Sr. Troccoli. — Señor presidente: entramos a este debate con
una gran comodidad política, porque cada vez que la Unión Cívica Radical fue
gobierno en la Republica gobernó sin necesidad de leyes represivas, discriminatorias
o persecutorias de las tendencias o de las posiciones políticas del país. Cada
vez que dejamos el turno no hizo falta el dictado de leyes de amnistía porque
no hubo presos políticos, persecuciones gremiales o sociales durante los gobiernos
radicales. En este mismo instante podriamos, tomando los anales del Congreso de
la Nación, repetir los debates y las exposiciones de nuestra bancada en
oportunidad de sancionarse leyes de amnistía en 1953 y en 1958. En definitiva, podríamos
repetir el texto del mensaje del presidente Illia cuando proponía al Congreso
la derogación de la legislación represiva creada en los turnos inmediatos
anteriores.
Me toca hoy exponer cuales son los motivos por los cuales la
Unión Cívica Radical tiene también urgencia en sancionar una ley de amnistía
que, además, la concibe como un instrumento condicionante del proceso de institucionalización
que acaba de tener su epilogo con instalación del gobierno constitucional del presidente
Campora.
Decía que si nos metemos en el túnel del tiempo podríamos
contabilizar, desde aquel luctuoso 6 de septiembre de 1930, que las instituciones
de la Republica han caído varias veces.
En cada una de las peripecias constitucionales argentinas y
en cada circunstancia hubo, por supuesto, motivos, a veces excusas aparentes;
pero el elemento mas activo de las crisis políticas de nuestro país que subyace
en esos episodios es una sociedad argentina dividida, en la que los distintos
sectores militantes del país se encuentran sometidos a enfrentamientos estériles
y a antinomias absurdas.
Mientras los argentinos estábamos entretenidos en las
escaramuzas de periferia. pequeños sectores minoritarios, vinculados con las
matrices del capitalismo internacional, operaban como bombas de succión.
La Argentina muestra hoy, en 1973, el absurdo espectáculo
que siendo uno de los países con mas potencias vitales, con recursos naturales
y humanos como ningún otro del mundo, se encuentra estancada, con una marcada
marginalidad social y una aguda dependencia externa.
Estamos ante una instancia suprema que impone urgentemente
vertebrar para la Argentina un sistema lucido, iluminado, de comprensión y
tolerancia, para fijar los grandes objetivos nacionales y, en torno de ellos,
sumar a un país integrado políticamente para empezar a transitar el camino de
la reconstrucción y para que la Republica vuelva a ocupar los puestos mas
elevados en el ranking de las naciones del mundo.
La Argentina necesita con urgencia un cambio. Es evidente
que no se conformara al hombre común del país con meros paliativos porque
reclama y tiene derecho a un nivel de vida digno y decoroso, al acceso fluido a
la cultura, a la atención de la salud de su persona y del núcleo familiar.
Hemos propuesto el camino hacia la búsqueda del cambio por
medios pacíficos, pero nos explicamos que frente a las frustraciones que se
vienen sumando y a todas las circunstancias que han ocurrido en el país, otros
hayan elegido la vía de la reacción violenta. Buscamos el cambio en paz, pero
que nadie lo entienda como «el de la paz de los cementerios. Queremos el cambio
activo, generador de las potencias con que el país cuenta para, en definitiva,
hacer posible el cumplimiento de los grandes objetivos nacionales.
Este es el encuadramiento de la amnistía, no tanto como un
olvido ni como una bajada de telón. Es una manera de concebir un punto de
partida. Queremos insertar la ley de amnistía en una porfiada empresa para
encontrar la democracia social, ubicándola en el marco del respeto de las
instituciones políticas del país.
Con esto queremos obturar los pozos de des- encuentro entre los
argentinos, para que, en definitiva, esta sociedad estancada, frustrada en su
propio destino, tenga la plataforma de des- pegue a fin de que la Nación se reencuentre
con los caminos de grandeza a los que tiene derecho.
El primer proyecto que nos remite el Poder Ejecutivo dispone
la amnistía como única atribución legislativa. Esto a primera vista da la impresión
de romper el equilibrio y la división entre los poderes del Estado. Pero fue
conservada gracias a la lucidez de los constituyentes de 1853, que
prudentemente creyeron que se presentarían momentos en la vida nacional en que,
por encima de toda valoración de justicia, seria necesario un olvido, reparando
así las condiciones para que la Nación se lance a una nueva etapa. Y esta es,
precisamente, la situación que estamos viviendo.
Para evitar que este instrumento de paz se pudiera convertir
en botín del vencedor, dejan- do conos do sombra, nuestra Constitución —casi
cayendo en redundancia— establece con claridad meridiana que las amnistías
deben ser amplias y generales para que sean tales. El proyecto a cuyo tratamiento
se encuentra abocada la Honorable Cámara tiene, precisamente, estas características.
