Sr. Presidente
(Mercante) — Tiene la palabra el señor miembro informante de la minoría de
la comisión
Sr. Sobral — Abre
sus deliberaciones esta Convención Reformadora de la Constitución, dentro de un
clima político de la Republica que ha puesto en riesgo todas sus instituciones,
abre sus deliberaciones la Convención Reformadora de la Constitución, en un
momento en que ya esta instaurada de hecho la abolición de toda las garantías y
la vigencia de todo el absolutismo (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
EI peronismo necesito su teórico del derecho y fue a sacarlo
de los cuadros de su judicatura. Era menester también en eso darse su filiación
con los regimenes totalitarios; ellos tuvieron figuras representativas del
derecho para dar justificación jurídica de sus regimenes, y encontrar para
ello, el peronismo, acabada y perfectamente realizada en la doctrina que acaba
de exponer el doctor Sampay, quien desde hoy será el teórico del absolutismo
que se impone en la Constitución argentina y que vendrá alterar la vida de la Republica
(¡Muy bien!,!Muy bien! Aplausos)
Bajo tales signos y con tales demostraciones se abre, señor presidente,
la Convención Reformadora de nuestra Constitución Así, señor presidente, con
esas declaraciones que contrastan, con esas manifestaciones que entristecen, se
trata de abolir la Constitución vigente que costo sacrificios cruentos, dolores
inmensos, tragedias enormes y que es la experiencia de nuestra libertad en un
largo proceso de historia magnifica de todo el pueblo de la Nación (¡Muy bien!
¡Muy bien! Aplausos)
—Varios señores convencionales hablan a la vez, y suena la campana.
Sr. Sobral — No
vamos a entrar en el campo de las teorizaciones Esta no es una hora serena y
tranquila, esta es una hora de montonera, hora de irracionalidad.
—Varios señores convencionales
hablan simultáneamente y suena la campana
Sr. Presidente
(Mercante) — No interrumpa los señores convencionales al orador que está en
el uso de la palabra.
Continúa en el uso de la palabra el señor convencional por
Córdoba
Sr. Sobral — En
esta hora, señor presidente, estamos viviendo todo el drama de la argentinidad,
y abrimos así las deliberaciones de esta Convención, que, como ya sabe la Unión
Cívica Radical, pone el dolor de la argentinidad frente a la insensibilidad del
peronismo
—Hablan varios señores convencionales a la vez, y suena la campana.
Sr. Sobral —
Nosotros venimos aquí a afirmar una concepción de la vida argentina venimos aquí
a defender un estilo de vida articulado en las disposiciones de nuestra Constitución.
No hemos venido a apoyarnos en doctrinas foráneas justificadoras de una
desviación de la tradición argentina. Hemos venido a afirmarnos en nuestra
propia substancia. Por eso, vamos a entrar al estudio de la ley fundamental de
la Nación como institución que permite reglar la vida toda de la Republica, y
las reformas que se proponen. Vamos a explicar el espíritu de estas, pero
basados en la Constitución misma, en la redacción de las disposiciones que proponen,
porque una cosa es el despliegue teórico de una doctrina, en donde se envuelven
siempre conceptos equívocos, posiciones dudosas, en donde aparecen a veces verdades,
a simple golpe de intuición, claras y precisas, pero cuando se les quiere dar
sus instituciones adecuadas sufren las tremendas desviaciones y aparecen los
verdaderos propósitos por la misma redacción vaga y ambigua, declamatoria y
artificial y entonces la doctrina muestra todo su artificio, todo el verdadero espíritu
de sus fundamentos (¡Muy bien!; ¡Muy bien! Aplausos)
Nosotros no vamos a entrar en los escarceos filosóficos,
sino en la justa medida que se necesita para recortar aquí la idea del hombre
argentino. Sabemos que estas no son horas para tales tareas, ni estos son
climas para tales despliegues doctrinarios y planteos filosóficos. Nosotros necesitaríamos
aquí otro ambiente espiritual, otro respeto por la personalidad humana parar
entrar en ese terreno, necesitaríamos que se hubiesen cumplido otros
presupuestos de la opinión pública nacional.
Pero antes queremos decir cuales son nuestros títulos y que
traemos para hablar de estos temas, queremos decir quienes somos. Queremos
decir que la Unión Cívica Radical tiene sus títulos, que puede y quiere confrontar
con ustedes porque de la confrontación de ellos va a saberse quienes están
defendiendo aquí los principios esenciales de la nacionalidad.
—Hablan simultáneamente varios señores convencionales y suena la
campana.
Sr. Sobral — La
Unión Cívica Radical es el proceso de una voluntad histórica articulada como
voluntad política de la Nación.
La Unión Cívica Radical exhibe aquí, y los ofrece a esta
Convención, más de cincuenta años de sacrificios, de jornadas heroicas, en
defensa de lo constituyente argentino y en defensa del hombre, conociendo y
viviendo todas las angustias y todas las abnegaciones.
Yo que todas estas cosas que salen de lo hondo de mi espíritu
no tienen el eco necesario ante tanta ausencia de lo argentino, y bien se que
no hay repercusión posible cuando no existe una unidad emocional profunda sobre
las cosas de la patria (¡Muy bien!, ¡Muy bien! Aplausos) Los que estamos aquí
viviendo la misma inquietud y sintiendo la misma inminencia del riesgo.
—Hablan a la vez varios señores convencionales, y suena la campana.
Sr. Sobral — bien
conocemos lo que significa todo esto la Unión Cívica Radical presenta aquí sus
cincuenta años de sacrificio, de renunciamientos y también de conquistas efectivas
para la vida política y moral de la Republica.
—Hablan simultáneamente
varios señores convencionales, y suena la campana.
Sr. Presidente (Mercante)
— Sírvanse no interrumpir al orador los señores convencionales.
Continúa en el uso de la palabra el señor convencional por Córdoba
Sr. Sobral. —
pero el peronismo tan solo puede exhibir cinco años de sensualización…
—Hablan a la vez varios señores convencionales, y suena la campana.
Sr. Presidente
(Mercante) — Continua en el uso de la palabra el señor convencional por Córdoba.
Sr. Sobral —Frente
a esa trayectoria de la Unión Cívica Radical, de jornadas de abnegación y de
sacrificios, el peronismo tan sólo puede exhibir cinco años de sensualización y
negación (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
—Hablan símultáneamente varios señores convencionales, y suena la
campana.
Sr. Presidente
(Mercante) — Ruego a los señores convencionales que no interrumpan al
orador.
Sr. Sobral. — En
las jornadas en defensa del espíritu de la patria podemos exhibir revolución es…
—Hablan simultáneamente varios señores convencionales, y suena la
campana.
Sr. Sobral — .en
defensa de lo constituyente y popular, en defensa del sufragio y de la libertad
política.
Tuvimos nuestros mártires y también tuvimos nuestros santos
transfigurados en la hora de la muerte como héroes señeros de la nacionalidad.
Pero tuvimos en esas jornadas heroicas de más de medio siglo
de luchas, apenas catorce años de gobierno. El peronismo aun no puede exhibir
un solo año de sacrificios y de lucha en la adversidad, por el imperio de las
libertades. Carece de tradición.
—Hablan a la vez varios señores convencionales, y suena la campana
Sr. Presidente (Mercante)
— Continua con la palabra el señor convencional por Córdoba.
Sr. Sobral — Tales son los títulos que ostenta la Unión Cívica Radical, títulos valederos, títulos que la hacen acreedora al respeto y a la consideración de las fuerzas políticas recientemente surgidas, pues ellas, si bien podrán tener esos títulos algún día, no los tienen todavía. Los nuestros son caminos recorridos, son sacrificios vividos que ustedes no pueden ofrecer como nosotros ofrecemos emocionados para el adelanto del país, por eso venimos a defender a nuestro destino en el seno de esta Convención. Es necesario que confrontemos nuestros antecedentes para demostrar que tenemos autoridad para hablar.
—Varios señores convencionales hablan a la vez.
Sr. Presidente
(Mercante) —No interrumpa los señores convencionales al orador que está en
el uso de la palabra.
Sr. Sobral —Yo quiero saber si el peronismo ha de dejar hablar a la Unión Cívica Radical para que podamos resolver, de una vez por todas, en que forma debemos comportarnos en el debate (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos) Y si va a ser posible que el informe de la minoría pueda desenvolverse con libertad
Sr. Visca — Señor
presidente. El señor convencional esta produciendo un informe político.
Sr. Presidente (Mercante). — Señor convencional la Presidencia
respeta a todos los señores convencionales por igual.
Continúa con la palabra el señor convencional por Córdoba.
Sr. Sobral — Por
las razones que he expuesto nos creemos con derecho para decir las cosas que
vamos a expresar ante esta Convención, y tenemos también el derecho de exigir
que se respete nuestro sentimiento de argentinidad
El peronismo ha entendido la Constitución de la Nación
Argentina en la forma que acaba de expresar el miembro informante, nosotros tenemos
también el derecho de expresar como entiende la Unión Cívica Radical este proceso
de la historia argentina y como entiende y quiere vivir la construcción de lo nacional.
Por eso es necesario que esclarezcamos los caminos. Por eso
venimos a hacer nuestra exposición, después de haber definido mi partido con
toda precisión el clima institucional que vive la Republica, y luego de haber
planteado nuestro sector en esta Convención el origen de la convocatoria de la
misma, por eso vemos, digo a decir cual es el sentido y los fines de la reforma
dentro del articulado y no dentro de la doctrina que se acaba de expresar.
Venimos a hacer no un despacho en disidencia de la Unión Cívica
Radical, porque no estamos ni hemos participado en su discusión ni redacción,
sino venimos ante tanta enormidad frente al rompimiento del orden constitucional
argentino, articulado en largas y tremenda luchas, venimos, digo, no a hacer un
despacho en disidencia sino a formular la tremenda acusación ante la historia
y, por lo tanto, ante e espíritu mismo de la Nación (¡Muy bien¡ ¡Muy bien!
Aplausos)
Voy a entrar a la consideración de esos articulados. Quiero
tomar sentido en la vivencia de mi propia patria, quiero hacer el estudio de todas
sus disposiciones, pero en función de su historia para extraer de ahí, por contraposición,
las reformas que se proponen.
