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viernes, 16 de agosto de 2013

Arturo Frondizi: "Toma de Juramento a los miembros de la CSJN" (12 de mayo de 1958)

El Presidente de la Republica llega a tomar juramento a los Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Con este acto culmina el proceso de normalización institucional. Funcionan ya el Poder Legislativo y el Ejecutivo, elegidos por el pueblo y hoy se instala el más alto Tribunal de la Republica: la Corte Suprema de Justicia que establece la Constitución Nacional, o sea, una Corte total y absolutamente independiente.

I. Vigencia del Estado de Derecho
Esta ceremonia, que consagra la vigencia del estado de derecho, señala, con expresiva solemnidad, que ha llegado la hora de la ley. La ley en una democracia, es la voluntad del pueblo jurídicamente expresada. Por eso, el gobierno debe ser respetuoso de las normas que regulan el funcionamiento del régimen institucional y debe custodiar celosamente la integridad de los derechos sociales e individuales. Tendremos jueces independientes, que fallaran conforme a derecho y sobre los cuales no se podrá ni siquiera intentar ejercer presiones o influencias de ningún género.
Todos los habitantes gozaran —sin discriminación alguna— de la protección de la justicia y serán respetados en su libertad personal y de conciencia, en su honor y en sus bienes. La igualdad ante la ley será realidad tanto para partidarios como para adversarios de la orientación del gobierno y se asegurara la libre expresión de las ideas, el derecho de criticar y discrepar con las autoridades; así como se asegurara el respeto mas absoluto por la dignidad integral del ser humano, en el fuero de su conciencia y en el ámbito de su hogar. La hora de la ley significa que los deseos y las pasiones individuales y colectivas quedaran sujetos al orden jurídico, que es igual para todos, que a todos gobierna y a todos protege.
La instauración del estado de derecho asegura garantías jurídicas para el hombre que trabaja y para el hombre que produce. Ello equivale a decir que habrá seguridad y estabilidad, o sea, que se llenaran los requisitos jurídicos necesarios para promover el desarrollo económico y el progreso social. Solamente en un clima de seguridad y de estabilidad será posible imprimir al país el vigoroso impulso que reclama imperiosa- mente. El progreso exige esfuerzos y aportes de gran envergadura, que solo podemos esperar si existe certeza acerca del curso futuro de la Nación.
Las garantías jurídicas alcanzaran a todas las personas, las instituciones y los bienes. Los hombres y las creaciones de los hombres forman parte de una realidad concreta, económica, social y cultural, que integra un proceso histórico. Como todo proceso histórico es esencialmente dinámico e irreversible. Por ello, cuando señalamos el advenimiento de la era del derecho y de la ley, hacemos referencia a la norma jurídica como instrumento superior puesto al servicio de la justicia y del progreso. Afirmamos la ley como garantía del desarrollo nacional y no como cristalización del derecho, que carecería de sentido, desde que no hay cristalización de la Historia. El estado de derecho no debe ser un medio mas para mantener un "status" económico y social fundado en la injusticia. El respeto por la ley no importara la consolidación de ningún privilegio y significan la afirmación del sistema republicano y democrático que hemos adoptado los argentinos.
La ley debe servir a fines de libertad y de realización social e individual de la persona humana. Las instituciones, el derecho, la economía, deben estar pues- tos al servicio del hombre: he ahí el signo de la autentica democracia, política, económica y social.

II. Primacía de los valores jurídicos
Asistimos hoy, con emoción patriótica, a un acontecimiento que encierra un profundo significado moral y espiritual. Al afirmar la primacía de los valores jurídicos, nuestro país da clara evidencia de la madurez de su civilización. El pueblo argentino tiene conciencia de que las conquistas del derecho son las más efectivas, puesto que son triunfos del espíritu humano.
Para que el estado de derecho sea realidad es necesario que todos y cada uno de los argentinos asumamos personalmente la responsabilidad de adecuarnos espontáneamente a su vigencia. No es tan solo la aplicación severa de la ley y el acatamiento de los fallos de la justicia lo que da vigor al estado de derecho, sino la convicción, por todos compartida, de integrar solidaria- mente una comunidad basada en valores ético; y jurídicos. La vigencia del derecho solo es posible en un pueblo que lo sienta como suyo, y que luche por el derecho. Este  rige en virtud de órdenes dictadas por las altas jerarquías estatales, sino que nace en el fondo del acatamiento espontáneo y libre de los ciudadanos, que lo defienden como un elemento indispensable para la convivencia social y vida moral.
Debemos asegurar el sentimiento del derecho y conseguir, en los hechos, que cada habitante de la Nación tenga siempre amparo legal frente a los avances del poder publico y a las violaciones de sus derechos que provengan de los particulares. En este sentido, el cumplimiento que el gobierno preste a la ley profundizara y reafirmara el sentimiento del derecho en el seno del pueblo. El respeto por el honor y la independencia de los magistrados y el fiel cumplimiento de sus decisiones, contribuirán a consolidar nuestro estado de derecho y darán real sentido institucional al ejercicio del poder.
A cada ciudadano le cabe en este proceso gran responsabilidad, pero mayor es la de los magistrados y hombres de gobierno. Tan importante como la seguridad jurídica es la seguridad ética, que nace de la confianza absoluta que el pueblo tiene en la integridad moral de los hombres a quienes ha escogido para administrar justicia y ejercer el gobierno. Por ello, es fundamental el respeto que sea capaz de inspirar los hombres de leyes, porque la majestad de la justicia se asienta tanto sobre la dignidad ideal de la; instituciones, como sobre la dignidad moral de los magistrados que las integran.
El Poder Ejecutivo cumplirá, también, con su deber prestando pleno acatamiento a las decisiones del Poder Judicial y colocando al servicio de la Justicia toda la fuerza de que dispone por mandato de la Constitución.

III. Juramento constitucional
El presidente de la Nación tomara ahora juramento, en nombre del pueblo, a los cinco ciudadanos a quienes se ha conferido la extraordinaria responsabilidad de velar por el fiel cumplimiento de las normas que rigen la vida de la Republica. Como acto de respeto a la independencia del Poder Judicial, esta ceremonia se realiza en la sede del mas Alto Tribunal y el presidente pronuncia estas palabras antes —y no después— de que los futuros magistrados de la Corte presten el juramento constitucional. Cumplido este acto no abra otra relación entre los poderes del gobierno que aquella que señala la Constitución Nacional.

Señores jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: Os invito como presidente de la Nación Argentina a prestar el juramento que ordena la Constitución Nacional.





















Fuente: "La ley debe servir para la Libertad" - Discurso pronunciado al tomar juramento a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 12 de mayo de 1958 

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