasionado en el seno del cuerpo de oficiales del Regimiento, tanto el Teniente Tassi como su allegado el Alférez Demetrio Márquez fueron trasladados a un Regimiento en Catamarca.106 Tassi llegó a estar complicado en la Conspiración de Santa Catalina en 1892, luego alcanzó el grado de Teniente Coronel, luego de haber sido premiado con igual grado por el ejército Peruano, y más tarde cuando Coronel, fue designado Subdirector del Colegio Militar.107 Tres años después, en 1907, fue sumariado y procesado por haber incurrido en una supuesta falsa imputación contra un superior, el General Saturnino E. García, falleciendo en 1938 a los setenta años de edad.108

De los otros oficiales que sobrevivieron al soldado Julián Bargas, Uriburu ejerció la gobernación de Formosa hasta 1894 y falleció en Buenos Aires al año siguiente, en 1895. Ruiz Moreno, fue dado de baja a su solicitud y debido a su estado de salud en abril de 1893, pasó a retiro en 1900 como General de Brigada y falleció en San Luis en 1914.109 López desplegó luego sus andanzas en el monte chaqueño donde alcanzó el grado de Coronel, y se retiró en 1911, falleciendo el mismo año a los 56 años de edad.110 Abogadro llegó a Coronel y se retiró en 1924, pero sugestivamente no llegó a General como sí fue el caso de su hermano menor Enrique. Elías Paz continuaba en el mismo Regimiento de Artillería en 1893 y llegó al grado de Mayor, falleciendo en 1905 a los 38 años.111 José M. Muñóz llegó a Teniente 2º en 1894, pero fue dado de baja por abandono de destacamento pasando seis meses de prisión en Santa Cruz.112 Neriz F. Redruello, llegó a Mayor y falleció en 1924 a los 56 años.113 Y Alberto Perón, llegó al grado de Teniente 1º, falleciendo en el servicio activo en 1996 a los 25 años, cuando su célebre sobrino tenía apenas un año de edad.114 Dada la prolijidad con que el legajo del Teniente Perón fue expurgado cabe presumir que existieron elementos comprometedores, que deben estar vinculados a su extraña muerte prematura.115 Por último, el Regimiento fue trasladado en 1892 a Villa Nueva (actual Villa María, Córdoba), y en su cuerpo de oficiales aún continuaba revistando el Teniente Perón.116


De los primeros delatores soldados Francisco Toranzo y Roque Roldán, y de los otros soldados complicados Ramón Plaza, José Collanti, José Moreira y Lucio Ledesma, nada he podido saber hasta el presente, ni tampoco si entre los conjurados existió alguno que continuara consecuente con el ideario político que Bargas les legara. Lo cierto es que la cruel noticia debe haber llegado a oídos de las vecinas colonias del norte santafecino, pues en los atrios electorales se producen fusilamientos perpetrados por el ejército de línea, y dos años después se convierte en el epicentro de la revolución de 1893, que fue a su vez la antesala de la Revolución de 1905, episodio en el cual hicieron sus primeras armas quienes un cuarto de siglo más tarde habrían de resistir militarmente el golpe de estado de 1930 (Pomar, Lezcano, Kennedy, Bosch, etc.).