Por eso decía hace un
instante que no venimos a hacer despliegue de doctrinas, sino que queremos
estudiar concretamente en esta realidad nuestra, llena de miserias y grandezas,
de abyecciones y moralidad las reformas constitucionales que se proponen, cual
es el espíritu de las mismas y cual será la suerte de la Republica al sancionarlas,
y tenemos derecho para hacerlo porque hemos vivido jornadas en defensa de los
derechos permanentes de la Republica.
Dice el articulo 1° del despacho <Suprímanse de la Constitución
nacional vigente, los artículos 38, 39, 41, 44, inciso 24 del articulo 67, 82,
83, 84, 85, 90, 93 y 102 »
No me voy a detener en las disposiciones 38, 39 y 41, porque
ellas podrían haber figurado muy bien en un capitulo de disposiciones transitorias
de la Constitución de 1853. Pero frente a la supresión inocente de las
disposiciones contenidas en los artículos 38 al 41, aparece el articulo 44,
denunciando ya la filiación del propósito de lo que va a ser mas tarde el pensamiento
de la reforma constitucional
Dice el articulo 44 «A la Cámara de Diputados corresponde exclusivamente la iniciativa de las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas.»
Al estudiar la primera disposición que aconseja suprimir el
despacho de la Comisión Revisora de la Constitución, no vamos a repetir
comentarios sobre esa disposición, que tiene su origen en la historia política
inglesa, cuando el 3 de febrero de 1678 la Cámara de los Comunes aprobó una
resolución en el sentido de que todos los impuestos, subsidios y auxilios que concedía
el Parlamento de la Corona debían tener su iniciación en dicha Cámara y no
pudiendo ser modificada por la Cámara de los Lores.
No es del caso historiar esta lucha entre la soberanía popular y el rey. Esto lo damos por conocido, pero me interesa apuntar aquí, para que nos entiendan os mejor, que nuestra filiación en defensa de la libertad y nuestro sentido de lo popular y del hombre, pero del hombre concreto, de carne y hueso, del nuestro, no arranca del sistema vertebral inglés ni tampoco francos —de estos hemos tornado sus instituciones políticas, su aparato formal—, nos viene por vía de Aragón y tiene sus raíces en las mesetas de Castilla (¡Muy bien! ¡Muy bien¡)
No es del caso historiar esta lucha entre la soberanía popular y el rey. Esto lo damos por conocido, pero me interesa apuntar aquí, para que nos entiendan os mejor, que nuestra filiación en defensa de la libertad y nuestro sentido de lo popular y del hombre, pero del hombre concreto, de carne y hueso, del nuestro, no arranca del sistema vertebral inglés ni tampoco francos —de estos hemos tornado sus instituciones políticas, su aparato formal—, nos viene por vía de Aragón y tiene sus raíces en las mesetas de Castilla (¡Muy bien! ¡Muy bien¡)
Esta es nuestra raíz secular, nutricia de nuestro singular
estilo de vida y de sentir y concebir el destino humano. En esta autenticidad
se afirma la Unión Cívica Radical Pero también sabemos que en el común destino,
America, enriquecida por otras corrientes vivas de la cultura occidental y de línea
grecolatinocristiana, esta creando su estilo propio y nosotros, en la
contribución de esa empresa espiritual por lo humano, crearemos, si, las
instituciones que harán posible el destino del hombre, el de humanidad plena.
Por eso la Unión Cívica Radical es portadora de los elementos configuradores de
un autentico derecho político y publico argentino. Por eso, al iniciar el
estudio de la Constitución nacional, mas que tarea de redacción de
disposiciones, de agregar o suprimirlas, hubiera correspondido estudiar en
profundidad la revisión de nuestras instituciones políticas, instrumental de
formas, afirmados para comprensión en la substancia de nuestra propia historia
para encontrar en ella su singular orientación y darse las instituciones mas
convenientes para mejor realizar el desenvolvimiento del destino del hombre
argentino, portador de valores eternos. Pero para ello tendrían que haberse
dado otras circunstancias. Creo oportuno para fijar el rumbo, traer una cita de
Sánchez Albornoz, quien al tratar este aspecto de las instituciones políticas,
dice «En los siglos XIII y XIV, Castilla fue el pueblo mas libre de Europa. Por
entonces, en Aragón, frente a las libertades de las oligarquías nobiliarias,
vivían su servidumbre los colonos Las cortes castellanas fueron el único
parlamento medieval europeo no dominado por el estado llano, y los municipios y
ciudades castellanas gozaron de mayores privilegios y libertades que el
conjunto de sus similares de occidente.
Traigo esta cita solamente para hacer esa advertencia y dejar con este concepto ya fijado una dirección de la Unión Cívica Radical en esta materia política. La he creído fundamental al recordar el antecedente inglés.
No vamos a seguir tampoco el desarrollo de la filiación de
este articulo 44 a
través de las convenciones de Filadelfia, para explicar por que adoptan en el
articulo 19, sección VII, cláusula I de la Constitución de Estados Unidos, que
«todos los proyectos de leyes para levantar rentas deben tener origen en la Cámara
de Representantes> No vamos a seguir estos antecedentes, pero si vamos a
leer las palabras de Alberdi para fijar nuestra posición frente a la supresión
de este articulo. Dice Alberdi en su obra Bases «Se ha buscado el fundamento (se
refería al articulo 65 de su proyecto similar a este) en la especial composición
del Senado y en la segundad del principio de representación sobre que se
organiza. Es un cuerpo notablemente menos numeroso que la Cámara de Diputados,
siendo, en consecuencia muy difícil que en el están representados todos los
matices en que se divide la opinión publica, todos los intereses sociales. No
es el órgano autentico del pueblo como ya se ha dicho, sino de las provincias,
como unidades orgánicas » En estas consideraciones están los elementos justificantes
del mantenimiento del articulo 44. Pero voy a detenerme en la supresión que se
aconseja.
Dice el articulo 46 de la Constitución «El Senado se compondrá de dos senadores de cada provincia, elegidos por sus legislaturas a pluralidad de sufragios, y dos de la Capital, elegidos en la forma presunta para la elección de presidente de la Nación. Cada senador tendrá un voto » Se trata de elección indirecta, porque dentro de su organización natural, son los representantes, al decir de Alberdi, de las provincias como unidades orgánicas.
Dice el articulo 46 de la Constitución «El Senado se compondrá de dos senadores de cada provincia, elegidos por sus legislaturas a pluralidad de sufragios, y dos de la Capital, elegidos en la forma presunta para la elección de presidente de la Nación. Cada senador tendrá un voto » Se trata de elección indirecta, porque dentro de su organización natural, son los representantes, al decir de Alberdi, de las provincias como unidades orgánicas.
La Comisión Revisora de la Constitución aconseja en el articulo 3° de su despacho la aprobación del siguiente articulo 46 «El Senado se compondrá de dos senadores para cada provincia y dos por la Capital, elegidos directamente por el pueblo. Cada senador tendrá un voto » Se trata de elección directa. Si se justificaba entonces la iniciación exclusiva por la Cámara de Diputados de las leyes de contribución, por su composición emanada directamente de la voluntad popular, y entendiendo la Comisión Revisora que, al darle al Senado una composición también de igual origen, es indistinto que estas leyes se inicien en una u otra Cámara. Aquí esta la cortina de humo del propósito verdadero de esta reforma.
El Senado, de acuerdo con lo que propone la Comisión
Revisora, se constituirá por dos senadores por cada provincia y por la Capital
Federal, con lo que mantendrá, a pesar de la elección directa, su fisonomía de
representante de las unidades orgánicas, es decir, de las provincias. Por tanto,
el Senado no tendrá la composición popular de matices vanos que presupone,
por su origen y sistema de elección, la Cámara de Diputados de la Nación. Aquí
está el oculto propósito o la posibilidad de que el Poder Ejecutivo el día de mañana
acondicione la sanción de sus leyes dentro de sus conveniencias, haciéndolas
iniciar, claro esta, por el cuerpo menos numeroso, mas controlable, mas
fácil de seguir sus orientaciones. En consecuencia, esta reforma permite que el
Poder Ejecutivo inicie estas leyes fundamentales por el Senado, que, como Cámara
de origen, mantendrá el privilegio de la sanción definitiva. Esto significa que
no estando representadas en el Senado las varias opiniones políticas, se le habría
quitado a la Cámara de origen popular la iniciación exclusiva de las leyes
sobre contribuciones.
Sr. Visca — Las
dos Cámaras serán de origen popular
Sr. Sobral — Como
las dos Cámaras serán de origen popular como acaba de expresarlo el señor
convencional por Buenos Aires, hay una diferencia en una estará representado el
pueblo en su realidad política, con mayoría y minoría y en el Senado no estará
representada nada mas que la mayoría es decir, que si el Senado estuviera
constituido también por mayoría y minoría, recién podríamos comenzar a
conversar si es indistinto que en una u otra Cámara se inicien las leyes de contribución.
Por lo tanto, esta reforma tiende a poner al servicio del Poder Ejecutivo,
dentro de nuestra actualidad y como precedente para lo futura la facultad de iniciación
de las leyes de contribución y entre ellas las de presupuesto, según como mejor
convenga. Y hoy con mas razón ya que tiene a la Unión Cívica Radical en la Cámara
de Diputados, y mañana quizás en mayoría, para imponer la sanción definitiva si
esta se negara a aprobarlas (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
Propone también la comisión, inciso 24 del artículo 67, la supresión de las milicias. Es la primera lesión a nuestro federalismo, es el primer avance contra los sistemas defensivos del federalismo que nuestra Constitución le ha creado. No me detendrá en el alcance de esta reforma con respecto al federalismo argentino, porque otros compañeros de sector tendrán a su cargo el desarrollo de tan interesante y angustiador problema. Pero en tanto, quiero decir que esta supresión conmueve en la raíz misma de nuestra constitución espiritual y afecta a nuestro sentido de la libertad, que ello es valioso cuando la vivimos en función de nuestras unidades morales familia, comuna, región
La supresión de las milicias, que tienen una larga y magnifica tradición en nuestra historia patria, significa mas que desguarnecer de toda defensa a esas «unidades orgánicas» que son las provincias, la adhesión a una organización militar extraña totalmente a la estructura espiritual del ser nacional.
