Páginas


Image and video hosting by TinyPic

jueves, 16 de junio de 2011

Alfredo D. Calcagno: "Fundamento de la Ley Universitaria Radical" (23 y 24 de julio de 1947)

Este proyecto de Ley Orgánica, trata de organizar una Universidad investida de una función formativa y orien­tadora, de una función cultural y social, gobernada por los tres estados que la componen: profesores, estudiantes y gra­duados, y desembarazada de atavismos, libre de las influen­cias que sobre ella ejercieron y pretenden seguir ejerciendo el Estado, el privilegio y las fuerzas regresivas. De ese modo podrá instaurarse una Universidad que no se aísle de la realidad circundante y que en todo momento cumpla ac­tivamente su fin social y político, poniéndose decididamente al servicio de la Nación, de la cultura, de los derechos de los hombres y de los pueblos, al servicio de la libertad, de la fra­ternidad y de la solidaridad humanas, para instituir un mun­do mejor.

Hay que dejar definitivamente establecido que entre las funciones de la Universidad —convertida en centro huma­nista de saber desinteresado, de investigación pura, de crea­ción estética, de educación política, de práctica de la doc­trina democrática— junto a la actividad científica, cultural y profesional, figura la preocupación por la formación moral de la juventud y la acción orientadora del pensamiento co­lectivo.

Una universidad moderna tiene que cumplir cabalmente su función formativa de la personalidad del estudiante, quien debe ser sujeto y no objeto de la educación.

El joven universitario debe estudiar e investigar. ¿Quién lo duda? Es fundamental. Pero en ese viaje de su propia instrucción y educación, el joven universitario, cuya capa­cidad hay que reconocer, no es un inmigrante o un polizón, que se deja llevar, que va satisfecho de dejarse llevar, que va pasivamente mientras los demás piensan por él, en el barco o en la máquina voladora.

Para formarse, el joven universitario ha de saber por donde va: ha de participar en la preparación del itinerario, y ha de contribuir a dirigir la nave. Pero también —si que­remos que sea la suya una educación integral— deberá apren­der a gobernar sus centros estudiantiles, a administrar sus cooperativas; deberá aumentar su sentido de la responsabi­lidad participando en el gobierno de la institución; deberá conocer, además de su especialidad, la realidad social, eco­nómica y política que lo rodea, preocuparse por ella y llevar esas preocupaciones a la universidad, para estudiarlas y de­batirlas con sus profesores, con sus compañeros y con los graduados.

Debemos reafirmar - para que no se nos interprete torcidamente— que no se nos  toleraríamos una universidad parcial o sectaria, comprometida en las tendencias pugnantes en la sociedad que la alberga o puesta al servicio de intereses banderizos. Sostenemos una universidad donde se pueda decir en voz alta, a todos los vientos, para que llegue a todas las gentes, ensanche sus corazones e ilumine sus inteligencias, lo que se investiga, se discute y se sostiene en las cátedras, en los seminarios, en los laboratorios y que interesa a algún sector de la sociedad o a toda la población. Por eso he dicho que las futuras generaciones hablarán con asombro de aquellas universidades que vivieron enclaustradas en su recinto hermético, ajenas, totalmente extrañas a los anhelos de la sociedad y a sus problemas fundamentales.

Cuando se trata de definir en la ley el régimen jurídico que mejor conviene a las universidades, no es posible olvidar la ruda lección de la historia. Ella comprueba la interferencia casi inevitable de un factor adverso: la inclinación coercitiva, sojuzgadora del Poder Ejecutivo.

Un gobierno que actúe como representante de grupos privilegiados y oprima el interés popular, se ve forzado a supri­mir todas las manifestaciones del pensamiento libre, todos los centros desde los cuales pueda denunciarse la opresión.

Y, naturalmente, dirige uno de sus primeros intentos a hacer de las universidades órganos del poder, agencias de captación y de propaganda. Desde la universidad imperial napoleónica hasta la Cámara de Cultura de Goebbels, ésta ha sido la práctica de los gobiernos autoritarios.
Frente a este hecho, la doctrina política liberal enuncia el principio autonómico como fundamento básico de la univer­sidad democrática.

