Córdoba, 22 de marzo de
1976
Al Comandante General de Ejército (EMGE – Aytia General)
De acuerdo a lo establecido en la Ley para el Personal
Militar, Capítulo V Artículo 20 Inciso 1º solicito a SE el señor Comandante
General ordene mi baja de las filas del Ejército.
Baso la presente solicitud en el hecho que considero que:
-La toma del poder por parte de las FF.AA. es adoptar una
actitud política ajena a todas las funciones y misiones de las mismas.
-La interrupción del proceso institucional que se inició con
el apoyo de la FF.AA., fuerzas que desde
un principio fueron conscientes de que dicho proceso tendría serias
dificultades, y a pesar de eso le dieron su respaldo, seguros de que era la
única solución, es perjudicial para la Nación, por lo tanto no responde al
logro de los más altos objetivos de la Patria.
-La Nación necesita a su ejército cumpliendo con las
misiones específicas para las que ha sido creado, respaldando el poder civil
sin distinción de partidos, apoyando los dictámenes de la Constitución, que es
de donde emana el poder de todas las instituciones democráticas, incluidas las
FF.AA.
-La fuerza con que hasta este momento contó el Ejército para
combatir a la subversión con el éxito que lo hizo, emana justamente del hecho
de estar combatiendo en defensa de un sistema democrático, que lo encuadra
legalmente en esa lucha y que evita que se lo vea enfrentado en la misma a un
pueblo oprimido. No sería así en un gobierno de fuerza, donde se le daría a la
izquierda armada argumentos reales y bandera que hace tiempo busca para captar
al pueblo en su favor.
-Las naciones donde se practica efectivamente el sistema
democrático, donde ese sistema es realmente eficaz y fuerte, son naciones que
llevan largos años de práctica en el mismo y desde un comienzo, las crisis, sea
cual sea su magnitud, se han superado dentro del marco político y sin la
intervención de las fuerzas armadas. Ese ejercicio de la democracia, y la
superación de las crisis dentro del sistema, es justamente lo que les da la
fuerza que hoy tienen.
Asimismo, de acuerdo a lo que fija la Reglamentación para el
Ejército del Decreto Ley Nº 19.101/71 en su Artículo 70 informo que ya he
iniciado los trámites correspondientes al cumplimiento del Inciso 1, y que me
encuentro bajo sumario en el Artículo 316.
Gregorio Pomar
Teniente Primero.
Fuente: "La Ruta de la Tirania" por Oscar Muiño para el Diario Perfil de su edición del día 9 de octubre de 2011.
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