Nuestras milicias llegaron, en montoneras bravías, vanas veces a la sede del gobierno cuando este pretendió avasallar, interferir o quebrar el sentido federal pero entendido como forma de un vivir argentino. Y no olvidemos que mientras estuvo reunido el Congreso Constituyente de 1852, vigilaban en su torno las provincias, con sus aguerridos milicianos, por si los congresales introducían disposiciones que pretendiesen quebrar el sentido federal. Estaban ahí señor presidente, como un trozo vivo de nuestra propia realidad histórica. ¡Era el espíritu de la argentinidad vigilando su destino!
Grandes habían sido sus luchas penosas sus jornadas por la libertad y dolorosas las experiencias vividas para estar tranquilas Eran las horas de dormir con el arma al brazo, como son todas las horas cuando están en peligro las libertades Por eso, señor presidente, cuando se redacto el inciso 24 del articulo 67, que hoy se aconseja suprimir, no solo se reconoció esa realidad histórica de profundo sentido de la libertad, sino que se ofrecían abiertas a todas las posibilidades del desenvolvimiento del verdadero espíritu de lo argentino para organizar mañana —con nuevas técnicas y nuevas formas de los tiempos— un ejercito pero organizado sobre bases auténticamente federales Tomar el hombre en donde el se siente tal —ese es el espíritu que viene de muy atrás—, es decir, en su mundo circundante, integrado con sus unidades morales, familia, comuna región, y porque solamente así el hombre comprende que hay un destino común, que hay un esfuerzo común, que hay una integración de patria, que hay, en fin, una común solidaridad en la historia. Tomar al hombre argentino ahí, donde se da en plenitud, para enseñarle a que se adiestre para una defensa común, porque es su defensa, para que aprenda la técnica para una lucha, que será la lucha por su propia integración.
Ejercito si como organización, pero de abajo arriba humanizado, pero con pedazo de tierra que lleva en si el hombre porque esta consubstanciado en ella, porque así se sabe portador de su eternidad.
Ejército con eternidad de lo humano para defender su libertad y por ella la de todo el pueblo en el cual encuentra su solidaridad y también un sublime sentido cristiano de eternidad.
Sr. Albarracín —Catorce ejércitos.
Sr. Presidente (Mercante) — Sírvase no interrumpir el señor convencional al orador que esta en el uso de la palabra.
Sr. Sobral —
Respecto al problema a que se apunta, de catorce ejércitos, es un problema de organización
que vendría, desde la base federal, cerrándose, con participación de las propias
provincias y las propias unidades regionales, hasta el comando único, que daría,
entonces, las direcciones generales, pero sin alterar el principio fundamental
del sistema federal (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
Un ejército así humanizado, formado por hombres viviendo en función
de su propia realización humana, constituye el ejército de todos los heroísmos.
Los hombres son heroicos cuando se baten y luchan por lo que hace a su propio
destino, los hombres son heroicos, se agrandan en la lucha y se magnifican en
la historia cuando defienden los atributos de la personalidad humana, porque en
mi propio destino también se va jugando el destino de su comunidad histórica y
el destino del hombre (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
Eso, señor presidente, lo han demostrado magnifica y
admirablemente bien las democracias federales, como, por ejemplo, Estados
Unidos, cuando en la ultima guerra, sin ejercito como organización prusiana,
con ese sentido de defensa de lo humano, sin una militarización que fuera extraña
de las propias direcciones ideales de su pueblo, hizo y rubricó la mas
extraordinaria de las hazañas salvando al mundo del triunfo de los regimenes
totalitarios y de todos los absolutismos degradantes (¡Muy bien! ¡Muy bien!
Aplausos) Solamente un ejército humanizado, porque se hará de abajo arriba, no
de arriba abajo —organización racionalista extraña a nuestra constitución
espiritual—, y no sobre disciplines extrañas a la autonomía del hombre, puede
movilizarse con éxito en la hora del riesgo para defender las libertades humanas.
Por eso el ejército nunca se concibió en conquistas, en guerras y en luchas extrañas
a su propia estabilidad y a su propio destino. La actual organización de su ejército
le es extraña a su vocación de pueblo. Por eso se, señor presidente, que por mas
que supriman del ordenamiento jurídico de la Constitución las milicias, ellas persistirán,
son la forma de nuestra defensa y las llevamos incorporadas como va en nuestra
sangre todo el sentido de nuestra vida (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
Llevamos el sentido miliciano porque el hombre se sabe al
servicio del hombre mismo Y cuando llegue la hora de ponerse en servicio para
defender todas las garantías y todos los derechos que hacen al hombre, cada uno
de nosotros, en todos los ámbitos de la Nación, a pesar de esta reforma, integrara
esa milicia en un levantamiento magnifico para defender, frente al absolutismo,
frente a toda prepotencia de cualquier dictadura, frente al totalitarismo
estatal, nuestra libertad y el permanente destino de la patria. Por ello desde mañana
la Unión Cívica Radical será una heroica milicia (¡Muy bien! ¡Muy bien!
Aplausos)
Esta es nuestra historia, y quiérase o no se quiera, señor
presidente, esa fue la vocación sanmartiniana. Esa es, aunque no lo diga o lo
suprima la Constitución, y será siempre, la forma defensiva del decoro que son
los bienes morales de la Nación.
Además, se aconseja también la supresión de los artículos
81, 82, 83, 84 y 85, que hacen a la formación del colegio electoral, porque la reforma
propone la elección directa de presidente y vicepresidente de la Republica.
Señor presidente a simple planteos de teoría, a puro
enunciado de doctrina, parece, dentro del concepto de la soberanía popular, que
en realidad esa disposición que se aconseja incorporar esta plenamente
justificada, pero dentro de nuestras formas federales de vida y organizada así
en nuestra Constitución, significa la quiebra de la autentica organización de
la Republica. La elección directa de presidente y vicepresidente es el
rompimiento del equilibro federal, es poner en desigualdad de condiciones al
interior del país, es haber resuelto en una forma hábil, pero artera, el pleito
secular entre el localismo porteño y el interior de la Republica (¡Muy bien!
¡Muy bien! Aplausos)
Desde hoy en mas, yo, hombre del interior de la Nación, provinciano,
profundamente localista y por eso consubstanciado con lo argentino y por lo
tanto fervorizado con las cosas de mi propio destino histórico, estremecido por
una emoción que no puedo ocultar, porque siento que algo han roto en mi,
levanto esta tremenda acusación, que es también la bandera de la Unión Cívica
Radical el interior del país acaba de quedar en total servidumbre del localismo
de la ciudad de Buenos Aires (¡Muy bien¡ ¡Muy bien! Aplausos)
Nosotros no levantamos banderas localistas para ir en contra
de otros localismos, no levantamos consignas de lucha para imponemos sobre
otros localismos, porque ya lo he dicho mi sentido de la libertad,
consubstanciado con mi mundo circundante, me hace saberme solidario de un
destino común y miembro de una comunidad, y en esta conciencia aprendo a respetar
la libertad de los otros solo queremos —vieja lucha del interior— que el
localismo porteño detenga su afán de poner la riqueza del país a su exclusivo
beneficio, que no acreciente su centralismo político para continuar dominando a
la Republica; que se inicie la política de la adecuada distribución de la
riqueza del país, respetando sus unidades morales y económicas, en fin, que al país
se lo deje argentinizar.
Queremos que se nos considere en el mismo plano que a los
otros localismos, porque todos —con ese sentido del hombre argentino y que además
es nuestra realidad— deben cumplir sus destinos. Desde la sanción de estas
reformas nuestras provincias, es decir, la Nación misma, no participaron con
sus hombres representativos en la marcha de la Republica, no podrán luchar con
éxito por el equilibrio económico y por su propia formación espiritual, no podrán
detener el avance cada día mayor del poderío económico y político de la Capital
Federal, no podrán evitar que, estando los bienes en el interior del país, la
riqueza esta en el Gran Buenos Aires, porque constituyendo un distrito único
con la Capital Federal, parte de la provincia de Buenos Aires y los territorios
nacionales, manejado por el jefe del Poder Ejecutivo, hará imposible que el
interior tenga una seria o posible gravitación en la conducción de los
intereses políticos del país.
Con las reformas propuestas, las provincias, por su falta de
un volumen electoral que contrarreste y equilibre al de los distritos
federales, quedaran, aunque tengamos el dudoso derecho al voto, sin gravitación
alguna en la conducción de los intereses económicos, espirituales y políticos
de la Republica. Todo el sistema federal, en sus bases esenciales, porque hacen
al desenvolvimiento del hombre argentino del interior, esta quebrado.
Hoy —y esto es lo mas inaudito— los señores convencionales
de la mayoría (me refiero a los verdaderos hombres de provincia y con todo el respeto
que me merecen, pues se que algunos, sin advertir estas consecuencias, han
quedado envueltos en las redes sutiles del Gran Buenos Aires) acaban de
resolver en favor de la Capital Federal, el pleito secular entre el interior y
el litoral. Ya han sellado su servidumbre al centralismo capitalino. Se han
«desprovincializado» La «desargentinización» se iniciara desde hoy
aceleradamente. ¡Qué gran tarea le queda a la Unión Cívica Radical!
Este aspecto de la reforma exige una advertencia que es
preciso señalar. Se me puede recordar que la plataforma de la Unión Cívica
Radical también sostiene la elección directa de presidente y vicepresidente de
la Republica. Es verdad, pero la acción política de la Unión Cívica Radical
sostiene la reivindicación de las bases comunales de la organización
constitucional argentina en todos los aspectos institucionales, culturales, económicos,
rentísticos y la provincialización de los territorios nacionales para
incorporar su población al régimen representativo federal.