No se da para una parcialidad. •
Es por ello que, como prenda de pacificación y convivencia,
superando detalles, superando el tratamiento que en particular he de formular a
continuación, desde ya manifestó que el proyecto merece nuestra general y
expresa aprobación.
Nuestras discrepancias en particular no son de fondo; más
bien deben ser interpretadas como una contribución disidente que tiende a
mejorar la estructura del proyecto.
No cabe entrar en el análisis del delito político. Es, en todo
caso. un concepto opinable y en evolución, que se relaciona con el modo y los
medios utilizados al margen del sistema legal impuesto para criticar, revocar o
exaltar un gobierno.
Pero corresponde tener en cuenta que este proyecto que
estamos analizando se embarca totalmente en la tesis subjetiva; especialmente,
en los incisos a), b) y c) del artículo 19. Ello puede conducir a un fin no querido
por el legislador: que se filtren en los beneficios de la amnistía personas que
van delinquido al margen de toda motivación política o ideológica.
Es por esto que, nosotros, a través del proyecto presentado
en el Honorable Senado, propusimos un criterio mas objetivo: «Concédase amnistía
general y amplia para todos los delitos políticos, comunes conexos y militares también
conexos cometidos hasta el 25 de mayo de 1973. Quedan comprendidos en esta disposición
los delitos y faltas cometidos por causas políticas, gremiales o
estudiantiles.»
También somos partidarios de que las personas damnificadas
por los hechos motivo de la amnistía obtengan alguna indemnización por parte
del Estado, que podrá subrogarse en sus derechos. De ahí que propongamos el siguiente
dispositivo: una ley especial dispondrá la indemnización a cargo del Estado por
los danos causados en las personas por los delitos comprendidos en los beneficios
de la amnistía. Es decir, que propiciamos un compromiso a través de una futura
ley que reglamentaria el sistema indemnizatorio.
Por otra parte, pensamos que el artículo 7° de la sanción
del Honorable Senado va más allá de la posibilidad constitucional porque otorga
la definitiva interpretación de la ley a la propia ley. Además, se decide que
el señor ministro de Justicia prácticamente aplique la amnistía.
Creemos que se mejoraría el texto que estamos considerando,
sin que se pierda el pronto tramite fijado, otorgando esa atribución al Poder Ejecutivo
el que dispondría la libertad de esos detenidos. Pero aquí agregamos que esta
medida es sin perjuicio de la actuación de los tribunales indicados en el artículo
siguiente, los que serán, en definitiva, quienes resolverán sobre la
procedencia de la referida amnistía.
Entrando ahora a la consideración del segundo proyecto de
ley referido a la derogación de la legislación represiva, debo decir, reiterando
lo que acá ya se ha manifestado, que el régimen instaurado en 1966 necesito del
establecimiento de un aparato represivo para intentar silenciar las expresiones
do protesta que creaba su política estructurada a espaldas del pueblo.
En esa forma fueron dictadas las mal llamadas leyes, que
paulatinamente sometieron a la Nación y a sus habitantes a regimenes jurídicos
de excepción a través de normas penales que estaban orientadas a reprimir y no
a conformar u orientar.
Mucho se ha dicho acerca de la frondosa legislación penal
dictada en los últimos siete años desde el gobierno y de las consecuencias que
produjo en la población, ya que lejos de someter las expresiones de protesta sirvió
para que en la represión el ciudadano afirmara con más fuerza aun su voluntad
de defenderse del régimen que lo gobernaba.
Al mismo tiempo, el régimen incursiono en reformas al Código
Penal sin tomar en cuenta lo establecido en el artículo 18 de la Constitución Nacional.
Frente a esta situación la Unión Cívica Radical postulo en su plataforma electoral
la necesidad de derogar toda legislación represiva.
Y eso por la tranquilidad espiritual que le daba la
circunstancia de que durante su gobierno, en el año 1964, y por mensaje del
Poder Ejecutivo, sus hombres ya habían planteado la eliminación de la legislación
represiva de tipo político existente en ese entonces; legislación cuya sanción
no había propiciado, como nunca lo hizo en su dilatada trayectoria en la vida política
argentina.
Con este concepto y por ser ocasionalmente hombres
preparados para vivir y defender la libertad, me resulta sencillo adelantar mi
conformidad con el mensaje del Poder Ejecutivo en cuanto dispone declarar sin
eficacia todas las normas penales sancionadas por el gobierno de facto,
entendiendo que por su origen y a veces también por su materia son violatorias
de principios constitucionales; es decir que se asienta en la buena doctrina
que sostiene que únicamente el Congreso de la Nación es órgano con capacidad
para dictar leyes en sentido formal, como lo establece el ya mencionado
articulo 18 de la Constitución Nacional.
