1° Designar una Junta Nacional de la Organización del
Movimiento de Intransigencia y Renovación dentro de la Unión Cívica Radical,
compuesta de 30 miembros, nombrados a razón;
2° Por cada distrito electoral, que podría funcionar con
siete miembros; La Junta Nacional Organizadora nombraría comisiones de organización
para todos los distritos;
3° Dentro de los 60 días, la Junta convocaría el Congreso
Nacional Intransigente, al que concurrirían los delegados por las Provincias y
por la Capital en la proporción establecida para la Convención Nacional. En
cada una de estas delegaciones, se incluirían representaciones femenina, obrera
y de la juventud;
4° El Congreso nombraría
junta ejecutiva permanente, estableciendo los principios esenciales de
doctrina, las bases de acción y los procedimientos de organización interna, así
como la posición definitiva del Movimiento "frente al sector que detenta
la dirección nacional del Radicalismo";
5° La Junta organizadora encomendaría a una comisión de
correligionarios la redacción de un ante- proyecto sobre los temas del apartado
anterior. En los fundamentos de este proyecto de resolución, se establece:
El Movimiento de Intransigencia y Renovación de la Unión Cívica
Radical, en manifestaciones reiteradas, ha expresado la necesidad de una reconstrucción
del Radicalismo, que afirme sus principios esenciales y la autoridad de la doctrina
fijada por Yrigoyen. En consecuencia, es urgente organizar y coordinar en forma
permanente el Movimiento para contribuir a la tarea de esclarecimiento y recuperación
que lleve a la restructuración de la Unión Cívica Radical, dentro de los postulados
que con fuerza revolucionaria determinaron su convocatoria.
Refirma así los conceptos de la Declaración de Avellaneda de
4 de abril de 1945
Fuente: El Radicalismo "Ensayo sobre su Historia y Doctrina" de Gabriel del Mazo, Editorial Suquía, 1984.
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