Al Honorable Senado de la Nación:
El Poder Ejecutivo se permite dirigirse a Vuestra
Honorabilidad para llamarle especialmente la atención acerca de la necesidad de
abocarse de inmediato a la consideración de un asunto que, por su trascendencia
fundamental, constituye uno de los problemas de mayor importancia, que durante
los últimos años haya sido planteado a la deliberación del Poder Legislativo.
Me refiero a los proyectos de Ley sobre nacionalización de Yacimientos
Petrolíferos y monopolio de su explotación por el Estado, que desde el año 1927
se encuentran en estudio de Vuestra Honorabilidad, sancionados ya por la Cámara
de Diputados e incluidos por el Poder Ejecutivo en el decreto de prórroga de
sesiones del Honorable Congreso.
No pueden pasar inadvertidas a Vuestra Honorabilidad las causas
determinantes de la legislación proyectada, ni la urgencia de incorporarla al
derecho positivo del país, tanto para uniformar las disposiciones vigentes
sobre la materia, como para unificar el dominio de la gran riqueza con que la
naturaleza ha dotado al subsuelo de la República, a fin de que su utilización
sea, como debe serlo, una fuente de prosperidad colectiva y un factor poderoso
de bienestar para la población.
Las leyes mineras nacionales, coincidentes con principios de
derecho civil adoptados por nuestro código, fueron dictadas en una época en que
no podía sospecharse el valor económico y la importancia social que adquirirían
en el futuro los aceites minerales o hidrocarburos industrializados y puestos
en el comercio.
De ahí que no introdujera una excepción dentro del régimen
legal adoptado a las substancias naturales existentes en el subsuelo,
distribuyendo su dominio entre la Nación y las provincias en concordancia con
su soberanía política, lo que significa entregar la dirección de los enormes intereses
de todo orden relacionados con el petróleo, a criterio administrativo múltiple,
cambiante y frecuentemente contradictorio de catorce jurisdicciones, además de
la jurisdicción federal. Es suficiente enunciar ese estado de cosas para
comprobar sus graves inconvenientes y hasta sus peligros evidenciados ya en la
alineación precipitada de concesiones por algunos gobiernos provinciales, cuyas
inconsultas medidas suscitaron tan justificadas inquietudes y que, revocadas
más tarde por el cambio de pensamiento emergente de la renovación de los
poderes locales, han dejado tras de sí secuela de conflictos, sometidos
actualmente a la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Apenas necesito recordar a V.H. que los proyectos
sancionados por la Cámara de Diputados, y enviados a ese Cuerpo, no sólo
tienden a reparar las consecuencias económicamente nocivas del régimen,
verdaderamente anárquico, que impera en el país en materia de petróleo, sino
que aspiran en primer término, con previsión patriótica, a impedir que esa
riqueza se pierda imprudentemente por negligencia indisculpable y que, lejos de
constituir un beneficio público se convierta en una causa de intranquilidad
para la marcha regular de nuestra vida interna.
El país ha acumulado amargas experiencias sobre el manejo
desordenado e imprevisor de las riquezas naturales que forman parte del
patrimonio del Estado. Basta recordar lo acontecido con la tierra pública, cuya
historia desastrosa mantiene una acusación ilevantable sobre los gobiernos del
pasado, y que fuera enajenada a precios viles sin plan ni concierto;
substrayéndola a sus convenientes destinos económicos para hacerla servir de
base a los extraordinarios enriquecimientos privados que se obtuvieron a
expensas de la fortuna nacional, para sentir la aspiración fervorosa y el
propósito inquebrantable de que no sea igualmente malograda la segunda gran
riqueza con que los mandatos de la Divina Providencia han querido favorecer a nuestra
tierra privilegiada.
A fin de evitar que se repita lo ocurrido con el suelo
fiscal y conservar los beneficios del petróleo para el pueblo de la República,
es menester organizar un régimen legal que consulte las exigencias del interés
de la Nación, poniendo en manos del estado el dominio efectivo de los Yacimientos
Petrolíferos y confiriéndoles el monopolio de su explotación y
comercialización.
Los memorables debates sostenidos en la Cámara de Diputados,
durante el período parlamentario de 1927, han fijado los fundamentos jurídicos,
políticos y económicos de las sanciones que se encuentran a estudio de Vuestra
Honorabilidad y cuya conversión en leyes solicito en resguardo de las más
sagradas conveniencias del país.
No incurriré en la prolijidad de reeditar en este mensaje
las proposiciones sostenidas entonces por los representantes del mismo
movimiento de opinión que actualmente gobierna la República, y que el Poder
Ejecutivo sustenta, en concordancia absoluta con esos conceptos, propósitos y
aspiraciones.
No abrigo la menor duda de que Vuestra Honorabilidad compartirá los puntos de vista expuestos, reconociendo que este requerimiento fluye de los más puros y elevados sometimientos de solidaridad con los intereses eminentemente nacionales que consulta y ampara la nueva legislación sobre Yacimientos Petrolíferos.
Hipólito Yrigoyen.
No hay comentarios:
Publicar un comentario