Dentro de esas mismas bases esta una mayor popularización de
las actividades económicas, educativas y políticas de nuestra democracia. Por
eso sostiene en sus bases de acción política, la «organización de una democracia
económica, que permita el contralor de la economía, que coloque a la riqueza
natural, la producción, el crédito, las industrias, el consumo y el intercambio
internacional al servicio del pueblo, para construir un régimen que subordine
la economía al servicio del hombre para el bienestar social, es decir, que los
transportes, medios de comunicación, bancos, institutos de seguro, servicios públicos,
energía, aprovechamiento y distribución de aguas, combustibles, subsuelo, frigoríficos
y las industrias que se declaren fundamentales, son de propiedad del pueblo y solo
el podrá administrarlas por entes autónomos del derecho publico nacionales,
provinciales, comunales o cooperativas, con participación de productores,
técnicos y usuarios según los casos. Es decir que la Unión Cívica Radical
replantea el federalismo sobre la popularización de todas las actividades fundamentales
del país. Al organizarse jurídicamente todo esto dentro de un nuevo ordenamiento
de la Constitución, afirma el estilo de la vida argentina y le da sus
instituciones adecuadas. La base popular es la democracia, y la centralista es
la autocrática. Luego, dentro de una organización de severa base federal no hay
temor de que el pueblo —seria una contradicción, entonces— elija en primer
grado al presidente y vicepresidente de la Nación. Pero además debe contener
determinadas instituciones defensivas de ese mismo sistema federal
Es claro que de hecho no cabria dentro de una concepción de
este tipo democrático, un Poder Ejecutivo fuerte y con facultades de «plenos
poderes». Tampoco un Congreso con atribuciones un tanto discrecionales para
intervenir a las provincias. Por eso la Unión Civica Radical tiene
proposiciones concretas. Así, a excepción de los casos del apartado segundo del
articulo 6 de nuestra Constitución, la intervención seria por resolución de la
Corte Suprema de la Nación, Un régimen de iniciativa popular, referéndum y
revocatoria, para determinados aspectos, pero dentro de un equilibrio federal.
Descentralización
administrativa, independencia de los poderes, régimen municipal, carrera
administrativa, régimen de defensa de las garantías individuales, y solo la
justicia podría ordenar deportaciones o confinamientos, es decir, los jueces
naturales del afectado.
Establecido este ordenamiento de abajo hacia arriba, en
donde el presidente de la Republica seria el jefe de una administración para
determinados negocios comunes del país, la elección directa de este podría
implantarse sin temor alguno. Pero en el caso que estamos considerando es la
entrega total del interior a los intereses del localismo capitalino. Hay una extraordinaria
diferencia. Por eso la Unión Cívica Radical sostiene pero por otro camino, la
elección directa del presidente y del vicepresidente de la Nación. Esa es la concepción
política-institucional del radicalismo frente a este aspecto de la reforma, es
decir, establecer una organización institucional-política sobre autenticas
bases federales, y estas se logran cuando mayor participación tiene el pueblo
en ellas.
Entro ahora al artículo 29 del despacho de la Comisión Revisora
de la Constitución, por el cual aconseja incluir nuevas disposiciones en la Constitución
Nacional. Empiezo por la que figura en primer termino.
Dice el artículo 15 del texto ordenado «El Estado no
reconoce libertad para atentar contra la libertad. Esta norma se entiende sin
perjuicio del derecho individual de emisión del pensamiento dentro del terreno
doctrinal sometido técnicamente a las prescripciones de la ley.
«El Estado no reconoce organizaciones nacionales o
internacionales cualesquiera sean sus fines, que sustenten principios opuestos
a las libertades individuales reconocidas en esta Constitución o atentatorias
al sistema democrático en que esta se inspira. Quienes pertenezcan a cualquiera
de las organizaciones aludidas no podrán desempeñar funciones públicas en
ninguno de los poderes del Estado.
Este articulo 15, justificado en el campo de la doctrina
pura y tomando el hombre abstracto fuera de su ordenamiento institucional, que
a su vez obedece a su proceso histórico, parece en realidad una disposición
previsora. Pero cuando empezamos a estudiarla en función de nuestra realidad, y
cuando la vinculamos para su interpretación con las otras disposiciones, cuando
la vemos engarzada dentro de otro espíritu y de donde toma su verdadera
significación, entonces adquiere toda su gravedad
Sr. Presidente (Mercante) — Ha vencido el plazo de que el «señor convencional disponía para su exposición.
Sr. Visca —
Propongo que se le acuerde una hora mas, señor presidente.
Sr. Presidente
(Mercante). — Se va a votar si se acuerda la prorroga solicitada.
—Resulta afirmativa de 114 votos, votan 123 señores convencionales.
Sr. Presidente
(Mercante) — Continua con la palabra el señor convencional por Córdoba.
Sr. Sobral — Decía, señor presidente que este toma sentido dentro de la articulación general del despacho de reformas que aconseja la comisión. Si este articulo fuera propuesto por la Comisión Revisora manteniendo —obsérvese bien, señor presidente— nuestro actual sistema jurídico constitucional, cuyo espíritu ya sabemos cual es, podría en parte justificarse, porque nuestra Constitución tiene una filiación humanista clara y limpia y, entonces, surge claro y limpio el concepto de libertad del hombre. Pero sacado de ahí, y puesto en función de un nuevo ordenamiento, adquiere, como digo, gravedad, y vamos a verlo.
Sr. Sobral — Decía, señor presidente que este toma sentido dentro de la articulación general del despacho de reformas que aconseja la comisión. Si este articulo fuera propuesto por la Comisión Revisora manteniendo —obsérvese bien, señor presidente— nuestro actual sistema jurídico constitucional, cuyo espíritu ya sabemos cual es, podría en parte justificarse, porque nuestra Constitución tiene una filiación humanista clara y limpia y, entonces, surge claro y limpio el concepto de libertad del hombre. Pero sacado de ahí, y puesto en función de un nuevo ordenamiento, adquiere, como digo, gravedad, y vamos a verlo.
Es una forma vaga, general, impreciso «El Estado no reconoce
libertad para atentar contra la libertad » Ya esta redacción en un cuerpo
constitucional da sobresalto. Me voy a referir a este aspecto.
Por esa especial redacción quedara la suerte de los
habitantes librada a la arbitrariedad y a la voluntad caprichosa o enfermiza de
los funcionarios encargados de cumplir la ley que vendrán a reglamentar esta
disposición respecto a que se entiende por actos atentatorios a la libertad, y
el sentido de esta vendrá a darlo la ley según las conveniencias políticas y
por lo tanto circunstanciales de cada época y de cada momento, los propios
legisladores cambiaran, según los casos en el ordenamiento legal el sentido
interpretativo de esa formula atentar contra la libertad. Y se prestara a que
los propios funcionarios den, a su vez, sus interpretaciones arbitrarias y
antojadizas en cada caso en que el hombre esta infringiendo una norma de
respeto o acatamiento a la voluntad del dictador.
Quiere decir que este artículo empieza a dejar desguarnecido
todo el sistema defensivo del individuo, empieza a poner en plano inclinado al
hombre para poder llegar, por distintas interpretaciones y cuerpos
legislativos, a la total privación de toda seguridad para su libertad.
Además de la supresión de esa garantía tiene también la
posibilidad de que el Poder Ejecutivo, interpretando a su manera esta
disposición, cometa también los mismos actos de arbitrariedad que serian
manifestaciones de su absolutismo.
En un interesante comentario reciente sobre la reforma de la
Constitución, publicado en «La Capital*, de Rosario, dice el reputado jurista
Ricardo Bielsa, lo siguiente «Esta fórmula tiene sin duda, un propósito, que
seria el de impedir que se propaguen doctrinas o se llegue a vías de hecho en
ejercicio de un derecho, para luego suprimirlo, conclusión paradojal aunque,
sin duda, posible Pero al punto se ve que la norma es algo declamatoria y poco
precisa. El derecho de emisión del pensamiento solo se admite como individual,
¿y por que no en forma colectiva si se trata de asociaciones licitas? Luego, lo
de «terreno doctrinal es mucho pedir. No todos los ciudadanos que defienden el
interés general y reprueban la demagogia, los peculados, la voracidad fiscal,
están en condiciones de actuar en el terreno doctrinal (que, por otra parte,
significa enseñanza, ciencias, sabiduría), pero eso ciudadanos pueden decir lo
que piensan. La humilde verdad ante los hechos casi siempre vale mas en
política que la doctrina. Yo mismo, que soy un doctrinario consumado, en cerca
de treinta años de cátedra, en el libro, en la prensa, he tenido tanto o mas
éxito en ese sentido con las publicaciones de carácter cívico, sin hacer
doctrina, sino señalando irregularidades. Por otra parte, el termino « doctrina
esta ahora un poco maleado por el indebido uso que de el se ha hecho. A todo se
le llama hoy doctrina. Quitarle el producto de su trabajo honesto al que ha
obtenido, para dárselo al fisco y este derrocharlo, es para algunos una
<nueva doctrina. Gritar «viva esto o aquello, querer ganar mucho y no
trabajar, es también una nueva doctrina. Culpar a otros de los errores propios
es otra doctrina»
Hasta aquí Bielsa. Eso en cuanto a la variedad de
interpretaciones que caben dentro de esta disposición vaga, imprecisa y, como
bien lo dice del tipo declamatorio.
Pero vamos a la segunda parte, que es mas grave «El Estado
no reconoce organizaciones nacionales o internacionales, cualesquiera sean sus
fines, que sustenten principios opuestos a las libertades individuales que
consagra esta Constitución »
Observemos bien que este articulo tendrá que ser
interpretado en función del nuevo ordena miento constitucional y entonces habrá
que poner la mente en función de ese ordenamiento cuando dice <opuestos a
las libertades individuales reconocidas en esta Constitución.
Es de preguntarse cuales serán las libertades individuales
que reconocerá la Constitución del peronismo. No pueden ser otras que aquel
sistema que permita al individuo desenvolverse sin necesidad de expresar sus
ideas, sin necesidad de emitir sus opiniones contrarias a las doctrinas del
peronismo; que no crea urgente para los intereses de la Republica editar un
diario que denuncie la inmoralidad administrativa, que no se atreva a enseñar,
explicar y profesar ideas contrarias a los regimenes de fuerza, a la economía
dirigida, que no se atreva a sostener que no puede haber monopolio del Estado
para la comercialización de los productos populares sus organismos, que no
sostenga la libre iniciativa privada en cuanto a determinados aspectos de la
economía y de la cultura, que no profese doctrinas filosóficas que hagan al
hombre portador de valores eternos y, por tanto, reclame un clima de libertad,
porque todo ello minaría la base del régimen totalitario, siempre que no
sostenga la necesidad de restaurar el federalismo, porque seria contrario a la
Constitución, que no ataque las facultades dictatoriales del presidente de la
Republica, porque eso esta consagrado en la Constitución nacional Es decir, no
podrá usar de esas libertades que consagra dentro de su claro espíritu nuestra
Constitución nacional. Estas han quedado abolidas por la instauración del nuevo
ordenamiento jurídico que traen las disposiciones que aconseja aprobar el
despacho de la Comisión Revisora, teniendo en cuenta que este sistema jurídico
ya está vigente por la dictadura instaurada de hecho en el país. No debemos
olvidar que esto es mucho más serio de lo que aparece de la simple lectura. El
nuevo ordenamiento jurídico surge como sistema defensivo de la dictadura
instaurada, y como todo cambio de conceptos para el uso del poder presupone, a
su vez, un sistema de ideas en vigencia, se opera con la introducción de estas
reformas una revalorización del sistema de las libertades individuales. Hay una
nueva conceptuación filosófica. Es otra idea del hombre y por lo tanto de la
libertad, la que pide su vigencia, en las reformas propuestas.
