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jueves, 7 de abril de 2011

UCR - A: "Manifiesto fundacional de la Unión Cívica Radical Antipersonalista" (23 de agosto de 1924)

Buenos Aires, agosto 23 de 1924. 

Teniendo en cuenta el pensamiento unánime expresado por senadores y diputados, sobre la necesidad y urgencia de proceder a una organización de la Unión Cívica Radical en toda la República.
La inexistencia en el momento actual, y desde hace largo tiempo de autoridades partidarias legítimamente constituídas.

Que un núcleo de senadores y diputados, unidos a otras personalidades del partido, persisten en atribuirse la representación exclusiva de la Unión Cívica Radical reconociendo como autoridades a los que por disposición de la carta Orgánica, ya han caducado.

Que este estado de cosa, no sólo perturba la marcha del partido desviándolo hacia una perniciosa definición personalista, sino que puede obstaculizar la acción del gobierno nacional, libre y legítimamente elegido por la voluntad unánime del partido, irrogando así evidentes perjuicios al país.

Que aun cuando los senadores y diputados que suscriben, no entienden que sus cargos representativos ante el Parlamento, les otorgan títulos como para investir la autoridad del partido que los ha elegido, creen, sin embargo, que es patriótico deber, en esta hora de desorganización partidaria, promover por los medios de la Carta Orgánica, la constitución de autoridades que rijan legítimamente los destinos de la Unión Cívica radical y conserven íntegros y puros los preceptos de moral política que le dieron origen.

Por estas consideraciones los senadores y diputados que suscriben, 

RESUELVEN:

1º) Consultar al radicalismo de todas las provincias y de la Capital Federal, mediante un llamado especial a los correligionarios o entidades partidarias donde existieran y que más significativamente interpreten su voluntad.

2º) Reunidos en esta Capital el 23 de agosto, juntamente con senadores y diputados, deliberarían en primer término sobre la actitud política asumida por éstos en el Parlamento, y en segundo término, sobre la forma de proceder a la organización partidaria.

Firmantes: 

Abel ACOSTA, 
Belisario ALBARRACÍN
José A. AMUCHÁSTEGUI
José M. ARAGÓN
Juan M. BOTINELLI
Pedro CANALE
Aldo CANTONI (Senador nacional)
Luis A. CARBONE
Ernesto CLAROS
José A. CORREA
Ricardo DAVEL
Jorge FERRI
Manuel GALLARDO
Segundo B. GALLO (Senador nacional)
José María GARAYALDE
José A. GONZÁLEZ
Mario M. GUIDO
Pedro LARLÚS (Senador nacional)
José H. LENCINAS
Héctor LÓPEZ
Ventura LLOVERAS
Cipriano MARCÓ
Leopoldo MELO (Senador nacional)
Oscar MEYER
Alejandro MOREYRA
Claudio S. NEWEL
José A. NÚÑEZ
Luis OLMEDO CORTÉS
Ramón PAZ POSSE (Senador nacional)
Solano PEÑA
Manuel PINTO
Martín M. TORINO (Senador nacional)
Manuel ROCCA
Manuel RUÍZ
Fernando SAGUIER (Senador nacional)
Teófilo SÁNCHEZ DE BUSTAMANTE (Senador nacional)
Horacio SÁNCHEZ LORIA
Pablo SARAVIA
Pedro Numa SOTO (Senador nacional)
Miguel SUSSINI
José P. TAMBORINI
José María TEXIER
Antonio B. TOLEDO
Rómulo TRUCCO

Fuente: Documento redactado por los legisladores nacionales del radicalismo antipersonalista, 23 de agosto de 1924.

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