Hemos sido invitados para consultar nuestra opinión como
miembros del comité nacional sobre las decisiones a adoptarse en estos momentos
por la mesa directiva del comité, en ejercicio de las facultades delegadas a
ella por la convención nacional.
La situación política creada, a que se refiere la
invitación, es, a nuestro juicio, la consecuencia lógica del criterio
contradictorio con que el partido ha procedido frente a los decretos sobre
régimen electoral, organización y funcionamiento de los partidos y convocatoria
a elecciones, dentro del régimen de fuerza imperante en el país.
Producida la convocatoria y vigentes las otras disposiciones
que incluían la inhabilitación de determinadas categorías de ciudadanos para
ser electos, el radicalismo debió: o abstenerse rechazando las restricciones
fijadas en esos decretos y no admitiendo las condiciones en que los comicios
iban a funcionar, o concurrir a ellos no obstante los inconvenientes y las
restricciones emergentes del estado de sitio y de las mencionadas medidas de
gobierno. Resolvió lo segundo, como una imposición de las circunstancias ante
un gobierno revolucionario, dueño de la fuerza, con el propósito de servir la
causa de la paz de la República y de su rápido reintegro a la normalidad
constitucional, pero formulando a la vez las protestas y salvedades
correspondientes, en cuanto a la validez de los decretos gubernativos.
Pero en el hecho contradijo luego con sus actos la
orientación política definida por esta resolución. Acató los decretos para su
organización.
Pero cuando se trató de elegir candidatos los desconoció,
consagró en todas partes, en tal carácter, y para diversas funciones
representativas, a ciudadanos comprendidos notoriamente en las exclusiones
consignadas en las resoluciones gubernativas.
Una delegación de la mesa directiva, en ejercicio de las
atribuciones que le han sido conferidas, debería haber llevado altiva y
serenamente la palabra del partido al jefe del gobierno.
Si esta delegación era recibida y escuchada, cabía la
esperanza de alcanzar una solución decorosa, que salvando los prestigios
morales del partido le permitiera concurrir al comicio y triunfar en el mismo
en nombre de la mayoría que representa.
En caso contrario, sin declinar su altivez, el partido
habría ofrecido a la República y a su anhelo de paz y de normalidad, la prueba
efectiva de un nuevo y sincero esfuerzo.
La consideración debida al electorado de toda la República,
y en especial al de las provincias, y la trascendencia que tendría una
abstención, concurren a fortificar los motivos que habrían justificado esa
previa diligencia.
Al formular estas consideraciones no entendemos disimular ni
atenuar en lo mínimo el carácter arbitrario de los actos realizados por el
gobierno provisional. Los hemos censurado oportuna y públicamente bajo nuestras
firmas como atentatorios al régimen democrático implantado por la ley Sáenz
Peña.
Los recordamos para decir que ellos hacían parte del sistema
electoral establecido por la revolución para la reorganización de los poderes
del Estado cuando la Unión Cívica Radical decidió concurrir a los comicios.
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