Luego, dentro de esta nueva valoración de las libertades
individuales y de la personalidad humana, transpersonalizada, porque pasa al
Estado —supremo bien—, serán punibles todos los actos que tiendan a defender
las libertades que hacen a la esencia del hombre tal cual lo siente, vive y
defiende el hombre argentino (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
Por estas razones y otras mas que por falta de tiempo no
puedo desarrollar, quedaran excluidas todas las agrupaciones políticas como la
Unión Cívica Radical —de profunda base humanista y por lo tanto democrática—, a
pesar de que el miembro informante de la mayoría dijo que era para los partidos
antidemocráticos. Y en cuanto a lo que dice atentatorias «al sistema
democrático cabe la misma reflexión. El concepto o valoración de la democracia
también cambia. Esta debe acondicionar su sistema jurídico defensivo para esa
idea del hombre y de la libertad, que ya hemos apuntado.
Entonces, será atentar contra el concepto de democracia que el peronismo nos introduce en la Constitución, que, claro esta, no será la que exige la concepción argentina fundándose en la idea del hombre portador de valores eternos. Por lo tanto, dentro de ese plano equivoco ese sistema represivo para eliminar de la vida política argentina a los partidos que exaltan al hombre en su libertad, que quieran afirmar una democracia efectiva, y también habrán quedado excluidos del ordenamiento defensivo del país todos los hombres que pretendan implantar concepciones filosóficas fundadas en la libertad humana
Sr. Visca. — Es una afirmación temeraria
Sr. Presidente (Mercante) — No interrumpa el señor convencional al orador que esta en el uso de la palabra.
Entonces, será atentar contra el concepto de democracia que el peronismo nos introduce en la Constitución, que, claro esta, no será la que exige la concepción argentina fundándose en la idea del hombre portador de valores eternos. Por lo tanto, dentro de ese plano equivoco ese sistema represivo para eliminar de la vida política argentina a los partidos que exaltan al hombre en su libertad, que quieran afirmar una democracia efectiva, y también habrán quedado excluidos del ordenamiento defensivo del país todos los hombres que pretendan implantar concepciones filosóficas fundadas en la libertad humana
Sr. Visca. — Es una afirmación temeraria
Sr. Presidente (Mercante) — No interrumpa el señor convencional al orador que esta en el uso de la palabra.
Sr. Sobral. —
Entramos ahora a los llamados derechos del trabajador.
El despacho de la comisión aconseja la introducción, en la
Constitución, de los derechos del trabajador.
No voy a trazar el desenvolvimiento del constitucionalismo
social —después de terminada la guerra del 14— ni a enunciar los rasgos comunes
de las constituciones europeas después de dicha conflagración, para estudiar la
tendencia que se ha dado en llamar racionalización del poder al someter todo el
conjunto social al derecho. No vamos tampoco aquí —porque seria una tarea
inmensa y extraña a nuestra propia naturaleza de cuerpo político y sobre todo
por el sentido que tiene esta reforma— a destacar la labor que ha cumplido la
ciencia jurídica para la formación de estos cuerpos legales de sentido social.
Basta decir que grandes teóricos del derecho, como Kelsen y Preuss, aquel al
redactar la Constitución de Austria y este inspirando la Constitución de
Weimar, proclamaban los derechos sociales y la economía social.
No seguiremos estos textos constitucionales que miran al
hombre social y le limitan sus derechos en base a los intereses generales de la
sociedad. Tampoco vamos a referirnos al movimiento en America, que se inicia
con la reforma de la Constitución de Méjico en 1917. Seria interesante, aunque
no me es posible por el tiempo limitado que tengo para hablar, seguir el
desenvolvimiento del llamado constitucionalismo social a través de distintas
constituciones, para estudiar su realidad política y social. Hay textos en
realidad interesantes como los artículos 80, 111, 112 de la Constitución de
Danzig de 1920, la del artículo 25 de la ley fundamental de Estonia de 1920, la
del artículo 99 de la Constitución polaca de 1921, los de Yugoslavia y las
actuales constituciones de China e Italia. Esto nos serviría para demostrar
como todo lo que recoge el movimiento constitucional ya estaba dado en la
conciencia social y jurídica de la época de posguerra, época de la crisis del
hombre, del hombre que, poseedor de los secretos de la ciencia y la técnica, no
pudo lograr su felicidad, del hombre en extravío, en angustia de rumbo. Por eso
los nuevos ordenamientos sociales y jurídicos no vieron que allá, en lo mas
hondo del conflicto, estaba el hombre azorado, perplejo ante la catástrofe. Se
quería encontrar a si mismo y no podía Constituciones, cambios de regimenes,
nuevos ordenamientos todo inútil. El fondo estaba inalterable y el desasosiego
crecía. Es que seguía poniendo su fe en las instituciones, en las cosas, y
había olvidado su quehacer de eternidad, y en este desasosiego, estaban dados
todos los supuestos psicológicos para la desconstitucionalización de un estado,
de un orden jurídico que lo lleva a la muerte en la inutilidad de los
sacrificios. Buscaba otra cosa, quena salvarse, no se resignaba a morir Por
eso, ante el espectáculo que ofrecía Europa, en especial en algunos Estados con
constituciones con grandes declaraciones sociales, que se convertían en tiras
de papel, decía Guetzevich «Esta regresión política que se observa en algunos
países no significa que las nuevas constituciones hayan sido malas o que la
idea de democracia ha sido impotente o prematura, en los países en que la vida
se desenvuelve fuera de las constituciones, donde los hechos dominan al
derecho, había y hay motivos profundos que no tienen nada que ver con los
textos constitucionales.
La crisis proviene no de un exceso de democraticismo inscrito en la constitución, sino de lo contrario es una crisis de la psicología nacional y no de las instituciones democráticas » Debemos, pues, estar prevenidos cuando empiezan las declamaciones de los derechos sociales y no se atiende al fondo del problema moralizar al hombre, refirmarlo en su fe en si mismo en su propio destino, llenarlo de eternidad. No estimular, ante su tragedia espiritual, sus apetencias irracionales, no hacer su desmoralización, que es la sublimación de su animalidad.
La crisis proviene no de un exceso de democraticismo inscrito en la constitución, sino de lo contrario es una crisis de la psicología nacional y no de las instituciones democráticas » Debemos, pues, estar prevenidos cuando empiezan las declamaciones de los derechos sociales y no se atiende al fondo del problema moralizar al hombre, refirmarlo en su fe en si mismo en su propio destino, llenarlo de eternidad. No estimular, ante su tragedia espiritual, sus apetencias irracionales, no hacer su desmoralización, que es la sublimación de su animalidad.
Seria interesante demostrar como las dictaduras se
aprovechan de la propia legalidad y sistema jurídico de las constituciones de
las democracias liberales que enjuician, para instaurarse de hecho. El informe
de la mayoría así lo demuestra. Podríamos estudiarlo en Italia y en Alemania,
en especial en esta ultima. El profesor Jellinek, entre otros, ha estudiado
este fenómeno político en Alemania, pero anotemos únicamente un hecho cuando el
19 de febrero de 1933 Hindenburg disolvió el Reichstag, y en las elecciones del
nuevo el nacionalsocialismo logra una extraordinaria mayoría, se anuncio la
crisis de la Constitución de Weimar. Los febreros suelen ser signos de
agorería. A pesar de la mayoría obtenida el partido no tuvo la mayoría
necesaria para imponer una reforma de la constitución. Pero ese Reichstag
aprobaba, por inmensa mayoría, la celebre ley de «plenos poderes y esta, como
dice Posada, realiza la originalísima operación política de
desconstitucionalizar el régimen alemán. Desde ese instante empieza a
organizarse el principio del fuhrer »
Así empieza la quiebra del constitucionalismo social y sobre
las bases de la quiebra de ese constitucionalismo social —clima propicio para
las dictaduras— porque ya el hombre sale de si mismo para ir en busca de una
salvación exterior porque pone su fe en un «orden», en el Estado, y entonces
surge la forma del absolutismo que liquidara la personalidad humana. Por eso,
señor presidente, cuando vemos propuesto, al lado de los derechos del
trabajador y otros derechos sociales, el estado de prevención y alarma, que no
esta dado con recaudos defensivos, y las nuevas disposiciones que la
justifican, podemos anunciar, sin temor a equivocamos, que ese articulo 23 del
despacho será la «ley de plenos poderes, la que otorgara facultades
extraordinarias al presidente de la Republica (Aplausos)
Pero hay algo más. A pesar de todas las declaraciones en el
sentido de que quien inicia la política social en nuestro país es Perón puedo
manifestar que en esta materia el peronismo no ha encontrado en falencia a la
Unión Cívica Radical.
Esta política se ha iniciado cuando llegó al gobierno el radicalismo
en el año 1916. El fue el primero que en este país habló de la justicia social
fue el primero que dio las bases para la organización de la misma. Los derechos
del trabajador los encontró el radicalismo realizable dentro de la propia
Constitución nacional, porque al sostener esta los derechos del hombre, dentro
de la concepción humana del radicalismo las leyes reglamentarias del trabajo
podrían formularse sin ninguna dificultad. Por eso frente a los derechos del
trabajador, hallazgo del peronismo podemos decir que el radicalismo ya los
había consagrado hace 30 años en su proyecto de código del trabajo.