Notas

1. Herrera, 1930, 52; y La Nación, 3-IV-1892.

2. El Ejército en estos días (El Municipio-17-I-1892)

3. Sobre colonos, mensús y confinados, ver Viñas, 1982, 126-132.

4. Sobre la composición del cuerpo de oficiales del Regimiento 1º de Artillería, ver Mendía, I, 19, 83 y 265. Esta singular obra –que pude consultar merced a la generosidad del Prof. Joaquín Meabe y cuya reedición es difícil entender como no se ha producido aún-- es en verdad una original compilación de medio centenar de testimonios escritos por los oficiales que acaudillaban los diferentes cantones, revolucionarios y contra-revolucionarios. En el primer volumen declaran Anacleto Espíndola, Enrique S. Pérez, Leandro Anaya, Torcuato Harbin, Pablo Rauch, Justo González Acha, Domingo A. Bravo, Emilio Miliavaca, Mariano de la Riestra, Fernando Cabrera, Aurelio Figueroa y Miguel E. Molina. En el segundo volumen declaran Eduardo O´Connor, Ricardo A. Day, José García, Desiderio Rosas y Racedo, Martín E. Aguirre, Zacarías Supisiche, S. Anaya, Donato Alvarez, Juan G. Díaz, Modesto Torres, Saturnino Lara, Honorio Iturre, Félix Adalid, Ramón Aberastain y Oro, Miguel E. Molina, Francisco Smith, Rodolfo Krakenstein, Jorge Reyes, Nicolás H. Palacios, Alejo Belaúnde, Nicolás Palavecino, Odilón Stubane, Manuel de la Serna, Juan M. Calaza, B. S. Cordero, Daniel de Solier, Miguel Malarín, Rodolfo Mon y José Ignacio Garmendia.

5. Sobre Napoleón Uriburu, ver Siegrist de Gentile, 1997; y Fernández Lalanne, 1998. Uriburu fue Comandante del XII Ejército de Línea, desde 1869, año de su matrimonio con la hermana del ex-Gobernador José Benito de la Bárcena. Era hijo del Coronel Evaristo de Uriburu y Hoyos, dueño de la estancia Pampa, y de su prima María Josefa de Arenales y Hoyos. Casó en 1869 con Guillermina de la Bárcena y Mendizábal, y fue suegro del Coronel Pablo Escalada Saavedra. En oportunidad de la Revolución del 90 tenía cuarenta años largos, y era hermano del que luego fue Presidente de la República José Evaristo Uriburu (1895-98); primo hermano del Gobernador de Formosa Coronel José María Uriburu Arias (1895-99), del Gobernador de Salta Pío Uriburu Castro, y del Senador Nacional Francisco Uriburu Patrón; y tío segundo del Dictador José Félix Uriburu. Uriburu tenía en Salta en la década del 70 sublevados los Departamentos de Orán y Rivadavia y "...sublevará más tarde los de Yruya y Santa Victoria". (Francisco J. Ortiz a Victorino de la Plaza, Salta, 27-XII-1877 (AGN, Archivo Victorino de la Plaza, Correspondencia y Documentos Particulares, 1877-78, Sala VII, 4-7-14, fs.354-355v.; y AGE, Leg.13.204). Según refiere Cutolo en su Diccionario Histórico y también Siegrist de Gentile, Uriburu se ensañó con las tribus Tobas y en defensa de los numerosos obrajes madereros instalados en el Chaco, a los cuales proveía con mano de obra indígena en condiciones de servidumbre. Este hombre funesto, a juicio del Gobernador Autonomista de Salta Francisco J. Ortiz, se ha enseñoreado de nuestra frontera
"...y no deja administrar. Allí no se cumple ninguna disposición administrativa ni se puede cobrar impuestos, ni hacer elecciones ni nada, porque todo lo interrumpe y lo desbarata y persigue, y destierra a los que son amigos del gobierno". (Francisco J. Ortiz a Victorino de la Plaza, Salta, 27-XII-1877 (AGN, Archivo Victorino de la Plaza, Correspondencia y Documentos Particulares, 1877-78, Sala VII, 4-7-14, fs.354-355v.). Durante la Presidencia de Nicolás Avellaneda la acción del Coronel Napoleón Uriburu en Salta obedeció a un plan gestado por el Presidente Avellaneda en pro de la candidatura presidencial del Dr. Dardo Rocha (Torino y Figueroa de Freytas, 1982, 279).

6. Lamentablemente, las Resoluciones del Ministro de Guerra Nicolás Levalle, por las cuales este Regimiento fue trasladado en sendas oportunidades, no han podido ser corroboradas.


























Fuente: Reproducción parcial del capítulo 10 de la Genealogía de la Tragedia Argentina, que pertenece a su vez al tomo XV de la obra titulada Un Debate Histórico Inconcluso en América Latina, http://www.er-saguier.org








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