Los establecimientos de enseñanza superior son corpo­raciones libres, instituciones nacionales, capacitadas para dirigir con independencia su vida interna y su actividad docente. Son instrumentos sociales de cultura, no instrumentos estatales de dominación.

Ya en 1872, la fina sensibilidad de Juan María Gutiérrez, rector entonces de la Universidad de Buenos Aires, le hizo afirmar que, bajo la dirección inmediata del gobierno, las universidades se amoldan a los propósitos más perniciosos. La técnica jurídica no puede ignorar esta revelación política.

En la preparación de un proyecto de ley universitaria hay que tener en cuenta nuestras propias modalidades. Es claro que la preexistencia de ciertas normas constitucionales limita las posibilidades creadoras del legislador. Pero también es cierto que las leyes no son mera especulación racional o abstracta. El derecho se adapta a la realidad de las cosa» humanas y evoluciona con ellas, o si no, es absolutamente injusto, o absolutamente inválido.

De acuerdo con este principio fundamental, pensamos que el nuevo derecho universitario debe ser la sistematización de los hechos sociales contemporáneos, la conciliación de do» reclamos imperativos: el de la realidad y el de la Constitución.

La primera encarece la intangibilidad de la función universitaria. La única manera de obtenerla es legitimar tres zonas autonómicas. Autonomía docente, para que se realice la esencia viva de la cultura, y autonomía administrativa, para prevenir el riesgo de la dominación estatal. Pero también autonomía financiera, para escapar al' soborno de los mece­nas del capitalismo y a la presión indirecta del Poder Ejecutivo.

Los textos constitucionales, mientras tanto, ordenan el contralor de los servicios públicos. Nosotros respetamos esta exigencia al establecer, no la dirección inmediata del Poder Ejecutivo, sino la dirección mediata del Poder Legislativo, concretada en la facultad parlamentaria de intervenir y en la obligación universitaria de rendir cuentas. Reemplazamos, pues, el contralor administrativo específico por una forma genérica, basada en los poderes del Congreso.

La universidad que proponemos organizar descansa sobre la norma primaria de la democracia representativa.

El poder electoral pertenece a asambleas formadas por igual número de profesores, de estudiantes y de graduados. Los gobernados eligen a los gobernantes, y éstos actúan libres de toda influencia que no sea intrauniversitaria; pero que ha de ser determinada por el propio interés de la comunidad. Se establece de esta manera el régimen electivo con interven­ción del tercio estudiantil, aspiración de tantos años, votada por todos los congresos y federaciones estudiantiles.

Los cuerpos así integrados ejercen el gobierno político- administrativo sobre la base de la representación funcional.

La universidad se gobierna a sí misma con doble sentido republicano. Sentido de pluralidad, mediante el agrupamiento de los estudiantes y sentido de unidad, que se materializa en el esfuerzo solidario, en la meta común.

En fin, el equilibrio de poderes y el contralor recíproco rompen el molde de la vieja tradición de raigambre colonial y las camarillas académicas encuentran cerrado el camino de retorno. Para neutralizarlas, adviene el impulso de los alum­nos y la moderación de los graduados, como un elemento diversificador y, al mismo tiempo, aglutinante.

En la Universidad que concebimos, los alumnos dejan de ser neutro receptáculo de órdenes o de ideas de predominio. Dirigen y vigilan desde los consejos, los centros, las federa­ciones; actualizan, piensan y gestan. Dan la prestancia animada y traen ese vigor espiritual que se encierra en la joven sensibilidad de nuestro tiempo.

Los graduados permanecen estrechamente unidos tanto a la vida como a la obra de la institución: a la vida, por cuanto son la fuerza que armoniza el natural desencuentro de los calientes arrebatos de los jóvenes y la reserva y prudencia de sus maestros; a la obra, porque aseguran la con­tinuidad del proceso creador de la cultura. Reciben las nuevas fórmulas sociales, primero; las verifican, después; y las pro­yectan, por último, hacia afuera, hacia el pueblo.