—Hablan varios señores convencionales a la vez, y suena la campana.
Sr. Sobral. —
Frente a estos derechos del trabajador en declaraciones literarias esta el
código de trabajo remitido en 1921 al Congreso Nacional y los anteriores
proyectos sobre conciliación y arbitraje, asociaciones profesionales y contrato
colectivo de trabajo que ya habían abierto perspectivas infinitas para una
política social en el país, que vino a frustrar el movimiento del 6 de
septiembre, del cual son herederas las actuales fuerzas del peronismo (¡Muy
bien! ¡Muy bien! Aplausos)
En ese código de trabajo se consagraban todos los derechos
del trabajador de que ahora se habla, y algo mas el derecho de huelga la
libertad sindical y la pluralidad de sindicatos, que el peronismo no garantiza
(¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
—Hablan
varios señores convencionales a la vez, y suena la campana
Sr. Borlenghi —
No se preocupen los radicales de los sindicatos, que de eso nos preocupamos
nosotros.
—Hablan varios señores convencionales a la vez, y suena la campana
Sr. Sobral — El
código de trabajo, que consagraba el derecho de huelga, la libertad sindical y
la pluralidad de sindicatos, instauraba también el fuero del trabajo, la
conciliación y el arbitraje, el juez de salarios y el juez letrado de trabajo.
—Hablan varios señores convencionales a la vez, y suena la campana
Sr. Sobral —
Señor presidente antes de continuar desearía que la Presidencia me informara
que tiempo me resta de esta según la hora.
Sr. Presidente
(Mercante) —Treinta y seis minutos, señor convencional
Sr. Sobral —
¿Descontado el tiempo de las interrupciones?
Sr. Presidente
(Mercante) —Si, señor convencional.
Sr. Sobral — Como
todavía me quedan muchos aspectos que tocar en mi exposición pues tenemos que
fijar la posición de la Unión Cívica Radical en su propia doctrina y en su
propio programa, porque el radicalismo trae un pensamiento constructivo para
confrontarlo en este momento y demostrar por lo tanto que no hace una negación,
quisiera saber si es criterio del cuerpo que los miembros informantes de los
despachos dispongan nada más que de dos horas o si hay alguna posibilidad de
prórroga.
Sr. Lebensohn —
Señor presidente solicito que se acuerden treinta minutos más al señor
convencional por Córdoba.
Sr. Presidente
(Mercante) —Cuando termine el plazo de que dispone el señor convencional
por Córdoba, la Convención resolverá.
Sr. Lebensohn —
Debe resolverse con anticipación.
Sr. Sobral —
Tengo mucho material aquí y debo condicionar mi exposición según el tiempo de
que pueda disponer. No traigo mi discurso escrito como lo habrán comprobado los
señores convencionales. Por eso pido un pronunciamiento.
Sr. Presidente
(Mercante) — El señor convencional por Córdoba dispone de treinta y seis
minutos de la prórroga que le fue concedida.
Sr. Manubens Calvet.
— Pido que se resuelva acordarle treinta minutos mas sobre esos treinta y seis
minutos.
Sr. Presidente
(Mercante) —En el momento de terminar el plazo de que dispone el señor
convencional por Córdoba, será la oportunidad para considerar esa indicación.
Sr. Parodi Grimaux
—La oportunidad para mocionar la resolvemos nosotros.
Sr. Presidente
(Mercante) — El reglamento no permite considerar esa indicación en este
momento.
—Varios señores convencionales hablan a la vez, y suena la campana.
Sr. Lebensohn —
Señor presidente la indicación formulada para que se acordasen treinta minutos
más al señor convencional por Córdoba, era a los efectos de un ordenamiento
exacto de su discurso.
Sr. Presidente (Mercante) — Al terminar el plazo de que dispone el señor convencional, se podrá considerar esa indicación.
Continúa con la palabra el señor convencional por Córdoba.
Sr. Sobral —
Decía, señor presidente, y quería demostrar que dentro de nuestra actual
Constitución caben todas las formas jurídicas y legales que apunten a una
formulación de derechos sociales y a una reestructuración de su economía. Más,
en caso de reforma, son suficientes dos o tres disposiciones.
Por lo tanto, tal cual están propuestos estos artículos sobre los derechos del trabajador son inoperantes dentro de la concepción radical, no van al fondo del problema, porque para el radicalismo no esta el trabajador como tal sino la personalidad humana pidiendo su valorización en lo institucional. Por su dignidad ética el trabajo —como ya veremos— debe tener un tratamiento integral dentro del ordenamiento jurídico. Esto» señor presidente, esta ratificado por las propias palabras del general Perón. Dijo el general Perón en su discurso del 24 de febrero de 1947 «En mi concepto, los derechos naturales del hombre originados en su trabajo, surgen del simple análisis de sus necesidades y de las necesidades de la comunidad. Y agrega, presten atención, señores convencionales, a estas palabras «La conciencia social intuye la existencia de esos atributos esenciales, pero así como fue necesario y trascendente en su oportunidad enunciar los derechos y garantías que corresponden al hombre y al ciudadano por el solo hecho de revestir tales caracteres »
Aquí, Perón se da filiación con el iluminismo que el doctor Sampay enjuicia, porque hace del derecho su instrumento regulador. Al decir de Soler, es «el sistema de dar libertad al hombre por medio de normas jurídicas». Y Perón decía « por el solo hecho de revestir tales caracteres, con la ventaja de objetivarlos en una declaración, e inculcarlos mediante su difusión en los actuales momentos de incertidumbre por que atraviesa el pensamiento social, considero que la declaración de los Derechos del Trabajador ha de contribuir igualmente en la consecución de análogas finalidades ». Y aquí viene lo más tremendo y quita todo el sentido que los ingenuos creen. Dice «Resulta innecesario advertir que esa declaración no ha de tener la virtud de resolver por si sola la totalidad de los problemas que afectan al orden social, pues como hemos expresado, sus reformas acusan una relación de intima dependencia con factores económicos y de producción de riqueza que constituyen, para ser viables, las soluciones pertinentes»
Por lo tanto, tal cual están propuestos estos artículos sobre los derechos del trabajador son inoperantes dentro de la concepción radical, no van al fondo del problema, porque para el radicalismo no esta el trabajador como tal sino la personalidad humana pidiendo su valorización en lo institucional. Por su dignidad ética el trabajo —como ya veremos— debe tener un tratamiento integral dentro del ordenamiento jurídico. Esto» señor presidente, esta ratificado por las propias palabras del general Perón. Dijo el general Perón en su discurso del 24 de febrero de 1947 «En mi concepto, los derechos naturales del hombre originados en su trabajo, surgen del simple análisis de sus necesidades y de las necesidades de la comunidad. Y agrega, presten atención, señores convencionales, a estas palabras «La conciencia social intuye la existencia de esos atributos esenciales, pero así como fue necesario y trascendente en su oportunidad enunciar los derechos y garantías que corresponden al hombre y al ciudadano por el solo hecho de revestir tales caracteres »
Aquí, Perón se da filiación con el iluminismo que el doctor Sampay enjuicia, porque hace del derecho su instrumento regulador. Al decir de Soler, es «el sistema de dar libertad al hombre por medio de normas jurídicas». Y Perón decía « por el solo hecho de revestir tales caracteres, con la ventaja de objetivarlos en una declaración, e inculcarlos mediante su difusión en los actuales momentos de incertidumbre por que atraviesa el pensamiento social, considero que la declaración de los Derechos del Trabajador ha de contribuir igualmente en la consecución de análogas finalidades ». Y aquí viene lo más tremendo y quita todo el sentido que los ingenuos creen. Dice «Resulta innecesario advertir que esa declaración no ha de tener la virtud de resolver por si sola la totalidad de los problemas que afectan al orden social, pues como hemos expresado, sus reformas acusan una relación de intima dependencia con factores económicos y de producción de riqueza que constituyen, para ser viables, las soluciones pertinentes»
Pero he aquí que aparece la más extraordinario temeridad,
algo que nos deja perplejos. Si esto es así, sin ningún valor, sin ningún poder
de transformación, sin algo que lo justifique, preguntamos ¿por que los incorpora
a la Constitución si ellos nada solucionan y ya estaban implícitamente dados en
el orden constitucional?
El general Perón contesta con esta desaprensión «Tendrá sin embargo, la importancia de fijar los objetivos de la obra de gobierno en forma que la tarea a realizar, aun cuando solo sea una etapa en el proceso de los años futuros, cualquiera una orientación racional y solo se halle limitada en la consecución de sus fines ulteriores por las posibilidades materiales de que disponga. Es decir, toma a la Constitución Nacional de cartel era de su propaganda política, electoral y demagógica, como quien pegara un afiche en un santuario (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
El general Perón contesta con esta desaprensión «Tendrá sin embargo, la importancia de fijar los objetivos de la obra de gobierno en forma que la tarea a realizar, aun cuando solo sea una etapa en el proceso de los años futuros, cualquiera una orientación racional y solo se halle limitada en la consecución de sus fines ulteriores por las posibilidades materiales de que disponga. Es decir, toma a la Constitución Nacional de cartel era de su propaganda política, electoral y demagógica, como quien pegara un afiche en un santuario (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
—Varios señores convencionales hablan a la vez, y suena la campana.
Sr. Presidente (Mercante)
— No interrumpa los señores convencionales al orador que está en el uso de la
palabra.
Continúa con la palabra el señor convencional por Córdoba.
Sr. Sobral. —
Pero, señores convencionales, para nosotros, para la Unión Cívica Radical, el
trabajo no es un medio para satisfacer necesidades, como dice el general Perón
en el primer derecho que enuncia. No es tampoco el trabajo una mercancía,
porque no se le puede concebir separado, escindido de la propia personalidad
humana Por nuestra concepción del hombre pleno —concepción esencialmente
argentina de seculares raíces—, el trabajo es un esfuerzo tendiente a la
realización del destino personal. Es mi acción, pero impulsada desde adentro,
porque ella es el desenvolvimiento de la libertad misma, realizando integralmente
mi personalidad. El hombre es esfuerzo porque en ello va el sentido de la
dignidad. Aquí encuentra explicación de que mi personalidad en lucha, a veces
dramática, por mi perfeccionamiento, y en este va el elemento espiritual que le
acuerda el atributo ético, porque en ese elemento espiritual van mis ansias de
infinito. Así se explica que el hombre argentino se sienta portador de valores
eternos. Pero también en esta acción mía, en este esfuerzo mío, que se apoya en
las cosas porque son sus medios para realizar su trascendencia— el hombre en
busca de Dios, —el trabajo no tiene un fin lucrativo en si mismo, porque seria
degradar al hombre, sino ese aspecto material lo usa en la medida que le hace
falta para cumplir sus fines. Entonces, este quehacer me humaniza, y esta
categoría moral la voy logrando a medida que voy comprendiendo y sintiéndome
solidario en un destino común. Trabajo como servicio, o sea hombre en comunidad
pero sin transferir su individualidad, su yo. Mi destino es mío aunque me siento
solidario y responsable en un destino común de humanidad. Nadie tiene derecho a
torcer mi destino.