Con relación al inciso 1° del articulo 49 del proyecto,
entendemos que debe ser incluido en su enumeración el agregado dispuesto por la
llamada ley 17.567 en el articulo 199 del Código Penal, ya que de no ser así sancionaríamos
el agravio de menor entidad a que se refiere el articulo 198, pero dejaríamos
en la impunidad, en lo que a aeronaves se refiere, los actos de violencia u
hostilidad seguidos de la muerte de alguna persona, que son delitos de una
trascendencia social mucho mayor.
Por ultimo, en cuanto a la comisión reformadora de las leyes
penales, cuya constitución se encomienda al Poder Ejecutivo, creemos que esta
bien que deba encararse la tarea de revisar todo el sistema punitivo a fin de
actualizar- lo frente a la realidad que hoy ofrece nuestra sociedad; pero
consideramos que esta comisión debe ser designada por ambas Cámaras del Congreso
tomando en consideración los antecedentes existentes en la materia y llamando a
su seno a representantes de las entidades vincula- das con el ordenamiento jurídico
e institucional del país.
Con la sanción que hoy daremos a la iniciativa originada en
el Poder Ejecutivo estamos concretando una exigencia de la voluntad popular,
que quiere que el proceso de normalización concluya no solamente con la amnistía,
que resuelve situaciones del pasado, sino que también advierte que es
importante la visión de futuro y que, en consecuencia, debemos eliminar todos
los vestigios de una estructura totalitaria que hemos heredado.
En lo que se refiere al último proyecto remitido por el Poder
Ejecutivo, vinculado al restablecimiento de las garantías procesales y de ejecución
penal, sostenemos también que es absolutamente incompatible con el nuevo Estado
de derecho la existencia de tribunales especiales reñidos con la más pura
tradición constitucional del país.
La llamada ley 19.053, de creación de la Cámara Federal en lo
Penal de la Nación, esta en pugna con lo dispuesto por los artículos 18 y 102
de la Constitución Nacional, por lo que esta bien que desaparezca cuanto antes.
Las restantes normas enumeradas en el proyecto remitido por
el Poder Ejecutivo se vinculan con aspectos procesales tendientes a fortalecer
y dar vigencia a la Cámara Federal cuya disolución se propicia.
Pensamos, en torno de estas normas: primero, que estimamos
que se ha omitido en el articulo 19 del proyecto la derogación de la llamada
ley 19.919, que conculca el derecho de defensa al limitar y restringir la
visita de los abogados defensores a sus patrocinados cuando estos es- tuvieren
detenidos en las cárceles de la Nación; segundo, que por razones de economía
procesal y para evitar cuestiones de competencia, debe ser la Corte Suprema de
Justicia de la Nación quien tenga a su cargo la distribución de las causas a
los jueces naturales, por lo que debe modificarse, con este sentido, el
articulo 49 del proyecto en consideración; tercero, que consideramos que el personal
administrativo no debe cargar con las sanciones que nosotros estamos imponiendo
por la disolución de la Cámara Federal, razón por la cual propiciamos que se respete
su estabilidad y, consecuentemente, que se modifique el articulo 59 del
proyecto en consideración.
En definitiva, señor presidente, la aprobación de este
proyecto no es para nosotros otra cosa que la ratificación y el cumplimento de
compromisos claramente estampados en nuestra plataforma electoral.
Para concluir, quiero marcar la pauta subordinante de la
actitud definitiva de nuestro bloque en la futura labor parlamentaria. Los
argentinos —dijimos— debemos superar las absurdas antinomias que nos han
dividido y esterilizado en el pasado y que muchas veces han malogrado las mejores
intenciones de! momento. Con demasiada facilidad caemos en un estado de
febrilidad política que nos obliga siempre a empezar sin haber arribado a un
final. Y de ahora en mas nos esforzaremos por cumplir etapas, para que se acuerde
de una vez por todas las realidad concreta y operativa a los ideales de nuestra
nacionalidad.
Queremos que nadie se instale en la cómoda posición de
espectador, ni en la periferia de los acontecimientos, y que tampoco se aferre
a una posición tremendista, de temor, de resentimiento o de rigidez. Sigamos de
cerca, con sobrio optimismo, el vaivén de los sucesos. Así podremos vencer, de
una vez por todas, aquella afirmación que hiciera Joaquín V. González en cuanto
a que una ley permanente de la discordia interna nos arrebata de continuo las posibilidades
de realización de la Argentina. Con serenidad y firmeza tenemos que sobrellevar
una equilibrada e imperturbable línea política. No olvidemos los deberes de la
hora ni la voluntad de paz y de querer hacer el mañana que ennoblezca la dimensión
de nuestro pueblo. No vamos a empequeñecer un instante creador y de futuro por
la frivolidad o la ligereza, con la mira corta o el matiz sectario. Estamos
penetrados por un calido y hondo sentimiento de la nacionalidad y ansiosos de
demostrar la solidaridad constructora que nos anima.
Vamos a ayudar con sentido trascendente de afirmar el torso
viril de una comunidad confiada en sus propias fuerzas y segura de su destino.
(Aplausos prolongados.)
Fuente: Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina.
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