Cuando en junio de 1989 presenté mi proyecto de ley sobre
“despenalización del aborto en la mujer violada”, no supuse que aquel traería
un verdadero revuelo en la sociedad argentina.
Efectivamente, mi “modesto proyecto”, como alguien con razón
lo calificó, se limitaba a mejorar, clarificar y perfeccionar la redacción del
inciso 2° del artículo 86 del código penal vigente. No crea nada, no modifica
nada, simplemente determina con absoluta lógica que “toda mujer violada” tiene
amparo legal para abortar y no exclusivamente “la mujer violada demente o
idiota”, como puede interpretarse con la actual redacción del artículo inciso
2° del artículo 86.
Es absolutamente ilógico e incomprensible que toda mujer
-por el solo hecho de ser normal- se encuentre excluida de la excepción que
estableció el mencionado inciso y así lo han interpretado juristas de la talla
de Soler, Giménez de Asúa y otros.
Durante muchos días y noches me he preguntado ¿por qué esta
reacción tan generalizada? ¿Por qué la más interpelada en radio, televisión y
todos los medios de comunicación en la capital y las provincias? ¿Por qué, si
el senador Jiménez Montilla (PJ) ha presentado un proyecto similar al mío en
agosto de 1986? ¿Por qué, si el presidente de la comisión de derecho penal de
la cámara de diputados, Lorenzo Cortese (UCR), presentó en junio de 1986 un
proyecto en términos similares?
¿Por qué, si el diputado Eduardo González (demócrata
cristiano) había presentado en junio de 1989 un proyecto propiciando la
supresión de dos incisos del artículo 86 del código penal, es decir, la
punibilidad del aborto en cualquier circunstancia? ¿Por qué, si el diputado
Álvaro Alsogaray (UCD) reprodujo en mayo de 1990 el proyecto de su hija María
Julia Alsogaray, suprimiendo también todas las excepciones de despenalización
del aborto? Y finalmente, ¿por qué, si los diputados Fernando López de Zavalla
y Alberto Germano (Fuerza Republicana de Tucumán) presentaron, en junio de
1990, un proyecto en el mismo sentido que el de los diputados Gonzales y
Alsogaray?
En este tema, el decreto ley 17.567, de 1967 y la ley 21.338
de 1976, establecían la impunidad del aborto cuando el embarazo provenía de una
violación por la cual la acción penal hubiera sido iniciada.
¿Por qué me pregunte una y mil veces, por qué yo? Y de tanto
pensar (las mujeres también lo solemos hacer) encontré la explicación de este
fenómeno, que creo se fundamente en tres factores.
Primero: los
mismos grupos reaccionarios que me combatieron cuando con fuerza y pasión
defendí (gracias a dios con éxito) el “divorcio vincular” los mismos que
predijeron que los hijos de los divorciados iban a ser drogadictos,
homosexuales y delincuentes, los mismos que predijeron que la sociedad iba a ser
día tras día más decadente en sus valores morales, los mismos que pintaron las
paredes de esta capital “matrimonio o divorcio” como una alternativa de hierro,
cuando se sabe que solo se piensa en el divorcio cuando el matrimonio ha
fracasado…, esos mismo grupos se encresparon y se dieron a una batalla no
siempre leal y limpia.
Naturalmente, quienes me conocen saben que cuando abrazo una
causa que siento justa y humana no bajo jamás los brazos, no me intimidan los
escollos y no me doy por vencida fácilmente.
AGRAVIOS
He soportado y seguiré soportando calificativos que no
merezco, he sido agraviada con epítetos irreproducibles por grupos organizados
(lamentablemente había en ella también niños y niñas, utilizados sin respetar a
la niñez que es siempre pura y sincera) y se llegó al extremo de que un 11 de
septiembre, en que la agresión traspasó los límites razonables, me obligaron a
presentar en el recinto de la cámara de diputados, una cuestión de privilegios
que dio como resultado una declaración de “repudio ante las manifestaciones
agraviantes para con la diputada Florentina Gómez Miranda”.
Agrega que “estos hechos intentan presionar sobre la labor
legislativa y reflejan una actitud sectaria, contraria a la libertad de
expresión y el libre ejercicio del mandato constitucional”.
Segundo: Los
fundamentos de mi proyecto se basan en la defensa de la mujer, no podía ser de
otra manera para quien como yo ha hecho de esta defensa la causa de su vida.
Sostengo que la mujer violada ha sufrido en carne propia el
más aberrante de los delitos, tiene derecho a decidir qué actitud o conducta ha
de seguir. Y solo lo puede hacer en dos sentidos, a) resignarse a traer el hijo
engendrado involuntariamente, en ese caso el estado debe ampararla porque no va
a hacer un embarazo común ni un parto común; ni una niñez común; b) no querer
ese hijo que ella no engendró, esto es, que no acepte esa maternidad que le es
impuesta, que se revele con todas las fuerzas de su mente, su carne y su alma
aceptar una solución que solo a ella le atañe y que solo ella debe resolver.
Las leyes se dictan para seres de carne y hueso y no para
santos y mártires. Ya ha llegado el tiempo en que el mundo, y en este caso la
argentina, entienda, comprenda, y acepte que la mujer tiene capacidad
suficiente para decidir en casos como estos que atañen a ella, a sus entrañas y
a su vida.
La diferencia entre mi proyecto y los que se oponen estriba
en que el inciso 2° del artículo 86 del código penal, en su nueva redacción, no
obliga a ninguna mujer violada a abortar, solo le da la libertad para decidir,
en otras palabras, no la pena ni condena si decide interrumpir su embarazo.
PALABRAS TABÚ
Tercero: pero ni la acción de esos grupos reaccionarios ni
los fundamentos de mi proyecto (defensa de la mujer) son suficientes para
provocar una polémica como la que asistimos hoy en la argentina. En nuestra
sociedad existe un problema sin resolver, y es el aborto.
Mi proyecto no tiene la enjundia suficiente para producir la
diatriba que se prolonga por meses. La sociedad actual, la real, encontró en mi
proyecto el motivo para entrar de lleno en un problema que no puede soslayarse
ni desconocerse. Y por primera vez, en los medios de comunicación oral y
escritos se habla con naturalidad del aborto –palabra tabú hasta hace poco-, de
anticonceptivos, de educación sexual, de planificación familiar. Nuestra
sociedad está reclamando una solución a los 300.000 o más abortos realizados
por año, lo que da una prueba irrefutable de que no es penalizando el aborto
como se lo puede combatir o aniquilar. La solución es otra: yo creo conocerla,
pero no es motivo de esta nota.
Por ello, si algún mérito tiene mi proyecto y la defensa
apasionada que hago de él es que he logrado correr el velo de la hipocresía en
un problema tan serio, tan grave, tan humano y que nos angustia en grado sumo a
las mujeres.
Fuente: “He logrado correr el velo de una hipocresía” por la
Diputada Nacional Dra. Florentina Gómez Miranda, en el Diario La Nacion de
enero de 1991.
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