Será el hijo de mis obras, no de mi rango por nacimiento o por fortuna, sino por merecimiento. Mi señorío es carga de deberes y obligaciones. Entonces no debe haber en lo social parcialidades por clases o rangos de fortuna, sino grado de merecimientos en obras, en acción. Trabajo en nobleza, en dignidad moral, es decir, hombre en plenitud, en eternidad. Por eso nadie tiene derecho a quitarme mi trabajo para su beneficio, o sea, lo que a mi me corresponde en la tarea, no por lucro, sino porque esa parte la realiza mi trabajo para cumplir fines de mi personalidad. El trabajo no es un objeto mío que lanzo al mercado, el en si no tiene valor económico, sino humano porque el crea todos los valores que el hombre debe aprovechar para su desenvolvimiento. Replanteo de una concepción económica y social que debe partir del hombre. Humanización, si, de la economía y de la vida. Postura, a mi ver, esencialmente argentina. La profesión de fe doctrinaria de la Unión Cívica Radical ya lo dice «El radicalismo cree que solo una cruzada de honda pulsación humana por la liberación del hombre contra todas las formas degradantes del imperialismo y del absolutismo, en todos sus aspectos, podrá salvar al mundo en su grave crisis, así como renovar su fe en los destinos de los pueblos, de nuestra gran hermandad continental unida en su libre soberanía y luchando por conquistar juntos los instrumentos de la liberación política y el sistema de garantías sociales contra todos los privilegios económicos que ahogan la libertad y niegan la justicia.
En esta concepción va toda la postura, en lo político, de la
revolución humanista que trae la Unión Cívica Radical. En este concepto del
hombre argentino va la profunda transformación social.
Con este concepto del trabajo nos tienen que abrir a todos,
sin privilegio para nadie, el acceso a la propiedad, porque mi actividad, mi
esfuerzo, mi trabajo, en fin, tienen necesidad de apoyarse en ella como medio
para realizar sus fines y al tomarla la hago mía, la incorporo a mi destino y
solamente así me es un bien valioso. No la tomo para que ella, fuera de mi, me
de goces sensuales, fines materiales ella debe valer y justificarse en mi
pertenencia en la medida que me sirve para poder realizar mi destino en ansias
de eternidad y en busca de Dios (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos) De Dios, digo
señores convencionales, con honda emoción, porque lo siento en mi, a mi imagen
y semejanza, haciéndome eterno, pero sin quitarme mi yo, mi insobornable
individualidad.
Por eso para mi el hombre cargado de eternidad hace los medios tan plenos de sentidos morales que nadie tiene derecho a tomarlos en su exclusivo beneficio, a apoderarse de esos instrumentos de producción puestos ahí para todos para que todos cumplamos nuestros fines y entre estos medios el esencial al hombre, el de la tierra Por eso para nosotros la propiedad, el trabajo y la economía hacen un todo inseparable, forman un complejo social, pero en función del hombre, y por lo tanto accesibles a ellos todos nosotros es decir las cosas al servicio del hombre y no al manejo ni al servicio del Estado (¡Muy bien! ¡Muy bien!)
Por eso para mi el hombre cargado de eternidad hace los medios tan plenos de sentidos morales que nadie tiene derecho a tomarlos en su exclusivo beneficio, a apoderarse de esos instrumentos de producción puestos ahí para todos para que todos cumplamos nuestros fines y entre estos medios el esencial al hombre, el de la tierra Por eso para nosotros la propiedad, el trabajo y la economía hacen un todo inseparable, forman un complejo social, pero en función del hombre, y por lo tanto accesibles a ellos todos nosotros es decir las cosas al servicio del hombre y no al manejo ni al servicio del Estado (¡Muy bien! ¡Muy bien!)
Porque la Unión Cívica Radical también hace del Estado un
medio, y el Estado, como espíritu objetivado del hombre, se va transformando
con el hombre mismo y se va adecuando a sus fines morales.
Por lo tanto la Unión Cívica Radical no es un simple
partido, no es una parcialidad de lucha en su beneficio ni una composición de
lugar para tomar asiento en los gobiernos, sino el mandato -patriótico de
nuestra nativa solidaridad nacional y la intransigencia con que debe ser
cumplido el sentimiento radical indeclinable de la dignidad cívica. Argentina.
Esa es la razón por la que el radicalismo es una concepción de vida, de la vida
toda del pueblo, y la revolución radical al plantearse partiendo del hombre y
de su libertad, hace de la política una creación ética indivisible en lo
nacional o internacional, que abarca todos los aspectos que al hombre se refiere
desde el religioso hasta el económico. Por eso el radicalismo no se divide
según las parcialidades de clases, de razas ni de oficios, sino que atiende al
hombre como hombre, con dignidad, como ser sagrado. En el proceso transformador
que vive el mundo, transformose también el Estado, pero el radicalismo,
centrado en su preocupación por el hombre no puede invertir los fines del
Estado, cuyo intervencionismo solo puede referirse a la administración de las
cosas y a los derechos del espíritu, morada de la libertad humana. El mundo
entero sufre de un mal profundo proveniente de no adecuar las posibilidades
materiales modernas a fines de la emancipación del hombre.
Queda el problema de la tierra. No tengo tiempo para
desarrollarlo como era mi propósito. Es el tema candente y angustioso de
nuestra argentinidad el traer el hombre a su tierra. Tengo en mis apuntes los
antecedentes del radicalismo en su lucha por el rescate de la tierra pública
para demostrar "como se ha detenido su gran política revolucionaria en
materia agraria. Es que dentro de este concepto encontramos justificado en toda
su significación y plenitud nuestro sentido de la libertad y, por lo tanto, nos
permite comprender mejor nuestro federalismo. El hombre argentino solamente
sabe que su tierra mas que una función social tiene una función histórica, y
tiene una función histórica cuando la incorpora a su destino, cuando la
necesita para el cuando se consubstancia con ella porque en ella se da en vida
complete su unidad moral (¡Muy bien! ,Muy bien! Aplausos)
El país esta desargentinizado porque el hombre ha salido de
su tierra. La Unión Cívica Radical hace del problema de la tierra el problema
del destino del hombre argentino.
El radicalismo hace del problema de la tierra la gran
bandera revolucionaria, porque la Unión Cívica Radical, portadora de la
revolución histórica argentina que parte del hombre, solamente concibe la
tierra en función de ese hombre.
—Hablan simultáneamente varios señores convencionales.
Sr. Sobral —
Hubiera querido detenerme en este aspecto del problema agrario. Para nosotros
esta todo el destino argentino en el. Pero ante la imposibilidad de hacerlo
dentro de los pocos minutos que me faltan quiero decir algunas palabras sobre
el artículo 38 que propone incluir el despacho de la comisión. Este articulo
trata sobre el tema de la propiedad privada. La novedad de la reforma para el
peronismo, es declarar en la Constitución su función social». De haber tenido
tiempo hubiera demostrado como el radicalismo con su política social introdujo
en la modificación de las leyes el concepto de función social de la propiedad
privada ¿Que otra cosa fueron, entre otras, las leyes sobre arrendamientos de
casas y departamentos, la fijación del precio de los arrendamientos agrícolas y
la de los alquileres, la de expropiación del azúcar, el proyecto de código de
trabajo, etcétera? Leer estos mensajes de Yrigoyen es demostrar como para la
Unión Cívica Radical esta es ya una etapa superada.
Además, la conciencia jurídica de la época, desde hace mucho tiempo —lo hubiera demostrado con los fallos de la Suprema Corte nacional—, ya da todo esto por aceptado. También habríamos visto que nuestro propio Código Civil introduce el interés general como restricción al dominio. Luego, dentro de los artículos 1 y 17 de nuestra Constitución Nacional cabe cualquier legislación que toma a la propiedad en función social. El radicalismo inició en el país esta orientación sin reformar nuestra Constitución Nacional.
Lo mismo podríamos haber demostrado, y aquí tengo sobre mi banca abundante material para demostrarlo, que la Unión Cívica Radical inicio la política intervencionista en materia patrimonial, y en especial agrícola. Ahí están los mensajes de Yrigoyen sobre la defensa de los intereses campesinos, pero el intervencionismo del Estado como tutelador de los intereses generales.
Además, la conciencia jurídica de la época, desde hace mucho tiempo —lo hubiera demostrado con los fallos de la Suprema Corte nacional—, ya da todo esto por aceptado. También habríamos visto que nuestro propio Código Civil introduce el interés general como restricción al dominio. Luego, dentro de los artículos 1 y 17 de nuestra Constitución Nacional cabe cualquier legislación que toma a la propiedad en función social. El radicalismo inició en el país esta orientación sin reformar nuestra Constitución Nacional.
Lo mismo podríamos haber demostrado, y aquí tengo sobre mi banca abundante material para demostrarlo, que la Unión Cívica Radical inicio la política intervencionista en materia patrimonial, y en especial agrícola. Ahí están los mensajes de Yrigoyen sobre la defensa de los intereses campesinos, pero el intervencionismo del Estado como tutelador de los intereses generales.
Si vamos a nuestro programa de acción política en materia
agraria veremos como en este aspecto del problema de la propiedad, y dentro de
este el de la propiedad de la tierna, la Unión Cívica Radical ya esta en la
etapa esencialmente transformadora. El articulo que se propone incluir es, como
los anteriores, inoperante, carecen ellos de poder transformador, pero si le
dan al Estado, mejor al gobierno facultades para poner la economía del país al servicio
de los intereses de las camarillas que los sostienen y a quienes representan.