Además de las disposiciones ya comentadas, que deter­minan las funciones de la Universidad, y las que se refieren a la organización de su gobierno, nuestro proyecto comprende entre otras disposiciones principales, las siguientes:

  • Se establece y refirma la autonomía universitaria.
  • Se da la debida participación a profesores, estudian­tes y graduados en el gobierno de la Universidad.
  • Se fijan las normas para la selección de profesores en concursos de oposición por títulos, méritos, antecedentes y aptitudes.
  • Se establece la dedicación absoluta a la enseñanza y se fomenta especialmente la docencia libre.
  • Se determina una controlada periodicidad de la cá­tedra.
  • Se prescribe la obligatoriedad de la labor de inves­tigación.
  • Se estimulan las formas prácticas de la enseñanza.
  • Se mantiene el actual sistema de exámenes sólo en cuanto no pueda ser substituido, según las materias de es­tudio, por otras formas más ventajosas de apreciar el apro­vechamiento de la enseñanza y la labor de los alumnos.
  • Se abren las puertas de aulas y laboratorios a la asistencia de alumnos oyentes y de las personas interesadas.
  • Se fijan recursos propios para las universidades y se les asigna el producido del impuesto a los réditos sobre los honorarios y sueldos y sobre toda otra ganancia que los graduados de cada universidad perciban en su carácter de diplomados universitarios.

En cuanto al acceso a la Universidad, hay que aclarar que, en lo esencial, no es ya un problema universitario, porque de lo que se trata es de facilitar el acceso a las escuelas de primera enseñanza y de enseñanza media y especial.

Nunca se insistirá bastante en este concepto. Para que la Universidad esté plenamente abierta al pueblo, es indispensable que se haga efectivo el principio de igualdad edu­cativa al que antes me he referido.

En nuestro proyecto se suprimen, correlativamente, las limitaciones numéricas al ingreso y se consagra el principio de la gratuidad sin restricciones, así como la compensación eco­nómica a la familia proletaria o empobrecida. El sistema pro­puesto de los anticipos de honor, se funda en las virtudes hu­manas, no en sus defectos como tantas legislaciones. El estu­diante se compromete a devolver, una vez obtenido su título, con el fruto de su trabajo, el dinero que se le haya adelantado para realizar sus estudios.

Con objetividad señala Weber, como un síntoma preciso de la democracia, el hecho de que "todo el mundo cité en  principio calificado para la dirección de los asuntos comunes". Y nosotros pensamos que un sistema educacional democrático debe hacer posible esa "calificación de todo el mundo".
La universidad ha de estar plenamente abierta a la reali­dad circundante, ha de vivir el momento histórico y la actua­lidad social, atenta a las necesidades del pueblo y dispuesta a servirlo en sus anhelos y en sus esperanzas, a guiarlo en medio del desconcierto y a orientarlo en su pensamiento y en su acción. Es la interpenetración de universidad y pueblo.

Es la extensión universitaria, que lleva al conocimiento y a la sensibilidad de las gentes los valores que cimentan nuestra cultura; y que fusiona, en el ejercicio de esos valores, a los que estudian con los que trabajan de otro modo.

Es claro que no basta democratizar a la universidad y popularizar la cultura. El problema —nuestro problema— es demasiado hondo y complejo. Lo plantean las contradicciones internas, la inhumanidad del sistema económico: explotación y superstición siguen siendo sus términos más visibles. De cualquier modo la universidad que nosotros proyectamos tiene algo que hacer frente a este problema. En lo inmediato, aunque viva ceñida por el ambiente de su época, lograremos esto: que no ayude a mistificar. Que sea un centro de resistencia frente a la ilegalidad y a la injusticia.

Nuestra premisa es simple. La universidad debe hallarse habilitada para el cumplimiento de su función política y social. Y ese fin no se logra mientras no se le confiera el derecho de gobernarse a sí misma, mientras no se la estructure como una especificación institucional de la democracia.

Tales son, en apretada síntesis, los fundamentos esenciales de nuestro proyecto.











Fuente: Definiciones Radicales “Soluciones Radicales de los problemas argentinos”, 1955.

No hay comentarios:

Publicar un comentario