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domingo, 18 de septiembre de 2016

Rogelio Araya: "Derechos Politicos de la Mujer" (24 de julio de 1919)

“Con motivo de la presentación por parte del Sr. Diputado Dr. Rogelio Araya de un proyecto de ley por el cual se modifica el Articulo 7 de la ley de ciudadanía y el artículo 7 de la ley electoral en vigencia en forma tal que se reconocen los derechos electorales de la mujer argentina y naturalizada el Partido Feminista Nacional recientemente constituido y cuyo rico programa es: "Sufragio Universal para la Mujer" se presenta ante la Cámara de Diputados y expone:

“Sostenemos nuestro derecho a ser electoras y elegibles en el orden nacional, provincial y municipal y así tratarnos de demostrarlo en la acción y para eso hemos constituido el Partido Feminista Nacional. Aplaudimos el proyecto del Dr. Rogelio Araya por cuanto encierra en si de nobles avances”

Julieta Lanteri Renshaw

Secretaria General del Partido Femenista Nacional

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, etc.

Art. 1: Modificase el articulo 7 de la ley de ciudadanía N° 346 en la siguiente forma:

“Los argentinos varones que hubiesen cumplido la edad de 18 años y las argentinas mujeres que hubiesen cumplido los 22 años gozan de los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la Republica”

Art. 2: Modificase el artículo 1 de la ley electoral N° 8871 en la siguiente forma:

“Son electores nacionales los ciudadanos varones nativos y los naturalizados desde los dieciocho años cumplidos de edad y las ciudadanas mujeres nativas y las naturalizadas desde los veintidós cumplidos de edad siempre que estén inscriptos unos y otros en el padrón electoral”

Art. 3: Comuníquese al P. E. etc.

Rogelio Araya


FUNDAMENTOS

Señor Presidente: En el proyecto que presente a la Honorable Cámara en procura de la emancipación civil de la mujer exprese mi convicción de que la igualdad de esta con relación al hombre emana de la naturaleza misma.

De esto surge de un modo evidente que la igualdad de la mujer con relación al hombre no debe limitarse a los derechos civiles sino que debe ampliarse también a la vida social.

Se plantea así el problema de si la mujer debe tener los mismos derechos políticos, electorales y de elegibilidad del hombre.

He de tratar de contestar en el modo más sencillo posible este interrogante, que a mi entender solo por el imperio de los prejuicios reinantes ha dado lugar a tantas y tan enconadas discusiones.

La reforma que persigo no es una utopia. Ella ya ha sido aceptada por varios países y su aplicación ha dado los mejores resultados.

La Cámara de los Lores acaba de rechazar una enmienda que tendía a eliminar del proyecto de la ley electoral votada por la Cámara de los Comunes las disposiciones relativas al sufragio femenino incorporando de este modo seis millones de mujeres al registro electoral de Inglaterra.

Rogelio Araya.  





Fuente: Proyecto de Ley de Derechos Politicos de la Mujer – Rogelio Araya Diputado Nacional por el distrito de Santa Fe – 24 de julio de 1919.

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