Además, ya lo dije para la Unión Cívica Radical, por el sentido de su
revolución histórica que parte del hombre, trabajo, propiedad, economía y
riqueza forman un solo complejo. Por ello los artículos 38, 39 y 40 son vagos,
imprecisos y dejan en pie todo el sistema capitalista que pretenden
transformar. Hubiéramos demostrado aquí, con la doctrina y programa del
radicalismo, como nuestra posición va al fondo del problema. Pero el tiempo me
viene exigiendo y solo doy grandes líneas.
También hubiéramos demostrado las grandes luchas del
radicalismo por la defensa y rescate de la tierra publica. Por su concepción
sostiene su no enajenación. La reforma del peronismo mantiene las disposiciones
constitucionales que autorizan la venta de la tierra pública (aplausos) Es que,
señores convencionales, la Unión Cívica Radical, y eso hubiera querido
demostrarlo, hace de su programa de revolución agraria el problema integral de
la recuperación del destino argentino (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
Sabe que del contacto del hombre argentino con su tierra,
que aun no ha logrado, recién se creara el humanismo argentino en cuya búsqueda
estamos, no ese humanismo que nos quieren introducir por influencia foránea,
desargentinizando, que no responde a nuestra autenticidad. Por eso queremos
traer al hombre argentino para que se afirme en sus raíces porque solamente,
así consubstanciándose con la tierra, encontrara al espíritu de la patria en
sus infinitos proyecciones. La reforma del peronismo, ya lo dije, apunta a la
ciudad, a la vida urbana.
Ve los fenómenos sociales, políticos y económicos a través de ella. Y más dentro de esta concepción escindente de la realidad argentina, ve el desenvolvimiento del gran Buenos Aires, a cuyo servicio pone esta reforma de la Constitución en detrimento del interior del país. Se ha mirado el fenómeno social del urbanismo, el interior, pobreza, miseria. Como hubiera podido demostrar —aquí tengo mis apuntes—, la organización de la riqueza según el artículo 40 del proyecto de reforma, nada soluciona el desequilibrio económico del país, es decir, el litoral y el interior. Pero vendrán mejores tiempos
Ve los fenómenos sociales, políticos y económicos a través de ella. Y más dentro de esta concepción escindente de la realidad argentina, ve el desenvolvimiento del gran Buenos Aires, a cuyo servicio pone esta reforma de la Constitución en detrimento del interior del país. Se ha mirado el fenómeno social del urbanismo, el interior, pobreza, miseria. Como hubiera podido demostrar —aquí tengo mis apuntes—, la organización de la riqueza según el artículo 40 del proyecto de reforma, nada soluciona el desequilibrio económico del país, es decir, el litoral y el interior. Pero vendrán mejores tiempos
Para dejar este aspecto terminado ante el total silencio, en la reforma del problema de la tierra en su proyección histórica argentina solo puedo decir ahí esta el problema del radicalismo iniciando la gran política agraria, cuando dice Yrigoyen en su celebre mensaje que el rescate de la tierra nativa se hará en tiempo y forma. Y este intervencionismo de distribución y parcelación, pero dejando el problema vivo de la entrega de la tierra pública según la reforma peronista, ese problema lo ha superado el radicalismo hace 30 años. Por eso el radicalismo ya esta hoy en otra cosa. Frente a esa disposición intrascendental, sin ninguna operancia en la transformación de la vida económica y de los valores humanos argentinos, el radicalismo declara en su concepción ecuménica y universalista que la tierra, siendo de Dios, le pertenece a todos los hombres por igual (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
El plazo se me vence, señor presidente. Ya no me es posible hablar sobre el articulo 23 del despacho, o sea del estado de prevención y alarma, tremenda facultad extraordinaria acordada al Poder Ejecutivo. Podría demostrar, con todos los antecedentes institucionales del país y nuestra propia historia, como esta disposición liquida una magnifica tradición argentina en defensa de las libertades individuales. Hubiera sido conveniente recordar esos ricos antecedentes y como la disposición del articulo 23 de nuestra Constitución se hizo con nuestra sangre en lucha dura, áspera y bravía, defendiendo el hombre su libertad frente a la prepotencia del Estado o a la arbitrariedad del poder. Con la modificación introducida sufre el espíritu argentino su mas violenta contorsión, para ser reemplazado por un sentido de la vida que no es su autenticidad, es decir, lo esencialmente argentino. El hombre en sumisión y en esclavitud, en cuanto a los dones de su espíritu, no es nuestro.
Tampoco me seria posible estudiar la modificación al
Preámbulo, que, al introducir «socialmente justa, económicamente libre y
políticamente soberana», se hace con fines electorales, porque estos anhelos
—fines de la nacionalidad misma— ya estaban en la redacción del Preámbulo,
porque el es la síntesis armoniosa del espíritu de la Nación. Y el propio
despacho al aconsejar la palabra «ratificar> ya lo esta demostrando. Tampoco
me será posible estudiar los poderes que se le acuerdan al presidente de la
Republica, que desde mañana el Poder Ejecutivo será, sin lugar a dudas, una
dictadura constitucional, mejor dicho, se instaura con esta reforma la
desconstitucionalización de la Republica. Así empezaron embozadamente regimenes
totalitarios. Las rutas quedan abiertas.
Para dar por cerrada estas apuntaciones de temas que ya no puedo considerar, voy a referirme en pocas palabras a la reelección. Otro compañero de sector lo va a hacer en extensión. La reelección presidencial para nosotros no tiene el sentido de un enjuiciamiento a una persona, no tiene el precario alcance de ser oponentes a una determinada persona. Nosotros defendemos, con la no reelección, la política argentina en sentido de la propia argentinidad, en sus grandes direcciones ideales. Queremos —y eso lo hubiera demostrado de haber tenido tiempo de estudiar la prevención y alarma en los antecedentes constitucionales argentino—queremos nosotros evitar, por dolorosa experiencia, la instauración en el país de los regimenes de fuerza y la dictadura rosista. Queremos evitar los males que ya padeció la Republica, porque no nos olvidemos que dentro de la vida argentina discurren en lucha secular, para librar su final batalla, dos grandes corrientes la autocrítica, que nos viene desde lejos, que toma sentido cesarista en América, y que justifica todas las dictaduras, y la otra, la de la libertad, de la democracia, la pura y limpia, que tiene también sus raíces seculares por allá por las tierras de Castilla. Allá han luchado, y han luchado aquí, pero estamos librando nosotros la batalla final.
Nosotros nos sabemos herederos de este espíritu, por eso
reconocemos la filiación democrática en Mayo, por eso hemos levantado nuestra
concepción del hombre argentino. Y por otro lado, la otra concepción, la absolutista,
la de los Austrias y Felipes, la teocrática, la que también estrangula y
deforma a su forma el sentido de eternidad y el de religiosidad que tiene el
hombre.
Por eso estamos aquí librando la batalla secular de las dos
concepciones perfectamente bien definidas la vocación absolutista, cesarista, y
la concepción de la libertad democrática, y por lo tanto la del hombre.
Esto no va como una profecía, sino que es el capitulo final
del drama. Esta reforma es el enfrentamiento —ya vanas veces hecho en nuestra
historia y en el desenvolvimiento político— de esas dos corrientes. Una de las
dos tiene que sucumbir definitivamente, una de las dos tiene que quedar en el
camino como un antecedente de la evolución política argentina la que ustedes
representan o la que representamos y sentimos nosotros.
Una de las dos tiene que quedar, por eso se inicia aquí
abiertamente, braviamente, la lucha entre la que niega al hombre y la que lo
afirma, la que busca justificarse en cosas extrañas a lo constituye argentino y
la que quiere tomar el sentido de las jornadas futuras de nuestro pueblo,
afirmándose en los valores de su propia existencia.
Esta es nuestra radicalidad en función de patria, esta es
nuestra lucha, que después de la reforma de la Constitución nosotros juramos
sostener hasta el final en todas las circunstancias y aun con el riesgo de
nuestra vida, en bien de la patria (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos)
Esta es nuestra tremenda acusación, la de los hombres de una
agrupación cívica que nos liga como en una religión a los destinos del país,
que conoce todos los sacrificios, que sabe de todas las abnegaciones y
heroísmos mayores, que se ha jugado en todos los riesgos, y que estamos hoy
sabiéndonos, como nunca, la causa misma de la Nación.
Por eso, señor presidente, no entraremos a defender el
ordenamiento constitucional del 53 en la intangibilidad de sus disposiciones,
entraremos a defender el espíritu que ha creado esa Constitución del 53, que es
el espíritu universalista o ecuménico a que me réferi antes. Por eso estamos
aquí librando esa lucha. Aquí estamos de una vez por todas, frente a frente, la
Unión Cívica Radical, afirmada en tales valores, que inicia la lucha y la
proseguirá en cualquier forma, por la defensa de ese patrimonio de la patria
argentina, lucha que será bravía y heroica como lo exigen las circunstancias y
que obligan los actuales momentos.
La Unión Cívica Radical denuncia ante la historia y descarga
ante ustedes la responsabilidad de lo que pueda venir, pero la Unión Cívica
Radical, fervorizada, encendida en sus ideales, equivocada o no —el final dirá
si son ustedes o nosotros los equivocados—, equivocados o no, porque ustedes
también representan un trozo de la realidad argentina, que aquí se encuentra y
se confronta, pero con raíces distintas, pero una de las dos tiene que quedar
vigente en la articulación de la vida futura de la Nación. Por lo tanto, el
destino dirá quien ha tenido razón, pero mientras tanto, nosotros, los hombres
de la Unión Cívica Radical, midiendo todos los riesgos, conociendo, porque ya
los conocemos, todos los sacrificios, todos los renunciamientos y todas las
jornadas libradas en beneficio de esta patria nuestra que tan profundamente la
sentimos y la amamos, no formulamos un despacho en disidencia, sino que hacemos
una acusación ante la historia y contraemos ante ella compromiso de iniciar
mañana las grandes jornadas en defensa de la patria, que ha quedado con esta
reforma totalmente desviada de su auténtico camino para la plena realización de
su destino eterno.
Nada mas (¡Muy bien! ¡Muy bien! Aplausos prolongados Varios
señores)
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